Tras la entrada del Real Decreto 28/2018

Todas las ayudas a la contratación para autónomos que continúan vigentes

El Real Decreto 28/2018 entró en vigor a principios de 2019 y puso fin a algunas de las ayudas a la contratación más demandas por los negocios. Otras, sin embargo, siguen vigentes. Estos los incentivos a los que aún pueden acceder los autónomos empleadores.
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Todas las ayudas a la contratación para autónomos que continúan vigentes

Nada más arrancar 2019 se hizo efectivo el Real Decreto 28/2018, con el que el Gobierno puso fin a buena parte de las bonificaciones a la contratación para autónomos y emprendedores. 

¿La razón? El descenso de la tasa de desempleo. Una buena parte de estas ayudas a la contratación eran circunstanciales, estaban ligadas a la tasa de paro en nuestro país y su vigencia dependía de que ésta fuera mayor al 15%

Después de haberse eliminado hasta cinco ayudas, no son pocos los autónomos que a lo largo de este año se están planteando contratar y no saben si podrán acogerse a alguna bonificación. Para ello, deben saber cuáles se derogaron y cuáles siguen vigentes.

Ayudas estatales a la contratación que siguen vigentes

Con la entrada de 2019, el actual Gobierno en funciones eliminó algunas de las ayudas a la contratación más demandadas como la reducción del 50% de la cuota para aquellos autónomos que hicieran contratos en prácticas o la famosa bonificación del 100% de la cuota a emprendedores jóvenes que contrataran a mayores de 45. 

Sin embargo, los autónomos que quieran contratar, aún tienen bonificaciones disponibles, no se derogaron todas. Estas son las ayudas que siguen vigentes tras la entrada del Real Decreto 28/2018:

  • Ayudas para contratos de formación y aprendizaje

El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores y los negocios que lo formalicen podrán beneficiarse de reducciones de las cuotas empresariales al 100% si son negocios de menos de 250 trabajadores y del 75% si tienen más de 250 empleados. 

Además, aquellos negocios que transformen los contratos de formación en indefinidos se beneficiarán de una ayuda de 500 euros anuales si el empleado es hombre y 1800 si es mujer, durante un periodo de tres años. 

  • Bonificación por la contratación de  mayores de 52 años

Los negocios que contraten a mayores de 52 años podrán acceder a una bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en el caso de contratación temporal, con un máximo de doce meses. 

Además, durante estos mismos doce meses, el trabajador recibirá un subsidio. En este caso, el negocio tendrá ya cumplida la obligación de pago del salario con el trabajador, y sólo tendrá que abonarle lo que falte con el subsidio para llegar al salario que le corresponda. Eso sí, será el negocio el responsable de hacer frente al pago de cotizaciones a la Seguridad Social por todas las contingencias y por el total del salario indicado incluyendo el importe del subsidio.

  • Conversión de contratos de prácticas, de relevo o de sustitución por indefinidos

En caso de que un autónomo convierta un contrato de prácticas o de sustitución -por causas como jubilación del anterior empleado- en indefinido, podrá acceder a 500 euros al año y el empleado sea hombre y 750 si se trata de una mujer. Sólo podrán optar a esta ayuda los negocios de menos de 50 trabajadores.

  • Ayudas a la contratación de personas con discapacidad

Posiblemente sean los contratos a personas con discapacidad los que más opciones de bonificación tienen. Según la web Inserta de Fundación Once, cuando estos contratos se hacen a tiempo completo "habrá bonificaciones de las cuotas de la Seguridad Social, que pueden ir desde los 4.500 euros al año hasta los 6.300, en función del grado de discapacidad, edad y sexo del trabajador. Además de recibir una subvención de 3.907 euros por haber formalizado el contrato. 

Del mismo modo, habrá bonificaciones y subvenciones para los contratos a tiempo parcial y, en este caso, "el incentivo irá en función de la jornada pactada. Esta proporción también se aplica a la subvención única por contrato de 3.907 euros. A estos incentivos se suma la deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada trabajador con discapacidad contratado, siempre que su contratación suponga un incremento del promedio de trabajadores con discapacidad en la plantilla".

En el caso de que el contrato sea en prácticas o en formación se establecerá una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social del 50%.  Además, "si se trata de contratos de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de trabajadores con discapacidad, durante el tiempo en que persista la situación, se aplicará una bonificación del 100% de las cuotas empresariales" explicaron desde Inserta.

  • Contratación de víctimas de violencia de género o de terrorismo

Los negocios que contraten a trabajadores que hayan sido víctimas de diferentes circunstancias como la violencia de género, o de terrorismo, podrán acceder a bonificaciones de 1500 euros anuales durante cuatro años, siempre y cuando el contrato sea indefinido.

