También entraña riesgos y obligaciones para el autónomo

Lo que debes saber antes de abrir tu local con una 'Licencia Exprés'

La ‘Declaración Responsable’, más conocida como 'Licencia Exprés', permite a los autónomos acelerar la apertura de su local y ahorrarse, en ocasiones, hasta dos años de espera. Sin embargo, no es oro todo lo que reluce. Conlleva algunas riesgos y obligaciones. 

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Lo que debes saber antes de abrir tu local con una 'Licencia Exprés'

Emprender un negocio pasa por tener que enfrentarse a un arsenal de papeles y licencias. Por este motivo, en 2012 entró en vigor el Real Decreto-ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios que, entre otras cosas, pretendía agilizar este tipo de trámites. Para ello, se instauró la ‘Declaración Responsable’, más conocida como 'Licencia Exprés'.

Se trata de un proceso que permite a los autónomos acelerar la apertura de su local evitando tener que esperar largos periodos hasta la concesión de la licencia, que en muchas ocasiones puede demorarse entre uno y dos años.

Esta  nueva norma introducía la posibilidad de gestionar la licencia a través de las ECLU, entidades privadas de gestión de licencias. A través de ellas, los emprendedores pueden tramitar su solicitud de licencia sin tener que pasar por las largas esperas del sistema público del Ayuntamiento. Cualquier autónomo puede recurrir a este proceso, excepto cuando se trata de edificios protegidos, en cuyo caso se deberá tramitar por la vía ordinaria. 

Aunque a priori parecen todo ventajas también hay inconvenientes. Esta ‘Declaración Responsable’ entraña ciertos riesgos y ha recibido más de una crítica.

Riesgos y obligaciones de la ‘Licencia exprés’

La 'Licencia Exprés' ha permitido que los emprendedores puedan poner en marcha su negocio en un mes, algo impensable con el sistema ordinario. Sin embargo, tal y como destacó el arquitecto técnico de Esarco, Agustín Jiménez, la ‘Declaración Responsable’ tiene un inconveniente y es que “al no tener la licencia de un organismo público, el Ayuntamiento te puede cerrar el negocio cuando quiera”.

Aunque solicitar esta 'licencia exprés' a través de una ECLU es la forma más fácil y rápida de llevar el trámite, el autónomo debe saber que asume la responsabilidad de que lo que figura en la declaración responsable sea totalmente cierto. “En caso de no ser así, estará expuesto a sanciones y responde ante ellas con su propio patrimonio”, explicaron desde Hostelería Madrid (La Viña).

Desde La Viña enumeraron también algunas de las obligaciones que contrae el autónomo con esta licencia. Entre ellas, destaca que al hacer la solicitud con el procedimiento de ‘Declaración Responsable’ el autónomo pasará a ejercer la actividad bajo su propia responsabilidad. Será él, por tanto, quién bajo su propia cuenta y riesgo tenga que comunicar entre otras cosas, la fecha del inicio de actividad o, en el caso de que la apertura implique la realización de obras, la fecha de su terminación.

La 'Licencia Exprés' deberá, además, ir acompañada del proyecto técnico competente y el justificante de pago de tasas. También se puede acompañar de un informe de adecuación a la normativa aplicable del local y de la actividad que se pretende desarrollar en el establecimiento, emitido por una ECLU, y que puede preservar la responsabilidad del solicitante.

De forma general, no se podrá ejercer la actividad hasta un mes después de la presentación de la ‘Declaración Responsable’. Esta licencia se puede tramitar a través de dos vías:

- ECLU: Si el autónomo decidie tramitar la 'Licencia Exprés' a través de una ECLU, será la propia entidad privada la que realice la comprobación de la documentación en un plazo de diez días desde la presentación de la ‘Declaración Responsable’.

  • “Este acto puede tener un resultado favorable, cuando las obras realizadas y la actividad se ajustan a la legalidad vigente, y tiene como resultado la emisión de un certificado de conformidad de la ECLU”, señalaron desde Hostelería Madrid. Ese certificado se presenta en el Registro y supondrá una visita de comprobación que tendrá lugar en un plazo máximo de 6 meses desde la terminación de las obras o el inicio de actividad, salvo que sean locales de más de 150 m2, en cuyo caso el plazo se reduce a tres meses.
  • Si el resultado no es favorable, “podrá ser condicionado, cuando se aprecien deficiencias de carácter no esencial, o desfavorable, cuando la actividad o la documentación aportada presenten deficiencias esenciales”, explicaron.

- Sistema Público: tramitar la apertura del nuevo negocio a través de la 'Licencia Exprés' en el sistema público, ante el Ayuntamiento pertinente, “supondrá una visita de comprobación que tendrá lugar en un plazo máximo de 6 meses desde la terminación de la obras o el inicio de actividad”, salvo que sean locales de más de 150 m2, en cuyo caso el plazo se reduciría, de nuevo, a tres meses. 

Recomendaciones a la hora de tramitar la ‘Declaración Responsable’

Desde Hostelería Madrid dieron una serie de recomendaciones para aquellos que vayan a iniciar este trámite exprés. A pesar de traer muchas ventajas como la posibilidad de iniciar la actividad de manera casi inmediata (un mes después de la presentación de la declaración), es necesario "que se sigan estos pasos para evitar cubrir la responsabilidad derivada de la declaración”:

  1. Tramitar un informe previo a la ‘Declaración Responsable’ ante la ECLU que indique, antes de hacer cualquier reforma e inversión, la adecuación del local para la actividad que se pretende desarrollar. Además es aconsejable entregarlo junto a la Licencia Exprés cuando se presente formalmente en el Registro ante la ECLU.
  2. Al hora de presentarlo, se deberá comunicar, además, el inicio de las obras conforme al proyecto que se acompaña y especificar en la declaración la fecha estimada para el inicio de actividad, que será como mínimo de un mes después de la fecha en la que el autónomo estime la finalización de la obras.
El proyecto técnico que se presenta con la ‘Declaración Responsable’ debe coincidir de manera exacta con la realidad de las obras realizadas y el estado de los equipos y del local. De lo contrario, el autónomo se arriesga a que la administración declare ineficaz esta licencia. En cuyo caso, no se expendería el permiso para ejercer la actividad de hostelería en el local y habría que volver a iniciar, desde cero, un nuevo procedimiento.