Si han tenido que cerrar o han caído sus ingresos

Estas son las ayudas a las que pueden acceder los 1,3 millones de autónomos afectados por las nuevas restricciones

Desde el mes de septiembre, más de la mitad de las comunidades autónomas han impuesto nuevas medidas que impiden o limitan la actividad de los autónomos. Al menos 1,3 millones de trabajadores por cuenta propia pueden optar a diferentes ayudas si han tenido que cerrar o han caído sus ingresos.

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Estas son las ayudas a las que pueden acceder los 1,3 millones de autónomos afectados por las nuevas restricciones

Desde el mes de septiembre, al menos seis comunidades autónomas limitaron la movilidad e impusieron diferentes restricciones a las actividades económicas de toda su región, algunas más severas que otras. A día de hoy, los autónomos de Aragón, Asturias, País Vasco, Navarra, Comunidad de Madrid o Cataluña sufren, de forma directa o indirecta, las limitaciones que ha impuesto su administración autonómica. 

Son nada menos que 100.419 trabajadores por cuenta propia en Aragón, 168.841 autónomos del País Vasco, 72.584 de Asturias; 403.084 de la Comunidad de Madrid, 547.106 en Cataluña y 47.031 en Navarra. Es decir, un total de 1.339.065  autónomos, según los últimos datos de afiliación, que desarrollan a día de hoy su actividad en una de estas comunidades autónomas que han retrocedido a alguna de las distintas fases de la desescalada.

Pero no sólo ellos podrían tener acceso a las diferentes ayudas y prestaciones del Gobierno. También miles de autónomos de varios municipios de Andalucía, Castilla La mancha , Castilla y León, Galicia, Canarias, Melilla, Murcia, o Extremadura que han sido confinados perimetralmente y que soportan algún tipo de restricción. 

Diferentes ayudas para autónomos según las restricciones

Los autónomos de más de la mitad de las regiones españolas desarrollan su actividad limitados por alguna nueva restricción de su Gobierno autonómico y, en muchos casos, pueden acogerse a las distintas ayudas estatales que están en marcha desde este mes de octubre.

Desde las nuevas modalidades de ERTE por limitación o restricción hasta las nuevas ayudas por cese de actividad extraordinario a raíz de un cierre decretado, o la prórroga de la prestación ordinaria-extraordinaria. Todas ellas estarán disponibles hasta el próximo 31 de enero para cientos de miles de trabajadores por cuenta propia que, o bien han tenido que cerrar, o bien han visto caer sus ingresos.

Ayudas para autónomos que han tenido que cerrar el negocio

El Gobierno de Navarra anunció el confinamiento perimetral de la comunidad que entrará en vigor el jueves 22 de octubre, durante al menos 14 días. Entre otras medidas, se cerrarán bares y restaurantes salvo para servir comida y bebida a domicilio, y también se suspenderá la actividad de los locales de juegos y apuestas.  

También el Gobierno de Cataluña decretó nuevas restricciones y los bares y restaurantes permanecerán cerrados, al menos, durante dos semanas, es decir, hasta finales de octubre. En este tiempo sólo se les permitirá trabajar a domicilio.

Del mismo modo, la ciudad autónoma de Melilla ordenó el cierre total de locales de hostelería, salvo para recoger comida y bebida a domicilio, entre otras restricciones. 

  • Cese de actividad extraordinario

Los trabajadores por cuenta propia al frente de bares, restaurantes o discotecas de Melilla, Navarra o Cataluña  pueden acogerse a la prestación por cese de actividad extraordinario.

La nueva prestación implementada el pasado mes de octubre permite a los autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio por decisión de las autoridades sanitarias cobrar el 50% de la base de cotización mínima, que está actualmente en 944,40 euros. Esto significa que los hosteleros, por ejemplo, van a tener derecho a una prestación de 472,2 euros mensuales durante el tiempo que su actividad permanezca cerrada. También, en el caso de Navarra, los autónomos al frente de un salón de juegos.

Esta ayuda puede incrementarse hasta el 70% de la base mínima (661 euros), en el caso de que el autónomo sea miembro de una familia numerosa. Asimismo, en ambos casos, se mantendrá al igual que durante el estado de alarma una exoneración en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. 

