La entrada en vigor es el 29 de Septiembre de 2013, y queda de la siguiente forma:
A partir del 10 de Octubre de 2015, se puede Contratar a Trabajadores en el Régimen General, en base a la Ley 31/2015, de 9 de septiembre.
Para los nuevos autónomos mayores de 30 años.
Requisitos | Periodo: Máximo 18 meses |
Nuevos Autónomos: Hombres > 30 años No haber estado de Alta como Autónomo en los últimos 5 años. Se puede Contratar a Trabajadores (a partir del 10/10/15) | Reducción |
80 % | 50 % | 30 % |
6 meses iniciales | 6 meses siguientes | 6 meses siguientes |
50 € (año 2016= 50 €) (desde el 10/10/15) | 128 € (año 2016= 133,07) | 180 € (año 2016 = 186,30) |
Se ha de tener en cuenta lo siguiente:
- Los Autónomos que opten por este sistema, NO podrán acogerse a las bonificaciones y reducciones de la tarifa plana para mayores de 30 años.
- Las Reducciones se aplican sobre la Base de Cotización Mínima de Autónomos.
- Se aplicarán también a los Socios Trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que se encuentren dentro del RETA.
- Se entiende por Discapacitado aquel que tenga una minusvalía igual o superior al 33%.
- Se podrán acoger a las Bonificaciones/Reducciones de la Tarifa Plana de los Autónomos sin Discapacidad, siempre y cuando el cómputo total de las mismas no supere el plazo máximo de 60 mensualidades (5 años).
- Se aplicarán también a los Socios Trabajadores Discapacitados de Cooperativas de Trabajo Asociado que se encuentren dentro del RETA.