Impuestos

Cómo pedir el fraccionamiento del pago de una deuda con Hacienda

La falta de liquidez es la razón principal por la que una persona jurídica o física se dirige a la Agencia Tributaria para solicitar el fraccionamiento de sus deudas.

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Cómo pedir el fraccionamiento del pago de una deuda con Hacienda

El fraccionamiento del pago de una deuda consiste en dividirlo en diferentes cuotas y es una de las opciones que ofrece la Agencia Tributaria para poder hacer frente al abono de los impuestos. Este fraccionamiento se puede realizar a través de internet, siempre y cuando el usuario disponga de un certificado electrónico, o mediante el sistema Cl@ve PIN.

Asimismo, y desde el 1 de octubre de 2009, por la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio, se puede realizar el fraccionamiento de una deuda en nombre propio, en nombre de un tercero si la persona el colaborador social o si está apoderado para realizar el trámite. También hay que destacar que en la presentación de una misma solicitud se puede gestionar el fraccionamiento de hasta cinco deudas.

Paso a paso

Lo primero que hay que hacer para pedir el fraccionamiento de una deuda online es acceder la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el apartado ‘Tramites destacados’ seleccionar ‘Aplazamiento y fraccionamiento de deudas’.

Una vez allí hay que clicar sobre ‘Presentar solicitud’. Será a partir de este momento cuando la plataforma ponga a disposición del usuario dos opciones: el sistema Cl@ave PIN o el certificado electrónico (firma digital). La primera de ellas sólo servirá para tramitar deudas propias, mientras que con el certificado electrónico se podrá solicitar tanto para deudas propias como en calidad de colaborador social o con un apoderamiento. En ambos casos aparecerá una pantalla en la que habrá que rellenar el NIF del obligado que solicita en fraccionamiento.

A continuación, saldrá una pantalla con el NIF y el nombre de la persona solicitante, ya sea en su nombre o en nombre de un tercero. Y hasta cinco huecos ‘Deuda 1, Deuda 2…. con el nombre y el importe que tiene dicha deuda y que habrá que cumplimentar.

Luego habrá que rellenar información sobre la deuda solicitada como: clave de liquidación, importe, tipo de garantías (en caso de ser necesarias), cuenta bancaria de la domiciliación, número de plazos, periodicidad, fecha del primer plazo y motivo de la solicitud. En caso de que el NIF empiecen por las letras E, H, U y J, la Agencia Tributaria pide que se deje en blanco los datos de la cuenta bancaria, por pertenecer a determinados tipos de personas jurídicas como comunidades de propietarios o sociedades civiles.

Finalmente, rellenados todos los datos, hay que pulsar aceptar y esperar a que se confirme el fraccionamiento de la deuda. Tal y como aclara la Agencia Tributaria, la fecha del primer plazo será día 5 ó 20 del mes que corresponda al vencimiento del plazo o fracción o el inmediato hábil siguiente. Por ejemplo: si se paga cada tres meses el día cinco del mes, el pago que efectúe el cinco de enero, el siguiente pago será el cinco de mayo.

Por último, se podrá conocer el estado de tramitación de la solicitud:

  • Si ha presentado la solicitud en su nombre: entrando en la Sede Electrónica dentro del epígrafe de ‘Tramites destacados’,  seleccionar ‘Aplazamiento y fraccionamiento de deudas’, y dentro la opción ‘Gestión de aplazamientos como Obligado Tributario',
  • Si ha presentado la solicitud en nombre de un tercero, únicamente podrá consultar y descargar el documento de la solicitud del aplazamiento presentado si tiene una representación específica para ello o tiene un apoderamiento por parte del obligado y accede a la opción ‘Gestión de aplazamiento como Representante...’, dentro del apartado ‘Aplazamiento y fraccionamiento de deudas’ situado en ‘Trámites destacados’ de la Sede Electrónica. Tal y como especifica la Agencia Tributaria.