Efectos graves en la jubilación

De qué manera las lagunas de cotización perjudican la pensión de los autónomos

Dejar de cotizar una temporada en los 23 años previos a la jubilación afecta a la pensión de los jubilados, pero especialmente si han sido autónomos. La Seguridad Social lo denomina 'lagunas de cotización'.

De qué manera las lagunas de cotización perjudican la pensión de los autónomos

Cotizar más para obtener mejores prestaciones. La idea parece sencilla. Poco a poco, va calando la cultura de la cotización y los autónomos son cada vez más conscientes de que la libertad de elegir sus propias bases es también una responsabilidad. 

En España, todo aquel que desarrolle una actividad económica de forma habitual, personal y directa, sin tener un contrato de trabajo por cuenta ajena, debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para todos ellos, la cuota de autónomos es una obligación ineludible. 

Sin embargo, en algunos sectores como la agricultura, la enseñanza, o los servicios es muy habitual darse de baja en el RETA en algunas temporadas en las que desciende el volumen de trabajo. También, por supuesto, hay que tener en cuenta otras situaciones como el cierre del negocio o, desgraciadamente, mujeres que se ven obligadas a dedicarse a sus hijos sin posibilidad de ejercer su actividad.

En cualquiera de estos casos la consecuencia es la misma: un determinado tiempo en el que se deja de cotizar. Cuando estos periodos sin aportar al sistema se producen en los años computables para la jubilación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) los denomina 'lagunas de cotización'. Desde la última reforma de las pensiones, el periodo que se tiene en cuenta para determinar lo que cobrará el autónomo cuando se jubile se incrementa cada año. 

Así, en 2020, para calcular la cuantía de la pensión de autónomos y asalariados se tendrán en cuenta los últimos 23 años cotizados antes de jubilarse; en 2021 los últimos 24; y en 2022 los últimos 25. Ahora bien, si sólo se cogen estos años para calcular la base reguladora de la pensión, ¿Cómo afectará a la jubilación el tiempo que no se cotizó durante el periodo computable?

Impacto de las lagunas de cotización en la jubilación de los autónomos

Los trabajadores por cuenta propia, al igual que los afiliados al Régimen General, deben tener en cuenta que la cuantía de la pensión que recibirán al jubilarse es el resultado de dos variables: años trabajados y bases por las que se cotiza.

Este año, para calcular la base reguladora que marca las pensiones de los autónomos se tendrán en cuenta los últimos 23 años cotizados inmediatamente anteriores al mes previo en el que se hizo efectiva la jubilación. Esto quiere decir que, para determinar el importe de la prestación, se dividirá la cantidad cotizada durante los últimos 276 meses (23 años),  por 322 -los meses resultantes si se añaden las dos pagas extraordinarias anuales que recibirá el pensionista cuando se jubile-.

Así, haciendo la media a partir de la base por la que cotizó el autónomo durante los 276 meses anteriores al momento de jubilarse se obtendrá una cifra que, dividida por 322, dará como resultado la base reguladora de la pensión

El problema viene cuando en uno de esos años que se utilizan para calcular la base reguladora, el trabajador estuvo sin cotizar. Ante esto, la Seguridad Social puede poner en marcha un mecanismo para integrar los años no cotizados en la base y que afecte lo menos posible a la pensión. Sin embargo, esto no sucede con los autónomos.

En el Régimen General, el de los asalariados, estos periodos sin cotizar se integrarán haciendo que las primeras 48 mensualidades no cotizadas se calculen como si se hubieran cotizado con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.

Sin embargo, este mecanismo es sólo valido para los trabajadores por cuenta ajena. La Seguridad Social no prevé ninguna herramienta para integrar los periodos no cotizados de los autónomos. Tal y como explicaron desde el portal de BBVA 'Jubilación y Pensión': "En el caso de trabajadores que causen jubilación a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no existirá fórmula de integración de lagunas de cotización, computando como cero la base de los meses en los que no se haya aportado al sistema".

Esta discriminación ha sido denunciada en repetidas ocasiones por ATA  que ha exigido formulas para que la Seguridad Social llene esas lagunas de cotización de los autónomos, sobre todo en los casos más dramáticos de trabajadores por cuenta propia que se ven avocados a situaciones de necesidad.

Los años no cotizados por autónomos computarán como cero

Estos periodos sin cotizar pueden penalizar el cálculo de la base reguladora y, por tanto, del importe de la pensión que cobrará cualquier trabajador. Sin embargo, el impacto es especialmente importante en el caso de los autónomos.

Son, sin duda, "el colectivo que en mayor medida debería evitar estos periodos sin cotizar, pues el RETA no contempla la integración de lagunas como el Régimen General, por lo que directamente pasarán como 'bases cero' a la fórmula de cálculo de la base reguladora" apuntaron desde el portal de BBVA.

Un año sin cotizar puede bajar hasta 500 euros anuales tu pensión

Para entenderlo mejor, basta con calcular la pensión de un autónomo que quiere jubilarse en 2020 y cotizó los últimos 23 años por la base mínima y otro, en las mismas circunstancias, pero que estuvo un año de los últimos 23 sin cotizar al RETA. 

En el primer caso, cuando un autónomo ha cotizado durante los últimos 23 años por la base mínima (944,40 en 2020) el cálculo será de 277 x 944,40 euros, lo que dará 261.598,8‬.  Si se divide esta cifra por 322, se obtendrá como resultado 812,41 euros, que es el importe  de la pensión que cobrará este trabajador por cuenta propia en cada una de sus 14 pagas.

Pero ¿Y si este mismo autónomo hubiera estado uno de los últimos 23 años sin cotizar? Entonces, a los 227 meses habría que restarle 12, quedando 265. Así, 265 x 944,40 euros, daría 250.266‬. Si se divide esta cifra por 322 se obtendrá como resultado 777,2 euros de pensión por cada una de las pagas.  Con esto, se puede observar que, con que se haya dejado de cotizar tan sólo un año de los últimos 23, el autónomo pasará a cobrar unos 35 euros menos en cada una de sus 14 pagas, lo que al año supondría casi 500 euros menos a percibir en su pensión.

Un pequeño esfuerzo para lograr mejor pensión

Tal y como se explicó desde este periódico, con una pequeña subida de las bases de cotización -y, en la medida de lo posible, sin dejar ningún año de cotizar durante los últimos 23 antes de jubilarse-  puede haber grandes cambios en la pensión del autónomo.

Algunos ejemplos aproximados pueden ilustrar lo que el trabajador por cuenta propia debe pagar con su base para lograr la pensión que desea:

  • Para obtener una pensión de 1.200 euros netos mensuales (la equivalente a la media del Régimen General), la base de cotización ha de ser de 1.350 euros, con lo que la cuota a pagar será de 405 euros al mes.
  • Para percibir una pensión de 1.410 euros mensuales, es necesario pagar 592,8 euros de cuota mensual, sobre una base de cotización de 1.976 euros.
  • Para una pensión de 2.500 euros, hay que pagar 1155,36 euros de cuota mensual, sobre una base de cotización, la máxima, de 3851,2 euros.