Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

Europa exige al Gobierno que vele para que las administraciones paguen sus facturas en 30 días

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que los gobiernos deberán vigilar que sus administraciones no se retrasen con los pagos a proveedores (la mayoría autónomos). Esto abre la puerta a que los afectados puedan pedir responsabilidades al Estado.

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Imagen de la sede del Tribunal de Justicia Europeo.
Europa exige al Gobierno que vele para que las administraciones paguen sus facturas en 30 días

Europa lo tiene claro: los gobiernos no pueden mantenerse ajenos a las deudas que contraen sus administraciones públicas con los autónomos y deben vigilar que éstas cumplan con los plazos de pago que marca la Ley de Morosidad. Es la postura que ha tomado el Tribunal Superior de Justicia Europeo(TSJE) en una sentencia emitida para la República Italiana -pero que tiene efecto en todos los Estados miembros de la Unión, incluido España-. En ella se establece que los gobiernos deben ser los encargados de vigilar a sus administraciones para asegurarse que cumplan y paguen dentro de los plazos que marca la norma.

En concreto, la sentencia -que fue emitida este martes por el Tribunal de Luxemburgo- recoge que “los países velarán por que en las operaciones comerciales en las que el deudor sea un poder público, el plazo de pago no supere 30 o 60 días naturales -dependiendo del caso-". Por lo que, a partir de ahora, los gobiernos no sólo estarán obligados a establecer normas que marquen cuándo deben realizarse los pagos, sino que también deberán preocuparse de que las administraciones los cumplan.

Para el director del área laboral de la Editorial Jurídica Sepín, Alberto Sierra, la decisión del Tribunal Europeo tiene tres lecturas importantes. La primera de ellas es el “hecho de que la sentencia sea vinculante para todos los Estados miembros, aunque se haya iniciado por un caso de la república italiana. Esto hace que todos los gobiernos tengan que hacer una ‘observancia efectiva’ -como expone el documento- sobre los plazos de pago de su sector público”. 

El Tribunal reconoce en su dictamen que la morosidad se ha convertido en un “hecho económicamente provechoso para los deudores en la mayoría de los Estados miembros por los bajos intereses aplicados por demora- a veces ni si quiera los hay- o  la lentitud de los procedimientos de recurso” , y que ve necesario “un cambio hacia la cultura del pago sin demora”. Sin embargo, la sentencia no dice nada sobre la penalización de la morosidad. 

Ésta es precisamente la segunda conclusión que sacó Sierra de la decisión del TSJE: “la sentencia afirma que los plazos de pago de 60 o 30 días son de obligado cumplimiento para los Estados miembros. Pero en ningún momento apunta a qué debería hacerse en caso de impago, ni cuáles deberían ser las consecuencias para el sector público que no cumpliese con la Ley de morosidad". 

Responsabilidad patrimonial

Por último, el experto reconoció que la sentencia abre la puerta y facilita la reclamación por daños a los afectados por los retrasos en los pagos (a los proveedores, en su mayoría autónomos, del sector público). En este sentido, afirmó que podrían “aparte de reclamar el importe que les falta por cobrar,  solicitar la responsabilidad patrimonial”. Es decir, la obligación que tiene el Estado de reparar los daños que haya podido causar el funcionamiento de la Administración.

Ahora bien, según incidió Sierra, no todos los que tengan trabajos pendientes de pago podrán solicitarla: "No se podrá reclamar en todos los casos, sólo en aquellos en los que, por ejemplo, el autónomo haya tenido que cerrar por no haber cobrado o, incluso en los que haya tenido que prescindir de personal”.

Ninguna de las administraciones cumple con la Ley

La sentencia es especialmente importante para España, porque su sector público  -que opera a través de las administraciones (nacional, regional y local)- paga muy por encima de lo estipulado por la Ley de Morosidad. Según el último informe de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) sobre los plazos de morosidad de las administraciones públicas con los autónomos, ninguna de las tres cumple con los plazos legales de pago.

Así, la administración nacional y la autonómica tardan una media de 39 días en pagar a los pequeños negocios, es decir, nueve días por encima del plazo. La local incluso llega a duplicar los plazos establecidos por norma, al abonar sus facturas en 60 días. El presidente de la Federación, Lorenzo Amor, explicó en el informe que “la morosidad es uno de los principales problemas de los autónomos. No nos vamos a cansar de pedir un régimen sancionador para aquellos que incumplan los plazos de pago estipulados por ley”.

Asimismo, señaló que pagar tarde “no tiene nada que ver con el tamaño de la administración, ni de la población, es cuestión de gestores, buenos y malos. Y parece que sólo cuando hay castigo estos malos gestores reducen la mala práctica de financiarse a través de la deuda contraída con pequeños proveedores”.