Superan los dos millones de sociedades y sostienen el 75% del empleo

Luces y sombras a la hora de crear una empresa familiar

Suman más de dos millones de sociedades en España y son proporcionan empleo a nueve millones de personas entre las que se incluyen 1,5 millones de autónomos, pero la empresa familiar no sólo tiene sus pros sino también algunos contras.

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Luces y sombras a la hora de crear una empresa familiar

El número de empresas que se califican como familiares en España supera a día de hoy los dos millones, según los datos aportados por la Dirección General de Industria y Pyme (DGIPYME). Además, generan entre el 65% y el 70% del PIB (Producto Interior Bruto) y el 75% del empleo, sosteniendo nueve millones de puestos de trabajo de los que 1,5 millones son autónomos.

Ahora bien, ¿qué es en realidad una empresa familiar?; ¿cuáles son los riesgos?; ¿qué requisitos tiene que cumplir?... Autónomos y Emprendedores da respuestas a todas estas cuestiones en la siguiente guía.

Definición y Requisitos de la empresa familiar

Aunque su definición resulte imprecisa, el Instituto de la Empresa Familiar (IEF), determina tres supuestos:

  • Que tanto en las no cotizadas como en la cotizadas -recordemos que la empresa familiar engloba desde los pequeños negocios de los autónomos hasta grandes compañías como Acciona, Zara o Mercadona- al menos un representante de la familia o pariente participe en la gestión o administración de la compañía;
  • Que, en el caso de las no cotizadas, el fundador, la persona que haya adquirido el capital social del negocio o empresa o sus esposo, padres, hijos o herederos directos tengan más del 50% de los derechos de voto en Junta General. Pudiendo ser éstos directos o indirectos.
  • Que, de ser cotizada, el porcentaje  anterior sea superior al 25%.

Por otra parte, en la empresa familiar han de convivir dos realidades distintas -empresa y familia- y ambas “deben ser gestionadas por separado”, destaca el IEF.

La DGIPYME amplía el concepto a la “vocación de continuidad y de transmisión de los valores empresariales propios de la familia”. Además, con el traspaso generacional la propiedad se divide en más ramos o grupos de parentesco.

Principales características de la empresa familiar

Las particularidades de la empresa familiar hace que tenga unas determinadas limitaciones que se hacen patentes según va adquiriendo un tamaño mayor. También se diferencia de una sociedad tradicional por el momento de la sucesión.

Los expertos apuntan ciertos valores específicos de la empresa familiar y que suponen una ventaja competitiva frente al resto:

  • Mayor grado de compromiso y dedicación con el negocio;
  • Mayor grado de autofinanciación, control del gasto y reinversión de beneficios para financiar el futuro crecimiento de la empresa.
  • Mejor orientación al mercado, ya que tienen un método propio para operar lo que les diferencia de sus competidores;
  • Mayor vinculación con los clientes, la atención es más cordial y esmerada;
  • Comportamiento más entusiasta de los trabajadores, por la mejor relación y mayor valoración del fundador con sus empleados.
  • Importante afán de superación y capacidad de progreso;
  • Flexibilidad competitiva

Limitaciones y problemas en la empresa familiar

Dice el refrán que el roce hace el cariño, pero en el caso de la empresa familiar puede ocurrir lo contrario, los lazos familiares hacen que surjan diferencias tanto en materia de gestión como financiera. Las principales son:

  • Dificultad de incorporación de socios externos y la venta de acciones propias, esto ultimo ocurre especialmente en el momento de la sucesión, ya que algunos familiares renuncian a continuar con la actividad lo que supone una carga financiera adicional para quienes se mantienen al frente del negocio o empresa familiar.
  • En ocasiones se confunde la propiedad del capital con la capacidad profesional para dirigir, lo que lleva a que personas no cualificadas ocupen puestos de responsabilidad directiva o se produzcan incoherencias retributivas entre familiares y trabajadores. Se añade que el parentesco entre los propietarios y directivos de la empresa familiar puede afectar a la toma de decisiones perjudicando la marcha de la empresa.
  • También ocurre que se confunde la empresa con una gran familia y se dejan de lado preceptos económicos y de gestion inherentes a la actividad empresarial.
  • La formación y las inversiones en innovación suelen relegarse a un Segundo plano.

En definitiva, hay que establecer una línea roja entre lo personal y lo familiar para favorecer la buena marcha del negocio o empresa familiar.

