Trámites y requisitos

¿Cómo puede un autónomo solicitar la jubilación anticipada?

En 2019, la edad legalmente establecida para la jubilación ha subido hasta los 65 años y ocho meses. Sin embargo, muchos autónomos no saben que pueden retirarse de su actividad de forma anticipada. Para ello, deberán cumplir una serie de requisitos y tener en cuenta los coeficientes reductores que se aplicarán en su prestación.   

¿Cómo puede un autónomo solicitar la jubilación anticipada?

Después de años trabajando por cuenta propia, pagando la cuota religiosamente, llega el momento de plantearse la jubilación. Actualmente, para disfrutar de esta prestación en toda su extensión, los afiliados al RETA deben haber cotizado un mínimo de 36 años y nueve meses. Los que quieran dejar su actividad y cobrar la pensión podrán hacerlo este año, por norma general, a los 65 años y ocho meses. Sin embargo, muchos no saben que desde 2013, los autónomos pueden solicitar la jubilación anticipada dos años antes de lo legalmente establecido. Esto quiere decir que los trabajadores por cuenta propia que en 2019 tengan 63 años y 8 meses, ya pueden jubilarse si cumplen algunas condiciones .  

Antes de tomar una decisión de tal magnitud, el autónomo debe conocer los requisitos y la información necesaria para plantearse lo que de verdad importa: ¿merece la pena la jubilación anticipada? Depende. Ni todos los autónomos han cotizado los mismos años ni aspiran a cobrar las mismas prestaciones. Antes de plantearse si de verdad le sale cuenta la jubilación anticipada, el trabajador por cuenta propia debe saber que existen ciertos requisitos que debe cumplir para solicitarla.  

Requisitos para la jubilación anticipada 

Para abandonar su actividad y cobrar la jubilación antes de tiempo, el trabajador por cuenta propia debe tener al menos 63 años y 8 meses y haber cotizado durante un mínimo de 35 años, entre otras condiciones. Éstos son todos los requisitos: 

  • Tener cotizados un mínimo de 35 años 
  • Tener, como máximo, dos años menos que la edad legal para jubilarse. Este año es de 65 años y 8 meses, así que el mínimo para la jubilación anticipada será de 63 años y 8 meses. 
  • Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada. 
  • Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 65 años de edad 

Con la reforma de las pensiones, en 2013 apareció la posibilidad de jubilarse por anticipado. Sin embargo, ningún año es igual que el anterior.  Los años para jubilarse por anticipado tienen una relación directa con la jubilación legalmente establecida y, esta, ascenderá  en dos meses cada año hasta llegar a los 67 años en 2027. Por consecuencia, la edad de jubilación anticipada, también aumentará dos meses cada año.

En 2018, los autónomos podían jubilarse a los 63 años y seis meses. Este año, para solicitar la jubilación anticipada tienen que tener 63 años y ocho meses. Más allá de los requisitos, el autónomo debe plantearse si le sale a cuenta jubilarse por anticipado. Para ello debe conocer los coeficientes reductores a los que se verá sometida su prestación y que dependerán de los años que tiene cotizados en el momento de pedir la jubilación anticipada. 

Coeficientes reductores por jubilación anticipada 

Antes de solicitar la jubilación anticipada, el autónomo debería plantearse si le compensa adelantar dos años su retirada de la actividad económica . La mejor forma de valorarlo es conocer la cuantía a la que accederá, que depende de dos factores: la prestación general a la que aspira -y que está determinada por la base reguladora y los años cotizados-, y el coeficiente reductor.  La función de este último porcentaje es rebajar la prestación a cobrar en función de los años que adelanta su jubilación. Su relación es sencilla: cuanto más se aleja el autónomo de la edad a la que le correspondería jubilarse, más se reducirá su prestación. Además, el coeficiente depende también de los años cotizados por el trabajador por cuenta propia.  

  • Con 38 años y seis meses cotizados, o menos, se aplicará una reducción del 8% por año anticipado (2% por cada trimestre) en la jubilación del autónomo. 
  • Con una cotización de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses el coeficiente reductor será de 7.5%  por año anticipado y 1,87% por cada trimestre.  
  • Si la cotización del autónomo supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses, se aplicará un coeficiente reductor del 7% a su pensión por cada año anticipado (y 1.75% por cada trimestre). 
  • Los autónomos que hayan cotizado 44 años y seis meses, o más, tendrán un coeficiente corrector del 6.5% en su prestación por cada año anticipado (1.675% por cada trimestre). 

Trámites para solicitar la jubilación anticipada 

La gestión y el reconocimiento del derecho a la jubilación anticipada corresponden al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).  Los interesados que cumplan los requisitos y pretendan acceder a su prestación de forma anticipada deberán presentar una serie de documentos al INSS.  

  • DNI  
  • Libro de familia  
  • Certificado de cotizaciones 
  • Documento de afiliado a la Seguridad Social 

A partir del momento de solicitud, el INSS tardará un máximo de 90 días en resolver la petición.