Hacienda alarga el plazo tres días por Filomena

Los autónomos que tengan deudas con Hacienda tendrán hasta el 18 de enero para abonarlas

Hacienda ha retrasado hasta el día de 18 de enero a las 15:00 el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

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Los autónomos que tengan deudas con Hacienda tendrán hasta el 18 de enero para abonarlas

Los autónomos con deudas tributarias van a tener tres días más para cumplir con sus obligaciones. El Ministerio de Hacienda publicó este jueves una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para ampliar el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.  

De esta forma, la Agencia Tributaria va a permitir regularizar las deudas tributarias, en vez de este viernes 15 enero a las 15:00, el próximo lunes 18 a las 15:00. En total son tres días de plazo para poder realizar los pagos. Se trata de un incremento en el plazo excepcional habilitado por las múltiples dificultades que ha dejado la borrasca Filomena estos días, que ha complicado la comunicación e impedido el desarrollo de cualquier tipo de actividad. Incluido, el hecho de cumplir con las obligaciones administrativas. 

Según señala la Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, y por la que se aumenta el plazo, "se hace preciso, en esta ocasión, atender a las necesidades excepcionales derivadas de la borrasca atmosférica Filomena que a su paso por la península Ibérica ha impedido y dificultado el normal desarrollo de toda clase de actividades. Por ello, se adoptan medidas dirigidas a la ampliación de los plazos en materia de domiciliación del pago de las obligaciones tributarias que permitan una mayor flexibilidad en la operativa tributaria"

Es una balón de oxígeno para muchos autónomos 

En concreto, el documento publicado en el BOE recoge que se podrán beneficiar todas las autoliquidaciones con domiciliación de pago recogidas en la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, "por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria" recoge en Boletín. 

Es decir, esto afecta a todos aquellos que tengan que presentar los siguientes modelos ante la Agencia Tributaria: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 130, 210, 213, 216, 230, 303, 353. 

Se trata de una novedad en el cumplimiento de los pagos que por pequeña que sea supone "un balón de oxigeno para los miles de autónomos que no disponen en estos momentos de la posibilidad de poder realizar los pagos" dijo el abogado laboralista, Alberto Ara

Aluvión de consultas porque Hacienda no aclara cómo justificarlo

El aumento del plazo hasta el día 18 para presentar las declaraciones y autoliquidaciones tributarias ha sido muy bien recibido no solo por los contribuyentes afectados, sino por los gestores, asesores y graduados sociales que se encargan de mantener al día y en orden las obligaciones con la Administración de sus clientes. Sin embargo, estos profesionales se han encontrado por un problema: Hacienda permite abonarlo más tarde, pero no aclara cómo justificarlo. 

Según los expertos consultados, la norma es muy clara al detallar que sólo permite que puedan acceder a este plazo excepcional "los contribuyentes que se hayan visto afectados por los efectos de la borrasca Filomena" recoge la Orden HAC/5/2021. Sin embargo, no detalla cómo deben justificarlo.  

Para los expertos, se trata de un requisito muy inexacto. Ya que en mayor o menor medida, todos los españoles se han visto afectados por el temporal. Y bromeaban diciendo que a lo mejor deberían "justificarlo con una foto de su calle nevada o con una previsión del tiempo en esa fecha". 

Independientemente de ello, la Orden está generando una gran confusión. La Agencia Tributaria prometió aclarar este jueves cómo debían los contribuyentes acreditar que se habían visto afectado por el temporal, pero por el momento no ha proporcionado más información. Y los contribuyentes siguen a la espera sin saber si tienen o no derecho a acceder a este nuevo plazo.

Según algunos gestores, una vez más se dicta una norma que puede provocar inseguridad jurídica. No obstante, fuentes de la Agencia Tributaria afirmaban que no se va a exigir excesivas justificaciones y que, si realmente el autónomo se ha visto afectado por el temporal va a poder beneficiarse de este aplazamiento.  

Por último, cabe señalar que el incremento de este periodo de presentación no afecta a los siguientes. Ya que, se siguen manteniendo las fechas establecidas para las declaraciones con final del plazo 30 de enero en el caso de las trimestrales de IVA, siendo el 25 si se trata de domiciliación de pago.