Nueva guía de la Seguridad Social

¿Qué debe hacer un autónomo para darse de alta y operar en el Sistema RED?

Los trabajadores autónomos están obligados desde el pasado 1 de octubre a realizar todos sus trámites con la Seguridad Social telemáticamente a través del Sistema RED. El organismo está facilitando información sobre este sistema y la más reciente, con fecha 14 de diciembre, es una guía para solicitar la autorización necesaria y operar en el mismo.

papel ordenador
¿Qué debe hacer un autónomo para darse de alta y operar en el Sistema RED?

Los autónomos pueden utilizar el Sistema RED, al que están obligados desde hace más de dos meses para sus trámites con la Seguridad Social, en nombre propio o a través de terceros y de profesionales colegiados. Para los tres casos, la Seguridad Social ha publicado esta guía en su página web (www.seg-social.es). Está diseñada para presentar en el Registro Electrónico de la Sede Electrónica de la Seguridad Social la solicitud de autorización para operar en el Sistema RED

El primer paso es consultar en dicha web “Sistema RED/Sistema de Liquidación Directa” y, una vez dentro, el apartado “Incorporación Sistema RED. Autorizaciones”. Una vez finalizada la presentación a través del Registro Electrónico, la solicitud se hará llegar a la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) correspondiente según la provincia del domicilio postal que tenga la autorización RED. Esta información se puede encontrar en el apartado “Destino”, que se encuentra en “Datos genéricos” del justificante de presentación. El interesado recibirá de la TGSS información sobre las condiciones de utilización de la autorización para operar en el Sistema RED. La resolución expresa ha de recibirse en el plazo de tres meses desde la solicitud. Si no se recibe nada y hay silencio administrativo, es que la resolución ha sido desestimada. En el número de teléfono 901 50 20 50 se puede obtener información sobre toda la tramitación. 

Utilización de la Sede Electrónica

En el caso de un autónomo persona física que actúa en nombre propio, la guía informa que, al acceder a la Sede Electrónica, hay que pinchar “Ciudadanos/Otros Procedimientos”. El acceso se permitirá, en el caso de persona física, bien con certificado digital o con Cl@ve – Cl@ve permanente.

Para hacerlo con certificado digital, se detalla la forma de obtenerlo para poder acceder al Registro Electrónico. El certificado digital deberá estar incluido en la lista de certificados admitidos. El organismo recuerda que se deberá contar con un equipo que cumpla con el resto de requisitos técnicos de acceso. Una vez obtenido el certificado, se solicita la contraseña de acceso que se valida y da lugar a la entrada a la pantalla de entrada de datos. Estos son los relativos al certificado digital (nombre y apellidos, tipo de documento y número), así como los relativos a la solicitud “Autorización para actuar en el Sistema RED”, que son “Tipo de autorización” y “Tipo de transmisión” que se refiere al medio de transmisión. Hay que elegir pues existe RED Directo para autónomos y pymes de menos trabajadores y RED Intenet para pymes con más de 15 trabajadores. Estos dos campos son obligatorios. Se da a “Siguiente” para continuar. 

Para profesionales colegiados

Es muy común que los autónomos personas físicas cuenten con un gestor o un asesor que les realice todos los trámites. En estos casos, el Sistema RED también lo prevé. Lo primero que se requiere es que el autorizado por el autónomo para operar sea un profesional inscrito en algún colegio profesional aceptado por la Seguridad Social. Éste deberá introducir los datos sobre el colegio profesional al que pertenece, su número de colegiado y la provincia donde ejerce en el apartado “Datos del profesional colegiado”, pero además a la solicitud de autorización antes mencionada deberá aportar una certificación de su colegio profesional en otro apartado denominado “Documentación adjunta”.

Últimos trámites

Para presentar la solicitud por medio del Registro Electrónico, se pincha en “Datos genéricos”, en la pantalla del Registro donde aparecen y se marca “Firmar y enviar”. A continuación, se pedirá seleccionar el certificado digital con el que se va a firmar, que tiene que ser el mismo con el que se ha accedido al servicio. 

El último paso es la autenticación -procedimiento informático que permite asegurar que un usuario de un sitio web u otro servicio similar es auténtico o quien dice ser-. Para ello, se selecciona nuevamente el certificado digital y al “Aceptar”, se mostrará un mensaje en el que se confirma que la solicitud se ha presentado correctamente en el Registro Electrónico, para lo cual se mostrará en otra pantalla el número de entrada y la fecha y la hora de presentación. Asimismo, hay posibilidad de obtener el justificante de presentación si se pulsa en “Documentación Adjunta” para su descarga en formato pdf.