Pautas documentales a seguir

¿Cómo debo reaccionar ante un accidente laboral en mi negocio?

Casi medio millón de autónomos en España tienen trabajadores a su cargo. Son 500.000 afiliados al RETA con responsabilidades en materia de actuación y prevención de riesgos laborales. ¿Cómo deben reaccionar ante un accidente laboral? Existen algunas pautas y procesos a seguir que todo autónomo empleador debería conocer a la perfección.

como-actuar-accidente-laboral
¿Cómo debo reaccionar ante un accidente laboral en mi negocio?

En España hay 434.104 autónomos con trabajadores a su cargo, según datos recabados a finales del año pasado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos. Algo más de 45.000 de estos empleadores tienen contratados a 5 o más empleados. Lo que algunos de ellos no saben es que tener en plantilla a un trabajador supone responsabilidades más allá de los correspondientes pagos a la seguridad social.

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, el autónomo tiene una serie de deberes y pautas documentales a seguir. De no hacerlo, puede enfrentarse a cuantiosas sanciones por imprudencia profesional, culpabilidad civil o penal. Por esta razón, el autónomo tiene que estar informado y preparado para cualquier incidente. Lo primero que debe saber es que accidente laboral no es solo el que se produce en el entorno de trabajo.

El artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social define como accidente laboral todo aquel incidente con “lesiones corporales que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena”. En el caso de producirse un accidente, lo primero que debe hacer el autónomo es prestar, en la medida de lo posible, primeros auxilios al trabajador accidentado y comunicar a la mutua el incidente.

Pautas a seguir en caso de accidente

En caso de un accidente leve, el autónomo tiene que prestar, en la medida de lo posible, unos primeros auxilios al empleado. El botiquín será en este caso de especial importancia para pequeñas caídas o cortes de poca relevancia. Hay que recordar que normalmente los suministra la Mutua de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales a las que e negocio debe inscribirse. 

  • Primeros auxilios y comunicación a la mutua

Las obligaciones del autónomo empleador en caso de accidente laboral van, por supuesto, más allá de los primeros auxilios. “Si el trabajador accidentado necesita ir a un médico, lo correcto será que le visite el facultativo de la mutua de accidentes. Para ello, la empresa debe facilitar al afectado el volante de asistencia, un documento que sirve para dar fe de que el accidente se ha producido como consecuencia del trabajo” explicaron desde la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA).

La responsabilidad del autónomo empleador, en primera instancia, tiene dos vertientes. Por un lado, comunicar el incidente a su mutua y, por otro, acompañar al trabajador al centro de salud con el volante de asistencia medica correspondiente. Además, desde la web de la confederación se apuntó que en caso de no existir un centro de salud de la Mutua abierto y cercano y haya una necesidad urgente de asistencia “se deberá contactar con el servicio de emergencias 112 o acudir al centro médico de urgencia más cercano, aunque no sea de la Mutua”.

Tras este incidente, la obligación del autónomo en el caso de que se vea necesite tramitar una baja por  Incapacidad Temporal será de comunicar el incidente a la entidad gestora en un plazo máximo de cinco días tras la fecha en la que se produjo el accidente. En el caso de que no se produjera IT, esos cinco días serán a partir del mes natural siguiente al del accidente.

Para accidentes graves o muy graves, según explicó el FEDA, el procedimiento será más urgente. Deberá comunicarse el incidente a la autoridad laboral competente en el plazo de las 24 horas siguientes al suceso.

  • Parte de accidente y pruebas

Tras haberse comunicado con la mutua y haberse resuelto el incidente, el autónomo todavía tiene responsabilidades y pautas documentales a seguir. El siguiente paso sería la elaboración de un parte de accidente detallado, en el que se indiquen con precisión los datos del trabajador, los de la empresa, los detalles del incidente y en especial, de las medidas que existían para evitarlo.

  • Investigación del accidente

Aunque la mayoría de los incidentes que se producen relacionados con el entorno laboral, afortunadamente, no llegan a mayores, si hay ocasiones en las que la gravedad del accidente requiere de una investigación de lo sucedido, no sólo para evitar posibles reclamaciones por parte del trabajador o la administración, también para evitar que el incidente se vuelva a repetir.

Además, el autónomo empleador debe tener en cuenta, según indicó la FEDA, que “en algunos casos, sobre todo si el accidente es graves o ha provocado el fallecimiento del trabajador, se harán investigaciones a través de la Inspección de Trabajo, que intentará saber si la empresa tomó todas las medidas de seguridad y prevención establecidas en la Ley”. El autónomo debe estar por tanto preparado e informado para esta posibilidad ya que si en su momento no respetó sus obligaciones en materia de prevención, el negocio podría enfrentarse a sanciones de hasta 800.000 euros.

Obligaciones del autónomo empleador

El autónomo no debe de olvidar que sus responsabilidades en materia de siniestralidad laboral, no son sólo de actuación sino también de prevención. Bajo el prisma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales el trabajador por cuenta propia con empleados a su cargo adopta la categoría de empresario. ¿Qué supone esto? En este caso el autónomo adquiere las obligaciones en cuanto a seguridad y salud laboral que tendría cualquier empresa.

En otras palabras, poco importa la dimensión del negocio, el volumen de facturación o el tipo de forma jurídica en la que se constituya el negocio. El autónomo empleador debe definir una de las cuatro modalidades organizativas existentes para prevenir los accidentes de trabajo. La más común es la contratación de servicios de prevención ajenos de una entidad especializada que concierte con el negocio la realización de actividades de prevención, el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgos.