Cuando están en concurso de acreedores

El Banco de España recomienda a Hacienda y Seguridad Social perdonar las deudas de los autónomos insolventes

A partir de diciembre, se prevé que aumenten las solicitudes de concurso de acreedores. Por ello, el Banco de España recomienda permitir que algunos autónomos puedan librarse de las deudas con Hacienda y Seguridad Social, para facilitar su recuperación.

El Banco de España recomienda a Hacienda y Seguridad Social perdonar las deudas de los autónomos insolventes

La crisis del coronavirus ha provocado que algunos autónomos y pymes no puedan hacer frente a sus obligaciones. Muchos negocios no saben si van a poder seguir con su actividad, ya que están ahogados por las deudas y, después de muchos meses, siguen sin ingresos. 

La mala situación económica en la que se encuentran estos negocios dará lugar a un "aumento significativo" de los concursos de acreedores a partir del próximo 31 de diciembre, según el último informe del Banco de España. Ésta es precisamente la fecha que marcó el Gobierno para ampliar la moratoria concursal y, hasta ese momento, los acreedores no pueden solicitar un concurso. Por lo que, con la entrada del nuevo año, el supervisor estima que se multiplicarán las solicitudes.

Frente a esta situación, el organismo ha lanzado una serie de recomendaciones al Gobierno para mejorar el sistema concursal español, que califica de "poco eficiente", a la hora de liberar a los negocios de sus deudas o poner punto y final a la actividad.  El problema, según el Supervisor, es que los concursos de acreedores en España se utilizan poco por las empresas en general, y todavía menos por los autónomos y pequeños negocios -que son la mayoría-, ya que "suelen ser procedimientos largos, costosos y que casi siempre terminan en la liquidación de las empresas". 

Según reflejan las tasas de utilización que publicó el supervisor, "los concursos de acreedores siguen siendo mecanismos poco atractivos para empresarios individuales y pequeñas empresas, a pesar de las mejoras de la Ley Concursal introducidas en los últimos años". De hecho, España ha sido durante años el segundo país europeo en el que menos se utiliza esta herramienta, después de Polonia. 

Quitas de Hacienda y Seguridad Social

En este sentido, el Banco de España lanzó su primera propuesta para promover la reestructuración de las deudas de negocios insolventes, pero que podrían ser viables a medio plazo en 2021: que la Administración también permita quitas de las deudas. 

Estas deudas no pueden ser exoneradas y "esto hace que el plan de pagos que sigue a la liquidación sea bastante exigente para el empresario", detalla el informe. Por ello, según explica el supervisor, sería recomendable poner en marcha un mecanismo con el que los acreedores públicos, especialmente Hacienda y la Seguridad Social, se involucren e incentiven las reestructuraciones de deuda, aceptando quitas incluso mayores que los acreedores privados en determinadas circunstancias.

Exoneraciones para determinados negocios

A juicio del Banco de España, esto podría solucionar "el escaso uso de los concursos personales por parte de autónomos y pequeños empresarios", ya que las deudas de estos  trabajadores por cuenta propia son, en la mayoría de los casos, con Hacienda y Seguridad Social.

Esto se aplicaría especialmente en el caso de negocios "cuyo valor social sea mayor que su valor privado", puesto que, en esa circunstancia, "su liquidación tendría efectos muy negativos tanto para sus proveedores como para los puestos de trabajo", especialmente en periodo de crisis.

Lo que propone el organismo supervisor es que puedan negociarse las deudas de derecho público en un Acuerdo Extrajudicial de Pagos (de manera preconcursal), tal y como viene recomendando el Fondo Monetario Internacional para la economía española  Así, el acuerdo fomentaría el mecanismo de segunda oportunidad, que consiste en un plan de pagos de cinco años de duración.

La Administración podría "absorber esta pérdida" 

Según argumenta el Banco de España, la Administración "está en principio mejor situada que el resto de los acreedores para absorber la pérdida asociada a la exoneración".  Además, estas condonaciones tendrían "un impacto relativamente limitado en las arcas públicas, dado el reducido balance medio de los autónomos y microempresas y, especialmente, la precaria situación financiera en la que llegan estos empresarios a los concursos". 

Por otro lado, el supervisor también ve necesario diseñar mecanismos concursales específicos para microempresas y para autónomos, más ágiles y menos costosos que el procedimiento concursal propio de empresas de mayor tamaño.

A penas dos concursos por cada 10.000 autónomos

Según el informe del BdE el uso de los concursos de acreedores en España ha sido" tradicionalmente muy escaso, en el caso de los autónomos". En 2019 hubo 2,2 concursos por cada 10.000 trabajadores por cuenta propia en España,  mientras que hubo 31,8 en Francia y 74 en Inglaterra y Gales.

En cuanto a las microempresas, en 2019 hubo 9,5 concursos por cada 10.000 microempresas españolas, frente a 104,8 en Francia. En el caso de los negocios con 10 o más empleados, España también presenta tasas concursales más bajas que Francia: 65,8, frente a 179,2.

Y, dado que "el 90,5 % de las empresas españolas son microempresas y que los autónomos representan el 55% del total de empresas de nuestro país, estas cifras sugieren que el escaso uso de los procedimientos concursales en España", se debe sobre todo a que, por el diseño de estos mecanismos, las microempresas y los empresarios individuales, suelen quedar fuera de esta herramienta. 

Concursos exprés para autónomos y microempresas

A pesar de la escasa utilización de los concursos a la que apuntan tanto el Supervisor como otros expertos consultados, lo cierto es que la actual Ley Concursal establece dos vías para llevar a cabo este procedimiento legal : una ordinaria y otra exprés. Recurrir a esta segunda opción puede ser una buena alternativa para un autónomo o pequeño empresario a la hora de liquidar una empresa en crisis porque permite exonerarse de las deudas y/o cerrar el negocio prácticamente de inmediato. “Desde el momento en que se procesa la solicitud y se declara el concurso transcurren entre un mes y medio y dos meses”, explicó   Xiomara Jimenez, abogada del área de Gestión de crisis en AGM Abogados

La finalidad de este mecanismo es facilitar la liquidación de las sociedades que se encuentran en una situación de “insolvencia absoluta”, siempre y cuando demuestren que no existe posibilidad de superar esa incapacidad de pago ni a corto ni a largo plazo. Es decir, es una opción que se ofrece para casos “especialmente críticos” donde “el patrimonio de la empresa es nulo”, por lo que se declaran en “quiebra total”, detalló Jiménez. 

El concurso exprés se presenta como una solución para los autónomos que se plantean cerrar su negocio en crisis mediante una vía más rápida y económica que la fórmula tradicional, ya que, por ejemplo, no existe nombramiento de administrador concursal. Además, el juez dicta en el mismo auto la apertura y conclusión del concurso, así como la extinción de la sociedad y el cierre de la hoja mercantil. 

Sin embargo, tal y como apunta el BdE, este mecanismo tampoco permite mantener el negocio abierto,  ya que uno de los requisitos de esta modalidad exprés es "la falta total de activos líquidos para continuar con el desarrollo de su actividad".