Luz verde del Gobierno

El Gobierno destina 98,4 millones a préstamos para emprendedores y pymes

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para que suscriba tres convenios con la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), por un importe total de 98,4 millones de euros, para financiar diversos proyectos empresariales.

Consejo de Ministros
Los ministros de Economía y de Hacienda, Luis de Guindos y Cristóbal Montoro, junto al portavoz del Gobierno, al término del Consejo de Ministros
El Gobierno destina 98,4 millones a préstamos para emprendedores y pymes

Para la concesión de estos préstamos, cuya dotación se recoge en los Presupuestos Generales del Estado para 2017, no se exigirán, con carácter general, garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial. En el apoyo a los proyectos seleccionados se utilizará como instrumento financiero el crédito participativo.

Tres líneas

La financiación de los proyectos empresariales promovidos por pequeñas y medianas empresas (Línea Pyme) cuenta con un máximo de 57,5 millones de euros y la cuantía de los préstamos estará comprendida entre 25.000 euros y 1,5 millones de euros. Estos préstamos tendrán un plazo de vigencia máxima de nueve años, con un período de carencia de siete para la devolución del principal.

La financiación a proyectos empresariales de base tecnológica (Línea EBT) tiene un importe máximo de 20,4 millones de euros. La cuantía de cada préstamo estará comprendida entre 25.000 euros y 1,5 millones de euros, y los préstamos tendrán un plazo de vigencia máxima de siete años, con un período de carencia máximo de cinco para la devolución del principal. Financiación para jóvenes emprendedores.

Por último, la financiación de los proyectos empresariales promovidos Jóvenes Emprendedores (Línea Jóvenes Emprendedores) cuenta con un importe máximo de 20,5 millones de euros y la cuantía de los préstamos estará comprendida entre 25.000 euros y 75.000 euros. Tendrán un plazo de vigencia máxima de siete años, dentro de los cuales se contempla un período de carencia máximo de cinco años para la devolución del principal.