Reduccion en los seguros sociales en el supuesto de riesgo durante el embarazo, la lactancia natural y enfermedad profesional.

En base a la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, publicada en el BOE nº 312, de 28 de diciembre de 2012, en su Disposición Adicional Septuagésima Séptima se establece una reducción en la cotización a la seguridad social...
Reduccion en los seguros sociales en el supuesto de riesgo durante el embarazo, la lactancia natural y enfermedad profesional.

La entrada en vigor es desde el 1 de Enero de 2013, y con vigencia indefinida.

Se aplicará una Reducción en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.

En los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una Reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 % de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Esa misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador