Vería la luz después del verano

Un nuevo código entre Hacienda y los autónomos para evitar sanciones

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos ATA y la Agencia Tributaría quieren poner en marcha después del verano un Código de Buenas Prácticas que permita crear una vía de diálogo entre el autónomo y la administración que evite las sanciones. Algunas pueden llegar al 300% de la cuota.

javier martin (1)
Javier Martín, catedrático de derecho financiero y tributario de la Universidad Complutense de Madrid. | Foto: Guillermo López.
Un nuevo código entre Hacienda y los autónomos para evitar sanciones

El Código de Buenas Prácticas Empresariales que lleva una década funcionando entre las grandes empresas y la Agencia Tributaria se extenderá a los pequeños negocios. Así lo adelantó el catedrático de derecho financiero y tributario de la Universidad Complutense de Madrid, Javier Martín. Según este experto en materia fiscal, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Administración estarían a punto de llegar a un acuerdo para que esta medida empiece a ponerse en marcha después del verano.  

Todo depende la Agencia Tributaria ya que, por parte de ATA, existe la voluntad de que se haga realidad en el menor plazo posible. Ésta medida debería servir para que la Administración optimice sus recursos a la hora de identificar fraudes y para que los autónomos puedan demostrar su diligencia a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales reduciendo, así las sanciones; “aunque esto no quiere decir que estos trabajadores por cuenta propia no sigan siendo investigados”, recalcó el catedrático.

Estas declaraciones tuvieron lugar durante el séptimo Curso de Verano del Escorial de la Universidad Complutense ‘Autónomos y Emprendedores, un modelo emergente, que se celebra con la colaboración de ATA y el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM). Se trata de una medida que beneficia al colectivo de autónomos porque la Agencia Tributaria puede comprobar si el autónomo está tributando y éste podrá acreditar que está cumpliendo correctamente con sus obligaciones. Es un medio de prueba adicional para la administración.

“Cualquier autónomo puede presentar una declaración sobre sus cuentas. Hasta aquí ya estaría cumpliendo con sus obligaciones pero, si además presenta un informe explicando la manera en la que está cumpliendo con estas obligaciones (información complementaria), estaría acreditando ante la Agencia su buena fe”, explicó Martín. Esto no deja de ser un medio para evitar sanciones que pueden oscilar entre la mitad de la cuota a ingresar y el 300%, cuando se trate de casos de fraude grave.

Es decir, cuando exista algún problema con las cuentas de un negocio, el autónomo podrá decir: “Me he podido equivocar pero le he suministrado la información necesaria para acreditar que he hechos las cosas diligentemente y de buena fe. Es algo que existía en el ámbito penal pero no en el ámbito tributario”, señaló el catedrático de derecho financiero y tributario.

¿Cómo funciona el Código de Buenas Prácticas?

Javier Martín explicó que este Código de Buenas Prácticas Empresariales implica un compromiso por parte de ambos actores jurídico tributarios: Agencia y autónomos.

La Agencia define estas buenas prácticas como todas aquellas que conduzcan a la reducción de riesgos fiscales significativos y a la prevención de aquellas conductas susceptibles de generarlos. Para ello, establece que:

- Los negocios evitarán la utilización de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias. Es decir, aquellas en las que, mediante la interposición de sociedades instrumentales a través de paraísos fiscales o territorios no cooperantes con las autoridades fiscales, estén diseñadas con el propósito de impedir el conocimiento del responsable final de las actividades o el titular último de los bienes o derechos implicados.

- Los autónomos y la Agencia Tributaria colaborarán en la detección y búsqueda de soluciones respecto a aquellas prácticas fiscales fraudulentas que puedan desarrollarse en los mercados en los cuales están presentes para erradicar las ya existentes y prevenir su extensión.

- El Consejo de Administración u órgano equivalente estará informado de las políticas fiscales aplicadas por el negocio. Antes de formular las cuentas anuales y presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades, el responsable de los asuntos fiscales de la compañía informará al Consejo, directamente o a través de la Comisión de Auditoría, de las políticas seguidas durante el ejercicio.

Por su parte, la Agencia Tributaria garantiza que:

- Procurará que en sus actuaciones se tengan en cuenta los precedentes administrativos y velará porque en la interpretación de las normas se respete la unidad de criterio de la Administración tributaria.

- Sin perjuicio de la regulación aplicable en cuanto a la interpretación y calificación de las normas tributarias y de la labor de información y asistencia a los obligados tributarios, la Agencia Tributaria hará públicos los criterios que aplica en sus procedimientos de control en tanto sean susceptibles de ser aplicados con carácter general.

- La Agencia Tributaria establecerá procedimientos adecuados para permitir que aquellos contribuyentes que tengan dudas sobre el tratamiento tributario de determinadas operaciones u operativas puedan conocer, con la rapidez requerida por el caso, los criterios que la Administración aplicaría para el caso concreto.

- Los contribuyentes podrán presentar un anexo explicativo junto con las declaraciones tributarias, manifestando los criterios seguidos en la preparación de las mismas así como los hechos en los que se basan, lo cual, si los hechos se adaptan a la realidad y los criterios están razonablemente fundamentados, será valorado favorablemente por la AEAT a efectos de determinar la diligencia, el dolo o culpa a que se refiere la Ley General Tributaria.

- La Agencia Tributaria, en su actividad de aplicación del sistema tributario, garantiza el pleno ejercicio de los derechos de los contribuyentes.