  • Contratación de personas en riesgo de exclusión social

Desde jóvenes desempleados mayores de 18 y menores de 30; hasta personas desempleadas que hayan pasado por centros penitenciarios; que hayan tenido problemas reconocidos de drogadicción o que sean procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Son muchos y muy variados los perfiles de personas en riesgo de exclusión social. 

Los negocios que contraten a una persona en esta situación podrán optar a bonificaciones por cada contrato-si es indefinido- de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50 euros al mes (600 euros al año) durante cuatro años.

Ayudas de las Comunidades Autónomas a la contratación

Las diferentes Comunidades Autónomas también administran sus propias bonificaciones a la contratación para los autónomos que desarrollan la actividad en sus  respectivas localidades. Hay muchas y muy variadas.

-Algunas de las más conocidas son las de la Comunidad de Madrid que incentiva la contratación indefinida en tres bloques: ayudas de hasta 4500 a la contratación estable de mujeres o personas transexuales en situación de desempleo; ayudas a la contratación de trabajadores retornados, mayores o desempleados de larga duración de hasta 5.500 euros; y de hasta 7.500 euros para colectivos altamente protegidos como victimas de violencia de genero o terrorismo. 

Además, la comunidad puso en marcha recientemente el programa 'mi primer empleo' en el que los autónomos que contraten a su primer trabajador contarán con una ayuda adicional de 2.000 euros que se suma a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada. Esto supone que los autónomos pueden beneficiarse de ayudas a la contratación de hasta 10.000 euros por contrato. 

-En el caso de Andalucía, la junta puso en marcha una serie de incentivos a la creación de empleo estable con bonificaciones de hasta 8.000 euros para contratos indefinidos formalizados con personas demandantes de empleo no ocupadas y con 8.800 euros la transformación de un contrato temporal en indefinido a jornada completa, si la persona se encuentra en alguno de los siguientes colectivos: personas desempleadas de larga duración; personas mayores de 45 años (inscritas de manera inninterrumpida como personas demandantes de empleo no ocupadas al menos durante los 6 meses anteriores a la formalización de contrato para el que se solicita el incentivo); personas con discapacidad; mujeres víctimas de violencia de género; personas en situación o riesgo de exclusión social, entre otros.

-En el caso de Aragón, la comunidad cuenta con diferentes iniciativas. Una de ellas es la de fomento a la estabilidad del empleo, con la que los autónomos aragoneses podrán beneficiarse de bonificaciones de hasta 3.000 euros si contratan de forma indefinida a trabajadores menores de 30 años, o mujeres, y hasta 5.000 en caso de que la trabajadora sea mujer víctima de violencia de género.  

Cada comunidad tiene sus propios incentivos y bonificaciones a la contratación. Algunas como las dirigidas a la contratación indefinida de personas demandantes de empleo menores de 30 o mayores de 45 están presentes en todas las comunidades españolas. También lo están las bonificaciones a la contratación de personas en riesgos de exclusión o víctimas de circunstancias como el terrorismo o la violencia de género. Las cuantías y los trámites para acceder a las bonificaciones variarán en función del consorcio que las administre.

Ayudas estatales a la contratación derogadas

  • Contrato de apoyo a emprendedores

 La bonificación del contrato de apoyo a emprendedores servía para ayudar a aquellos negocios de menos de 30 trabajadores a contratar un trabajador, siempre y cuando éste fuera mayor de 45 años o menor de 30. Los autónomos que hayan decidido contratar a un empleado con este perfil a lo largo de 2019 ya no podrán acogerse a la bonificación.

  •  Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:

El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa era una modalidad de contrato bonificada que incentivaba a los negocios a la contratación a través de reducciones de hasta el 100% de las contingencias comunes en los seguros sociales. 

  •   Bonificación a contratos indefinidos de personas procedentes de ETT

 Esta ayuda afectaba a todos aquellos emprendedores que contrataran a personas procedentes de ETT de forma indefinida, siempre y cuando, estuvieran contratadas también en la modalidad de primer empleo joven. La bonificación ascendía a 500 euros al año para hombres y 700 euros al año para mujeres durante tres años.

  • Reducción del 50% en la cuota empresarial de los contratos en prácticas

Además de las bonificaciones anteriores, queda derogada la reducción del 50% en la cuota empresarial de los contratos en prácticas. Esta reducción se aplicaba hasta la entrada de este año en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes para negocios y trabajadores autónomos que concertasen un contrato en prácticas con un menor de treinta años. La reducción ascendía al 75% en el caso de que la contratación fuera indefinida y el trabajador estuviera realizando prácticas no laborales en el momento en el que se concertó el contrato de trabajo en prácticas.

  • Bonificación del 100% para emprendedores jóvenes que contraten a mayores de 45 años.

 Esta ayuda afectaba a todos aquellos contratos indefinidos en nuevos proyectos de emprendimiento joven realizados con trabajadores mayores de 45 años. El emprendedor podía optar a una reducción del 100% de la cuota durante el primer año gracias a esta bonificación.