Se producen situaciones dramáticas

El PP propone al Congreso que los autónomos con deudas a la Seguridad Social puedan cobrar su pensión

Uno de los requisitos que los autónomos deben cumplir para cobrar su pensión es no tener deudas pendientes con Seguridad Social. El Partido Popular ha presentado en el Congreso una Proposición No de Ley para solucionar esta situación.

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El PP propone al Congreso que los autónomos con deudas a la Seguridad Social puedan cobrar su pensión

Haber cotizado toda una vida para que, al final, un error o una mala gestión del negocio, impida al autónomo cobrar su pensión. Ésta es la situación a la que se enfrentan muchos trabajadores por cuenta propia que, al llegar a la edad legal de jubilación, se quedan sin acceder a su pensión por haber contraído deudas con la Seguridad Social. Además, al no cobrar la prestación, tampoco pueden regularizar su estado con la Tesorería.

Para solucionar esta situación, el Partido Popular ha presentado en el Congreso una Proposición No de Ley (PNL) para que los autónomos que no hayan satisfecho todas sus cuotas puedan cobrar la prestación en el momento en que se jubilen. La idea es que perciban el 50% de la cuantía y el otro 50% se destine a reducir la deuda que tienen con la Seguridad Social hasta que ésta quede amortizada. Así, tanto la Administración pública como el contribuyente saldrían ganando, y poco a poco el autónomo podría regularizar su situación. Una vez satisfecha la deuda, percibiría el 100% de la prestación.

“Nosotros lo que proponemos, a través de esa PNL, es modificar determinados artículos de la Ley de Tesorería de la Seguridad Social, para que aquellos autónomos con deudas puedan recibir la mitad de la pensión que les corresponde, y el otro 50% vaya a amortizar la deuda que tienen con Seguridad Social” explicó Carolina España, diputada del Partido Popular en el Congreso.

Según la diputada, “ésta sería una fórmula positiva para las dos partes”. Porque, por un lado, el autónomo podría acceder a una prestación a la que tiene derecho y para la que ha estado cotizando toda su vida. Y, por otro lado, la Seguridad Social cobraría una deuda que, sin los ingresos de esa pensión, el contribuyente no podría abonar.

Hasta ahora, lo que está ocurriendo es “una incongruencia” denunció la diputada.“Porque el autónomo ha estado toda su vida trabajando y cotizando y, por haber tenido algún problema con la Seguridad Social, pierde el derecho a su pensión. Además de que la Administración tampoco va a recibir nada porque el contribuyente se queda sin ingresos”.

La raíz de este problema se encuentra en el artículo 47 de la Ley General de la Seguridad Social que, según la diputada, “tendría que modificarse”. La PNL, a la que ha podido acceder este diario, explica que la norma “establece la obligación de estar al corriente de pago de las cotizaciones para acceder a cualquier prestación”. Un requisito que “crea una enorme indefensión al trabajador autónomo afectado que, [...], no recibe su pensión y, por lo tanto, aunque tenga voluntad de cumplir, no tiene ingresos para afrontar el pago de las cuotas debidas. Pero también supone un perjuicio para la Seguridad Social que deja de percibir el importe adeudado”.

Con la Proposición, el Partido Popular insta al Gobierno “a adoptar las medidas pertinentes para que los trabajadores autónomos con derecho a pensión que tengan deudas con la Seguridad Social puedan cobrar el 50% de la pensión que les corresponde y el restante 50% se derive a amortizar la deuda. Una vez liquidada la deuda con la Seguridad Social, el beneficiario cobrará íntegramente la pensión que le corresponda”.

La PNL “se presentó en la legislatura anterior, pero no se llegó a debatir. Ahora, la hemos vuelto a registrar” apuntó Carolina España. En cuanto a si se plantea trasladar este mecanismo a otras situaciones en las que el autónomo pudiera contraer deudas con la Administración , la diputada avanzó que éste era “uno de los puntos que se está estudiando en la Comisión de Autónomos”.

Una sentencia que permite a los autónomos obtener quitas

El Tribunal Superior de Justicia emitió una sentencia, a principios del mes de julio, en la que otorgaba a los juzgados de lo mercantil a decidir si perdonaban hasta en un 70% las deudas de los autónomos,que se encontrasen en situación de insolvencia, con Hacienda o Seguridad Social. Se trataba de una decisión muy importante pues, hasta el momento, sólo la Federación de Trabajadores Autónomos (ATA) había denunciado: la dificultad a la que se enfrentaban los autónomos al contraer deudas con la Administración. 

Ésta es, precisamente, una de las carencias que tiene la Ley de Segunda Oportunidad. Esta normativa se creó para ayudar a los autónomos con deudas a emprender de nuevo después de haber fallado con su proyecto, pero no tenía en cuenta las deudas que hubiera contraído, ni con Hacienda, ni con Seguridad Social.

Ahora, el fallo del tribunal da un paso más para facilitar esa segunda oportunidad a los autónomos con deudas y deja en manos de los jueces de lo mercantil la decisión de perdonar a los trabajadores por cuenta propia el pago de la mitad de la cuantía de la deuda, más sus correspondientes intereses y recargos, cuando no hayan podido cumplir con sus obligaciones fiscales por estar en quiebra. También serán ellos quienes decidan si la cantidad que quede fuera de la quita se puede ir abonando de forma fraccionada en los siguientes años, hasta un máximo de cinco, y en función de la capacidad económica del autónomo.