El drama de los autónomos en Tarifa Plana

Casi todos los que emprendieron en 2017 se han quedado sin cese de actividad

Los autónomos que estaban disfrutando de la Tarifa Plana no han podido acceder a la prestación por cese de actividad. Ni la extraordinaria, ni a la nueva ordinaria. Justo son los más vulnerables porque estaban al comienzo de su actividad.

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Casi todos los que emprendieron en 2017 se han quedado sin cese de actividad

Muchos nuevos emprendedores se encuentran en un situación dramática.Todos aquellos profesionales por cuenta propia a los que la pandemia les ha pillado con menos de tres años dados de alta en el RETA han quedado excluidos de la principal ayuda estatal que hay para ellos: el cese de actividad extraordinario y el ordinario – que empezó el pasado mes de julio-. ¿La razón? El haber estado acogidos durante 24 meses a la Tarifa Plana que no cubre las contingencias de cese de actividad ni formación, salvo que las haya solicitados expresamente. A ello se suma que uno de los requisitos para acceder al cese es haber cotizado por esta contingencia al menos 12 meses, por lo que muchos de los que crearon su negocio hace tres años no se han podido acoger a estas ayudas.

La mayoría de ellos se encuentra en una difícil situación, ya que han visto como debían cerrar sus negocios por el confinamiento, tras haber solicitado financiación y haber realizado fuertes inversiones para poner en marcha su actividad. Una de las principales medidas que el Gobierno puso en marcha para paliar los efectos de la pandemia en el colectivo de trabajadores por cuenta propia fue la creación de la prestación por cese de actividad extraordinario. Un ayuda que decidió ampliar hasta septiembre a través de una nueva fórmula del cese ordinario. Para acceder a la ayuda, en ambas modalidades, los interesados tenían que cumplir una serie de requisitos, entre ellos se encuentra la obligación a tener que haber estado cotizando durante 12 meses por cese de actividad antes de iniciar el proceso solicitud.

Es precisamente esta exigencia, de tener que haber cotizado durante un mínimo de un año por cese de actividad, la que está impidiendo a los emprendedores poder acogerse a la prestación. Según explicó Laura Gómez, directora general de la Federación Nacional de Asociación es de Trabajadores Autónomos (ATA), “los nuevos autónomos, que tienen derecho a la bonificación de las cuotas a través de la tarifa plana, no tienen la obligación de cotizar por cese de actividad, ni por formación. Entonces, al menos que en el momento en el que dieron de alta lo solicitasen, no habrían cotizado por ello y no tienen, por lo tanto, derecho a la ayuda” . 

Ésto, dicho de otro modo, significa que todos aquellos emprendedores que estuvieran acogidos a la Tarifa Plana y no solicitaron en su día cotizar por cese de actividad (los menos) no han podido acceder a la ayuda, ni a la puesta en marcha durante el confinamiento, ni a la habilitada posteriormente.

Excluidos por estar en Tarifa Plana

Todos los emprendedores cuando inician por primera vez un proyecto por cuenta propia tienen derecho a una bonificación en el pago de su cuota a la Seguridad Social durante los dos años primeros años. Esto es lo que se conoce como Tarifa Plana, una ayuda que tiene el objetivo de facilitar el comienzo a los emprendedores durante sus primeros años. Asimismo, hay que aclarar que en algunas comunidades autónomas, como en Madrid, Andalucía o Canarias, ésta ayuda se encuentra ampliada un año a modo de subvención.

Independientemente de ello, la Tarifa Plana está regulada en el artículo 31.1 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, que fue reformado en 2019 para establecer que los emprendedores que opten por cotizar por la base mínima, quedan excluidos de la obligación de cotizar por cese de actividad y formación.

En concreto, la norma señala que “en el caso de que se opte por cotizar por la base mínima que corresponda, podrán beneficiarse de una reducción en la cotización por contingencias comunes durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, que consistirá en una cuota única mensual de 60 euros, que comprenderá tanto las contingencias comunes (es decir, la enfermedad común), como las contingencias profesionales (enfermedad profesional), quedando estos trabajadores excepcionados de cotizar por cese de actividad y por formación profesional”.