Forma jurídica de la empresa familiar

Al igual que en el resto las empresas familiares para constituirse pueden optar por cualquiera de las formas jurídicas que establece la legislación mercantil (Empresario individual o autónomo, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Sociedad Limitada de Nueva Empresa, Sociedad Colectiva, Comunidad de Bienes…). No obstante la figura más recomendable, según los asesores consultados, es la sociedad limitada, de hecho es la empleada por nueve de cada 10 empresas familiares.

En cualquier caso e independientemente de la fórmula jurídica escogida, lo que caracteriza a la empresa familiar la existencia de “un control familiar de las decisiones y una continuidad intergeneracional”, detallan en la DGIPYME.

Fiscalidad de la empresa familiar

Dada su importancia para la economía de este modelo, Hacienda prevé una serie de exenciones para la empresa familiar en tres materias patrimonio,  doble imposición de dividendos y sucesiones y donaciones.

Exenciones sobre patrimonio en la empresa familiar

En lo que respecta a los bienes vinculados a la actividad empresarial se pueden beneficiar de exenciones siempre que se la actividad se ejerza con habitualidad y de forma personal y directa por el contribuyente, y sea su principal fuente de ingresos. Además, a exención se extiende a los bienes y derechos comunes de los cónyuges si éstos se destinan a la actividad empresarial o profesional de cualquiera de ellos.

También se prevén exenciones para las participaciones en el capital de las sociedades si estas son directas, si la empresa familiar desarrolla una actividad económica real, si la participación en el capital de la empresa es superior al 5% individualmente o al 20% conjuntamente con su grupo familiar (cónyuge, padre, hijo y hermano, con 2º grado de colaterales), si las funciones de dirección se  ejercen de forma efectiva y si la remuneración que se percibe suponga más del 50% de los rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal del accionista de la empresa familiar.

Exenciones sobre la doble imposición de dividendos en la empresa familiar

Como en cualquier tipo de sociedad, los beneficios de la empresa tributarán por Impuesto de Sociedades y los dividendos de los accionistas por IRPF (Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas). Para hacer más llevadera la carga, Hacienda ha dispuesto una exención en el IRPF de los primeros 1.500 euros de dividendos percibidos.

Exenciones en impuesto de sucesiones y donaciones en la empresa familiar

Se bonifica el 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en los casos en los que la empresa pasa a algún o algunos miembros de la familia. No obstante, se han de cumplir las siguientes condiciones.

En el caso de las sucesiones, que el causante estuviera exento del Impuesto sobre el Patrimonio; que las acciones de la empresa lleguen al cónyuge, a los descendientes o adoptados y, de no existir descendientes, a los ascendientes y colaterales hasta el tercer grado, y que se mantenga lo adquirido durante 10 años.  

Respecto a las donaciones que el donante estuviera exento del Impuesto sobre el Patrimonio; que la donación se haga al cónyuge, descendientes o adoptados, que el donante sea mayor de 65 años, que quien recibe la donación también mantenga la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio como mínimo  durante  los 10 primeros años.

Al tratarse de tributos cedidos a las comunidades autónomas, conviene revisar las distintas normativas de tributación de ambos impuestos, ya que por ejemplo, en regiones como Madrid la exención del impuesto de sucesiones es del 100%. Norma a la que se están apuntando muchas otras.

La sucesión en la empresa familiar

Es quizá uno de los aspectos más controvertidos en la empresa familiar y los que mayores problemas acarrea de cara a la continuidad. El Instituto de Empresa Familiar destaca que el Consejo de Familia es quien debe preparar la sucesión mediante el desarrollo de planes para la transición generacional.

La sucesión puede plantearse desde tres perspectivas distintas:  posponiendo este hecho hasta su fallecimiento, transmitiendo la empresa en vida, de forma gradual, con el objeto de ir incorporando a sus sucesores o transmitiendo la empresa en vida de una sola vez.

El testamento y las capitulaciones matrimoniales son dos de las cuestiones de gran importancia en el momento de la sucesión en la empresa familiar.

La donación es otra de las fórmulas que se emplea para garantizar la continuidad de la empresa familiar. Tiene la ventaja de que permite al empresario controlar el proceso sucesorio. Además, a partir de los 65 años, coincidiendo con su jubilación puede realizar esta donación acogiéndose a una bonificación del 95% en la base del Impuesto sobre Donaciones a la que nos hemos referido en el punto precedente.

No obstante, ambos son temas extensos en materia legislativa y sujetos a múltiples por lo que desde Autónomos y Emprendedores le recomendamos acuda a su gestor con el fin de garantizar el éxito de las sucesión y, por tanto, la continuidad de su empresa familiar.