Deducciones fiscales

Cómo desgravar cuando uno es ‘autónomo en casa’

La Ley de Medidas Urgentes permitirá deducir un porcentaje de los gastos de suministros, así como los de manutención.

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Cómo desgravar cuando uno es ‘autónomo en casa’

Cada mañana la melodía del dichoso despertador suena antes de las siete para Gema. Del dormitorio a la cocina, para preparse el primer café. La radio suena de fondo mientras se dirige a la habitación de su hijo para “que abra el ojo” y revisar que todo esté bien en la mochila. A las 8:22 beso en la mejilla y un “aprende mucho hoy”. Tras cerrar la puerta esta fotógrafa autónoma de 55 años se dirige, sin salir a la calle, a su estudio de 12 metros cuadrados.

Al igual que quienes cuentan con un local a pie de calle o una oficina, cada trimestre le toca recopilar facturas que le permitan desgravar unos euros. Entre ellas la de “la luz y el gas”. Lo que explica Gema no es ciencia ficción. Sin embargo, señala, "muchos compañeros lo desconocen".

Entre los falsos mitos que circulan está el de que los autónomos ‘a domicilio’ no pueden desgravar los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, así como los de suministros.

Fue en septiembre de 2015 cuando una resolución del TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) puso el 'punto sobre la i'. A partir de ese momento y hasta la fecha, el IBI, la cuota de la comunidad de propietarios o el impuesto de basuras serían deducibles del IRPF, según la proporción del domicilio que se destinase al desarrollo de la actividad y del porcentaje de titularidad.

Por ejemplo, un autónomo propietario del 50% de un piso de 100 metros cuadrados y que destine 20 metros cuadrados a ejercer su profesión y pague 500 euros por dichos gastos, podrá desgravarse unos 50 euros en su IRPF.

La cosa no queda aquí. El agua, la luz, el gas y el teléfono también son deducibles, aunque en este caso el método de cálculo es algo más complejo. En primer lugar, el contribuyente ha de probar que estos consumos son necesarios para el ejercicio de la actividad, además se aplicará “la regla de correlación entre ingresos y gastos para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica”, lo que viene a ser que se ha de calcular en base a metros cuadrados, días laborables y horas que se emplean para trabajar desde casa.

En cuanto a la parte práctica, es el Modelo 036 en el que se ha de indicar tanto los datos de superficie de la vivienda como los de la que se emplean para el ejercicio de la actividad. Cabe recordar en este punto que el autónomo no se podrá desgravar ni las inversiones (pintar, acuchillar, etc...) ni el importe del alquiler (salvo en los que se especifique la aplicación de IVA o se firme un doble contrato de vivienda sin IVA y de la parte proporcional que se empleará para trabajar con IVA).

Por otra parte, las desgravaciones sólo serán de aplicación a quienes tributen por la vía de estimación directa.

Los cambios que vienen

La Ley de Medidas Urgentes para el Trabajo Autónomo que pasa ahora su trámite en el Senado modifica el procedimiento actual. Según la última redacción del texto, aprobado por el Congreso a mediados del pasado mes de julio, los autónomos que comparten oficina y domicilio podrán deducirse los gastos de agua, luz, gas, telefonía e internet en “el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior”.

A este respecto, el Partido Socialista ha presentado una emienda de modificación por la que la deducción sería del “porcentaje correspondiente al número de metros cuadrados destinados a la actividad sobre el total de la superficie de la vivienda, con una limitación del 30%".