Una vez acabado ese periodo, el emprendedor puede seguir acogido en idénticas condiciones a la Tarifa Plana durante otro segundo año, lo único que el pago mensual va creciendo de forma progresiva a lo largo del ejercicio. En concreto, la Tarifa varía de la siguiente forma:

  • Del mes al 12 al mes 18: se le aplica una reducción del 50% a la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre. El emprendedor tiene que pagar entonces 141,65 euros al mes.
  • Del mes 18 al mes 24: se le aplica una reducción del 30% a la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre. El emprendedor tiene que pagar entonces 198,31 euros al mes.
  • Por último, y sólo para emprendedores menores de 30 años, hay una bonificación de la cuota también al 30%, en el tercer año. El emprendedor tiene que pagar entonces 198,31 euros al mes.

“El problema que tienen muchos emprendedores ahora es que la pandemia les ha pillado disfrutando de su segundo año de Tarifa Plana. Y se encuentran que, después de haber estado un año y pico cotizando como trabajador autónomo, no pueden acceder a la ayuda al no cumplir con el requisito de haber cotizado de forma continuada e ininterrumpidamente por el cese de actividad. Ya que es algo que no se les exige y que es optativo para los nuevos autónomos en Tarifa Plana” apuntó la directora general de ATA.

Esto no sucede con el resto de autónomos ya asentados que no han iniciado su actividad en los últimos años y, por tanto, no estaban disfrutando de la tarifa plana en el 2020. Después de la reforma que entró en vigor en enero del 2019 todos los autónomos que no tengan la cuota bonificada están cotizando por todas las contingencias, incluidas la formación, el cese de actividad o el accidente laboral. Por eso se han podido acoger a esta ayuda.

La mala fama del cese de actividad

Uno de los aspectos en los que incidió la abogada y directora general de ATA, Laura Gómez, fue que los emprendedores o los nuevos trabajadores por cuenta propia tenían la posibilidad de haber cotizado por esos dos conceptos: cese de actividad y formación en el momento en el que se dieron de alta. Sin embargo, la mayoría no lo hicieron.

En su decisión, comentó Gómez, entran varios factores en juego. El primero: la mala fama del cese de actividad o también llamado paro de los autónomos. “Antes de que ocurriera la pandemia, la prestación por cese de actividad tenía muy mala fama, porque se la concedían a muy poca gente. Entonces, por norma general, en las gestorías no se recomendaba a los autónomos cotizar por esta prestación y, mucho menos al principio cuando todo el mundo quieren ahorrar lo máximo posible y todos piden cotizar por la base mínima”.

El segundo problema es el desconocimiento que hay dentro del colectivo sobre la importancia de la cotización. “Los autónomos que se han podido salvar en esta situación son aquellos que han tenido acceso a la ayuda, gracias a que habían cotizado durante un año por el cese de actividad” señaló Gómez.

Sin embargo ahora, todos aquellos que no estaban cotizando por la prestación -que es desde 2019 obligatoria -, se quejan no haber sido informados correctamente. “En este sentido, soy muy pedagógica con los autónomos, porque ellos tienen que saber que son trabajadores por cuenta propia, que toman sus propias decisiones y que se fabrican la prestación que van a recibir en el futuro en función de la cuota que decidan pagar”.

Un mínimo de tres años cotizados para los de Tarifa Plana

En este sentido, para que un emprendedor que hubiese disfrutado de la tarifa plana y que quisiera ahora acceder al cese de actividad, este tendría que llevar un mínimo de tres años cotizados. “ Para acceder al nuevo cese, el autónomo tienen que llevar un año cotizado antes del inicio de su solicitud. De esta forma, por ejemplo, los autónomos que hubiesen querido solicitar la prestación por cese de actividad extraordinaria en abril de 2020, tendrían que haber cursado su alta el 1 abril de 2017 y haber terminado de disfrutar la tarifa plana el 1 de abril 2019. De esta forma, el 2 de abril de 2020 y tras haber llevado un año cotizando podrían haber accedido a la ayuda” explicó Gómez.

Una situación que comentó estaba viviendo una de las autónomas con las que trabajaba. “Ella se dio de alta en agosto de 2017 y estaba esperando a que justo se le cumplieran el periodo de un año cotizado por cese de actividad, para poder solicitar el nuevo cese ordinario este mes”.

Son muchos los emprendedores en esta situación 

Por último, y en cuanto al número de emprendedores que podrían encontrarse en esta situación, la directora general de ATA afirmó “que no hay datos de los beneficiarios de tarifa plana. Lo único que sí te puede asegurar es que nos está llegando mucha gente en esta situación, ya que en los últimos año el número de emprendedores ha ido creciendo exponencialmente”.