Qué es y cómo ponerla en marcha

Sociedad limitada unipersonal, la forma jurídica de muchos pequeños negocios

La Sociedad Limitada Unipersonal es una forma jurídica que tiene cada vez más adeptos. Está constituida tan solo por un emprendedor y, al igual que la Sociedad Limitada, permite proteger el patrimonio personal de quien la funda. ¿La diferencia?  Tan solo hay una persona a cargo del negocio sobre las que recaen todas las responsabilidades y beneficios de la actividad. 

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Sociedad limitada unipersonal, la forma jurídica de muchos pequeños negocios

La Sociedad limitada Unipersonal (SLU) es una opción cada vez más común entre los pequeños negocios. Parte de la misma forma jurídica que la Sociedad Limitada, con una diferencia: la Sociedad limitada Unipersonal está constituida tan sólo por un emprendedor. Al igual que la Sociedad Limitada, la Sociedad Limitada Unipersonal presenta una ventaja a tener en cuenta: es la mejor manera de proteger el patrimonio personal del que pone en marcha un negocio. Pero ¿Qué es exactamente una Sociedad Limitada Unipersonal y por qué merece la pena emprender bajo esta forma jurídica?

Qué es una SLU y requisitos para constituirla

Según el CIRCE, una Sociedad Limitada Unipersonal “surge como respuesta a la aspiración del empresario individual a ejercitar su industria o comercio con responsabilidad limitada frente a sus acreedores”. Y es que, la SLU presenta las mismas características que la Sociedad Limitada con la diferencia de que, en este caso, tan sólo hay un socio a cargo del negocio.

Para fundarla, el emprendedor deberá dejar constancia en el registro mercantil de la situación en la que se constituye la SLU, es decir, si se realiza por un solo socio desde el principio o si la situación de unipersonalidad se da como consecuencia de que un solo socio haya pasado a ser propietario de todas las particiones sociales.

Características de una Sociedad Limitada Unipersonal

Aunque el requisito esencial para fundar una Sociedad Limitada Unipersonal es que la entidad esté formada por tan sólo un miembro, sobre el que recaen todas las responsabilidades, la SLU tiene otras muchas características

  • Es una sociedad de capital con carácter mercantil y personalidad jurídica propia.
  • Para constituir una SLU es necesario un capital mínimo de 3.000 euros
  • Puede constituirse de forma tanto telemática como presencial
  • El capital social está concentrado en una única participación, el del socio fundador.
  • Su constitución se realiza mediante escritura pública y estatutos que deberán ser presentados a posteriori en el registro mercantil
  • La inscripción registral de la sociedad expresará la identidad del socio único
  • El socio único ejercerá las competencias de la Junta General, sus decisiones se consignarán en acta bajo su firma o la de su representante.
  • Además de los libros obligatorios para todas las Sociedades de Responsabilidad Limitada, la Sociedad unipersonal deberá llevar el Libro registro de contratos de la S.L.U. con el socio único.
  • La Sociedad Limitada Unipersonal puede ser de dos tipos, la constituida por un único socio y la que, por el contrario, fue constituida por dos o más pero sus participaciones pasan a ser propiedad de un único socio.

En todo caso y sean cuales sean las circunstancias y tipo de Sociedad Limitada Unipersonal, existen unos trámites y costes que deberá asumir cualquiera que pretenda poner en marcha un negocio bajo esta forma jurídica.

Cuánto cuesta y cómo crear una SLU

El emprendedor que decida fundar una Sociedad Limitada Unipersonal deberá aportar un capital social mínimo de 3.000 euros. Esta aportación se deberá acreditar ante notario y a nombre de la sociedad. Además, el emprendedor deberá llevar a cabo unos trámites específicos para constituir la Sociedad Limitada Unipersonal, entre los que destacan:

  • Presentar su identidad como único socio de la SLU, además de su voluntad de constituir la Sociedad Limitada Unipersonal
  • Dejar constancia de cualquier aportación que realice
  • Elaborar los estatutos de la sociedad

¿Qué debo incluir en los estatutos de la Sociedad Limitada Unipersonal?

Para elaborar los estatutos de la SLU el socio fundador debe incluir al menos:

  • La denominación de la sociedad.
  • El objeto social, determinando las actividades que lo integran.
  • El domicilio social.
  • El capital social aportado de forma personal.

La Sociedad Limitada Unipersonal también puede ser Sociedad Limitada Profesional

De la misma forma que muchos pequeños negocios optan por fundarse como una Sociedad Limitada Unipersonal, los profesionales tienden a crear una Sociedad Limitada Profesional. La Sociedad Limitada Profesional Unipersonal es la opción por la que muchos profesionales optan para desarrollar su actividad. Aunque constituir este tipo de sociedad tiene mayores trabas burocráticas y obligaciones que la SLU, puede ser una apuesta para muchos colegiados que quieran ejercer una actividad profesional independiente y poner límite a su responsabilidad ante acreedores. Pero qué es más conveniente para un profesional ¿darse de alta como autónomo o fundar su propia Sociedad Limitada Profesional Unipersonal?

¿Autónomo o Sociedad Limitada Profesional Unipersonal? 

Cuando un profesional inicia una actividad, puede verse en la circunstancia de tener que elegir si darse de alta como autónomo o constituirse como una Sociedad Limitada Profesional Unipersonal. La idoneidad de cada opción depende de las circunstancias, ambas tienen ventajas e inconvenientes.  

  • Diferentes trámites:

  Para darse de alta como autónomo, el emprendedor deberá darse de alta en el IAE (Impuesto de Actividades) y afiliarse al RETA, mientras que para fundar una sociedad deberá contar con un notario, ir al registro mercantil y aportar un mínimo de inversión, 3.000 euros en el caso de la Sociedad Limitada Unipersonal.

  • Responsabilidad:

Mientras que el autónomo tiene que responder con todos sus bienes, en el caso de la SLU el profesional solo responderá ante sus acreedores con el capital aportado.

  • Coste de la puesta en marcha:

Mientras que para constituir una sociedad se necesita, al menos, una inversión de 3.000 euros, para hacerlo como autónomo no es necesario un desembolso mínimo.