Unos jueces dicen una cosa y otros lo contrario

¿Están creando las sentencias de Glovo sobre autónomos inseguridad jurídica?

Los tribunales cada día emiten sentencias diferentes sobre la cuestión de si los repartidores de Glovo son o no falsos autónomos. Unas condenan y otras avalan su fórmula de contratación. Según los expertos, esta indeterminación terminará con una casación de doctrina ante el Tribunal Supremo. Mientras, empresa y trabajadores se encuentran en una situación complicada.

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¿Están creando las sentencias de Glovo sobre autónomos inseguridad jurídica?

El debate de si son falsos autónomos o no los riders de Glovo podría estar coleando aún un mínimo de un año sino dos. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló esta semana a favor de la compañía determinando que el repartidor que le había demandado era autónomo. Una sentencia que contradice a la emitida en verano por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y en la que se establecía que el repartidor era un falso autónomo, y debería ser asalariado. Tener dos sentencias del TSJ que se contradicen permite acudir a un recurso de casación de doctrina al Tribunal Supremo para que emita jurisprudencia y ponga fin al debate. Pero, sin embargo, y hasta que eso ocurra -algo que podría tardar entre uno y dos años-, los trabajadores y la compañía estarán viviendo una situación particular: no sabrán si se está actuando o no conforme a la legalidad.

Y es que, durante los últimos años, ni el Juzgado de primera instancia, ni ahora el Superior de Justicia, se han puesto de acuerdo sobre cuál es la relación correcta que deberían mantener los repartidores y la empresa. En total hay 18 sentencias: nueve a favor y nueve en contra del modelo de negocio de Glovo (sin contar las de otras compañías que funcionan de forma similar, como Deliveroo).

Sólo la Inspección de Trabajo parece tenerlo más claro ya que ha levantado diversas actas de liquidación a Glovo como la de septiembre en Barcelona que afectó a 3.500 repartidores (según publicó El Periódico de Catalunya) y otras que acabarán también en los tribunales. Según los expertos consultados por este diario, éstas que provienen de la Inspección son más difíciles de contradecir por los jueces. que las que llegan a través de la demanda de un repartidor ya que suelen estar más fundamentadas. 

Para el abogado laboralista, Alberto Ara, esta falta de unanimidad en los tribunales está creando una “situación de inseguridad jurídica”, pues ya no es sólo que no coincidan los fallos de las sentencias de primera instancia, sino que también se contradicen las de mayor nivel, como las del Tribunal Superior. Esto iría en contra de la Constitución española, que recoge en el artículo 9, apartado 3, de su Título Preliminar el concepto de 'seguridad jurídica', y que se refiere a la obligación de que sea conocido por parte de todos los ciudadanos, lo que está prohibido, mandado y permitido.

Además, este experto, señaló que ni siquiera había unanimidad en la última sentencia a favor de Glovo (la emitida por el TSJ de Madrid esta semana), pues “uno de los magistrados afirmaba que había relación laboral, frente a dos que decían que se trataba de una relación mercantil”.

Que los tribunales fallen distinto no sorprende a Alberto Sierra, director Técnico de Derecho Laboral y Seguridad Social en la editorial jurídica Sepín, que calificó de 'normal' la situación. “Cuando los tribunales fallan distinto, no significa que estemos directamente ante una situación de inseguridad jurídica, pues cada juez falla según interprete la situación”. Además aseguró que cada caso es distinto y no se pueden juzgar todos por igual “porque no sabes cuál es exactamente el alegato que ha hecho un abogado, o cuáles son los criterios y pruebas que ha presentado para defender su tesis”.

Gregorio Riber, socio de derecho, área Civil y Procesal en AGM Abogados, coincide con Sierra en que "la situación que estamos viviendo es más bien de 'falta de criterio” entre los tribunales". Algo que considera lógico, pues no existen demasiados precedentes en este tipo de casos, “hasta hace poco, no existía este trabajo -el de rider-”.

Riber afirmó que esta situación “deja a los trabajadores a la espera de lo que dicten los tribunales, y a la empresa con la única opción de acudir a un recurso de casación ante el Tribunal Supremo”.  

El recurso de casación

Para los tres abogados consultados la solución al problema de los falsos autónomos es la misma: un recurso de casación emitido por el Tribunal Supremo. Hasta ahora, este procedimiento no se podía utilizar, pues era necesario la existencia de dos sentencias emitidas por un Tribunal Superior de Justicia que se contradigan sobre un mismo caso. Ahora ya existen: una en contra emitida por el TSJ de Asturias, y una a favor por el TSJ de Madrid.

Según estos expertos juristas, el recurso de casación significa que el problema de si los riders son o no falsos autónomos está más cerca de terminar, estiman que entre uno y dos años. “Desde que se presenta el recurso de casación, hasta que el Supremo emite jurisprudencia suelen pasar, normalmente, entre 8 y 9 meses” apuntó Sierra.