Sin embargo, en el caso de que en la misma unidad familiar se encuentren dos beneficiarios de esta prestación, es decir, dos autónomos con derecho al cese de actividad extraordinario, las prestaciones se reducirán al 40%, es decir, a unos 380 euros para cada uno de los que accedan.

En cualquier caso, al igual que sucedió en el estado de alarma,  todos aquellos que se acojan a esta prestación extraordinaria por el cierre decretado de su negocio tendrán derecho al cese de actividad "desde el día siguiente a la adopción de la medida de cierre de actividad adoptada por la autoridad competente y hasta el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de la misma".  

  • ERTE de impedimento

Los autónomos con empleados a su cargo que vean impedida su actividad por algún tipo de restricción sanitaria, como es el caso de estas tres regiones, pueden también acceder al ERTE de impedimento.

Bajo está modalidad, pueden afectar a sus trabajadores todos los autónomos o dueños de negocio empleadores de cualquier sector o actividad, que vean impedido el desarrollo de su negocio por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria, ya sea por parte de las autoridades españolas o extranjeras adoptadas a partir del 1 de octubre.

Las exoneraciones en el caso de los autónomos que tengan menos de 50 trabajadores serán del 100% de las aportaciones que hagan a la Seguridad Social por sus trabajadores. Es decir, no tendrán que pagar cotizaciones por sus empleados. En el caso de que tengan 50 trabajadores o más, serán del 90% de la aportación de los trabajadores.

Pueden compaginar dos tipos de ERTE

Además, estos autónomos "deben tener en cuenta que pueden compaginar estos ERTE de impedimento - también los de limitación- con los ERTE por fuerza mayor anteriores al mes de septiembre. En otras palabras, si el autónomo tenía abierto un expediente por fuerza mayor anterior a octubre, puede tener al mismo tiempo el ERTE de impedimento y el ERTE por fuerza mayor y, cuando terminen las restricciones, cerrar el ERTE de impedimento y continuar con el ERTE por fuerza mayor", explicó Luis San José Gras, abogado laboralista del despacho AGM abogados. 

Ayudas para autónomos que hayan visto limitada su actividad 

Si bien no son muchas las comunidades autónomas que han restringido y obligado a cerrar algunos sectores, la mayoría de CCAA sí han impuesto algún tipo de limitación en su territorio. Podrían ser más de un millón los trabajadores por cuenta propia que de algún modo han visto limitado el desarrollo de su actividad, por más que se les deje seguir abiertos, y han sufrido grandes caídas en sus ingresos.

Es el caso de los trabajadores por cuenta propia de Aragón, comunidad que entró recientemente en un nivel de alerta 2 que reduce aforos generales al 50 %, limita las reuniones sociales a seis personas y establece el cierre de la hostelería a las 23.00 horas.

También es el caso del País Vasco, cuyas autoridades han acordado nuevas medidas restrictivas, entre las que se encuentra la reducción al 50% de los aforos en "todos los ámbitos de actividad" como la hostelería (que debe cerrar a  las 12 de la noche), los eventos culturales y los religiosos, y una limitación de las agrupaciones de personas a un máximo de seis personas.

La Comunidad de Madrid  también impuso desde el viernes 9 de octubre un confinamiento perimetral de la capital y otros ocho municipiosAlcobendas, Alcorcón, Getafe, Leganés, Madrid, Fuenlabrada, Parla, Torrejón de Ardoz y Móstoles y varias restricciones en aforo y horarios a la hostelería-

De igual modo, en Andalucía, 32 municipios de la provincia de Granada tienen desde el 17 de octubre medidas especiales para frenar el aumento de contagios reportado en la capital.. Y en Extremadura, las autoridades sanitarias han decidido implantar el confinamiento perimetral por zonas de salud.  

En Castilla y León también hay numerosos municipios confinados y con limitaciones de actividad, y  en Murcia, poblaciones como Fortuna y Totana han vuelto a Fase 1 flexibilizada.

Tampoco se han librado de las restricciones algunas islas como Canarias que mantiene el denominado "semáforo rojo" en Tenerife. En este caso, se cerrarán terrazas y establecimientos de hostelería a media noche, además de los centros de día no ocupacionales. 

En definitiva, son incontables los autónomos de comunidades, provincias y municipios que se han podido ver afectados de una u otra forma porque ellos, o sus clientes, no pueden desarrollar su actividad con normalidad. Para todos ellos existen también varias ayudas y prestaciones estatales aunque no hayan tenido que cerrar. 

