El Calendario fiscal de este año

Obligaciones tributarias para los autónomos en 2019

El primer mes del año es, dese siempre, uno de los más complejos para quienes están al frente de un negocio. IRPF, retenciones de alquileres, IVA, módulos, … Además, todos estos impuestos hay que presentarlos en su versión trimestral y anual. Marzo, junio, agosto y noviembre serán los meses en los que los trabajadores por cuenta propia suelen tener un respiro.

negocio cuentas impuestos
Obligaciones tributarias para los autónomos en 2019

Pese a los acuerdos, ya en vigor, para la mejora de la protección social del de los autónomos, 2019 empieza con subidas para el colectivo. Entre ellas la de los carburantes, la de los peajes de algunas autopistas, las de la telefonía –por el momento sólo para quienes tengan contrato con Movistar-, o las del recibo de la luz -que subirá previsiblemente en los próximos meses por incremento de los costes de los derechos de emisión CO2-.

Esta escalada no afecta, sin embargo, a los plazos establecidos para rendir cuentas al Fisco. Como viene siendo habitual, el mes de enero es en el que la cuesta será más pronunciada. Tres son las fechas claves 21, 30 y 31 de enero, con cerca de una veintena de modelos a cumplimentar entre los correspondientes al último trimestre del ejercicio de 2018 y los anuales. Aunque quienes estén al frente de su propio negocio ya pueden consultar en la página web de la Agencia Tributaria cuándo se han de presentar de los modelos correspondientes, Autónomos y Emprendedores les facilita un compendio de las obligaciones a las que hacer frente durante los próximos 365 días.

Una última nota importante antes de marcar de rojo el calendario es que en el caso de las domiciliaciones de las declaraciones trimestrales de impuestos los plazos concluyen cinco días antes, es decir, el 15 de cada mes, si no cayese en festivo en cuyo caso se aplaza al siguiente día hábil.

Enero

  • Hasta el día 21: IRPF de trabajadores, profesionales y empresarios y retenciones de alquileres correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio de 2018. Esto es modelos 111 y 115. Además, se tendrá que presentar el modelo 123 (anual) de liquidación por retenciones de intereses pagados por los préstamos de terceros que reciban quienes desarrollen su actividad bajo una fórmula societaria.   
  • Hasta el día 30: modelos 303 y 390 de IVA correspondientes al cuarto trimestre de 2018 como al de todo el ejercicio. Modelos 130 de IRPF fraccionado para los autónomos que tributan por estimación directa. A su vez, quienes tributan por módulos presentarán el modelo 131. Si su caso es el de un autónomo exportador deberá presentar el modelo 349 en el que se declaran todas y cada una de las operaciones intracomunitarias que se hayan realizado en el ejercicio. Por su parte quienes importen tendrán que presentar el modelo 380. En el caso de los autónomos del sector del comercio tendrán hasta este día para presentar el modelo 308 correspondiente a la solicitud de devolución del recargo de equivalencia.
  • Hasta el día 31: esta será la fecha máxima para presentar los modelos correspondientes a las retenciones anuales por IRPF (modelo 180) y de alquileres (modelo 190). También habrá que realizar la declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas (modelo 184). Quienes tengan un piso alquilado con fines vacacionales tendrán que presentar la declaración informativa trimestral de cesión de uso de viviendas con fines turísticos (modelo 179). Si su local u oficina está hipotecada tendrá que pasar por ventanilla el modelo 181, es decir, la declaración anual de préstamos y créditos y de otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles. Las startups y los emprendedores que lo hagan bajo fórmula societaria están obligadas a realizar la declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación (modelo 165). Y si ha realizado algún donativo o alguna donación o si por el contrario ha recibido alguna aportación deberá presentar el modelo 182.

Febrero

  • Tras la rectificación del Ministerio de Hacienda y la publicación de la preceptiva modificación de la orden de la Agencia Tributaria EHA/3012/2008, los autónomos seguirán teniendo hasta el día 28 para presentar el modelo 347. En este se declaran las operaciones con terceras personas por importe superior a 3.005 euros y pagos en efectivo por encima de 6.000 euros.

Abril

  • El plazo se amplía hasta el día 22, ya que el 20 cae en sábado, y los impuestos que habrá que presentar son las retenciones de IRPF y de alquileres de inmuebles del primer trimestre del año (modelos 111 y 115). Quienes opten por el pago fraccionado tanto si tributan por estimación directa como por estimación objetiva, habrán de cumplimentar los modelos 130 y 131.  También durante ese periodo el IVA de los tres primeros meses del año deberá declararse vía modelo 303, así como las operaciones intracomunitarias que se harán a través del 349. 
  • Asimismo, el último día de mes cumple el plazo para presentar la declaración informativa trimestral de cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Por su parte los autónomos societarios que opten por el pago fraccionado también tendrán que cumplimentar el modelo 202.

Julio

  • Antes de las vacaciones a los autónomos les toca un nuevo papeleo. Tendrán hasta el día 22 del séptimo mes del año para presentar los impuestos correspondientes al segundo trimestre. Tal y como ocurre en abril habrá que presentar retenciones de IRPF (modelo 111), alquileres de inmuebles (modelo 115), pagos fraccionados en estimación directa (modelo 130) y módulos (modelo 131), IVA (modelo 303) y operaciones intracomunitarias (modelo 349).
  • Las microempresas, pymes y autónomos societarios tendrán hasta el día 25 para presentar el modelo 202 de pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Igualmente se deberán declarar las ayudas anuales recibidas bajo el marco del régimen fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto de Sociedades.
  • El día 31 será el día tope para presentar la declaración informativa trimestral de cesión de uso de viviendas con fines turísticos (modelo 179).

Octubre

  • Junto con las vacaciones, el tercer trimestre del año llega a su fin y habrá que presentar los modelos 111, 115, 130, 131, 303 y 179. Así como el modelo 202 para los que están obligados a declarar el Impuesto de Sociedades y han elegido diferir el pago a lo largo del ejercicio.

Diciembre

  • Para los autónomos persona física el último mes del año es de relativo relax. No así para los societarios que hayan optado por fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades, cuyo año de papeleo fiscal termina con la presentación del modelo 202.