  • Prórroga del cese de actividad compatible con la actividad

Los autónomos que, a raíz de las restricciones, puedan seguir abiertos pero prevean grandes caídas en su facturación pueden solicitar la Prestación Ordinaria Extraordinaria por Cese de Actividad (POECATA), que además de ser compatible con la actividad, se puede solicitar tan sólo con una declaración responsable. 

Eso sí, más adelante, tendrán que acreditar una reducción de la facturación durante el cuarto trimestre de 2020 de, al menos, el 75% en relación con el mismo periodo del año 2019, así como no haber obtenido durante el cuarto trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75€ al trimestre.

Al igual que la anterior prestación que se puso en marcha a partir del mes de julio, este cese de actividad permitirá cobrar a los autónomos un 70% de su base de cotización (661 euros si cotizan por la base mínima) 

En cuanto a la cuota, el procedimiento también será el mismo que hasta la fecha: durante el tiempo que esté percibiendo el autónomo esta prestación deberá ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de sus cotizaciones.
Luego, será la mutua la que abone al autónomo - junto con la prestación-, el importe de las cotizaciones
 por contingencias comunes, es decir, un 98,2%. En otras palabras, el autónomo sólo tendrá que pagar un 1,8% de su cuota, lo que serán unos 16 euros, si cotiza por la base mínima.

  • ERTE por fuerza mayor

El ERTE por fuerza mayor es la única modalidad de expediente de empleo -de las que se pusieron en marcha al inicio de la pandemia- que seguirá vigente hasta el próximo mes de enero de 2021. Se trata de una medida dirigida a los negocios y trabajadores afectados especialmente por la pandemia. El Gobierno establece aquí dos criterios de selección. El primero, para actividades particularmente afectadas durante toda la pandemia. Y el segundo, para negocios cuyo nivel de recuperación se haya visto limitado durante el verano.

Eso sí, "la principal novedad es que los negocios acogidos a estos ERTEs sólo tendrán exoneración de cuotas de la Seguridad Social si entran dentro del listado de sectores más afectados por la pandemia", explicó el abogado y director del Área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), José Carlos Piñero. 

En este listado, se encuentran, principalmente, aquellas actividades vinculadas al turismo, el comercio, la cultura y el ocio. Asimismo, "también podrán beneficiarse de las exoneraciones los negocios que dependan de estos sectores, aunque sea de forma indirecta, siempre que se justifique que, al menos, la mitad de sus ingresos en 2019 estaban vinculados a compañías de estos ámbitos", añadió el abogado.

Las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE por fuerza mayor son del 85% de las cotizaciones de sus empleados para los negocios con menos de 50 trabajados y del 75% para los negocios con 50 trabajadores o más.

  • ERTE de limitación

En el caso de que el autónomo con empleados no forme parte de los negocios de la lista publicada por el Gobierno que pueden acceder al ERTE por fuerza mayor y que tampoco se hayan visto obligados a cerrar pueden acogerse al ERTE de limitación.  Esta nueva modalidad está dirigida a todas aquellos negocios cuya actividad se vea limitada a raíz de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria exclusivamente española. Según explicó Escrivá, el Gobierno apuesta en esta modalidad por establecer “coeficientes decrecientes, pero altos” en cada mes, para animar a los negocios a abandonar los ERTE.

Por tanto, a este expediente puede acogerse cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, puede afectar a sus trabajadores bajo un ERTE de Impedimento. Eso sí, siempre y cuando cumpla con la condición de ver impedida su actividad por restricciones sanitarias exclusivamente de autoridades españolas

En esta modalidad las exoneraciones irán reduciéndose a medida que pasen los meses.  

Menos de 50 trabajadores

  • En octubre: exoneración de cuotas del 100%
  • En noviembre: exoneración de cuotas del 90%
  • En diciembre: exoneración de cuotas del 85%
  • En enero: exoneración de cuotas del 80%

Más de 50 trabajadores o 50

  • En octubre: exoneración de cuotas del 90%
  • En noviembre: exoneración de cuotas del 80%
  • En diciembre: exoneración de cuotas del 75%
  • En enero: exoneración de cuotas del 70%