Obligatorio desde el 1 de octubre

Todo lo que necesitas saber para operar a través el Sistema RED

A partir del 1 de octubre, los autónomos deberán estar incluidos en el Sistema RED y realizar todos sus trámites telemáticamente. Se trata de una orden de la Seguridad Social que afecta tanto a los trabajadores autónomos por cuenta propia, como a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y a los trabajadores del grupo primero del Régimen Especial de Trabajadores del Mar. Les obliga a registrarse en el sistema a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). A continuación, se detalla toda la información necesaria sobre el Sistema RED y los trámites que se deben empezar a hacer por vía electrónica.

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Todo lo que necesitas saber para operar a través el Sistema RED

A partir del 1 de octubre, los trabajadores autónomos estarán obligados a inscribirse en el Sistema RED y realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. Sin embargo, para cumplir con esta obligación el profesional por cuenta propia se puede optar por acogerse a este Sistema y gestionar sus trámites a través de un autorizado Red -puede ser su gestor-, u operar directamente desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). 

Esta orden afecta tanto a los trabajadores autónomos por cuenta propia, como a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y a los trabajadores del grupo primero del Régimen Especial de Trabajadores del Mar (aquellos que ejerzan su actividad pesquera a bordo de embarcaciones de más de 150 toneladas de registro bruto).

¿Qué obligaciones tiene el autónomo?

La Orden Ministerial establece a los trabajadores por cuenta propia la obligación de gestionar todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas por vía electrónica. Esto incluye la recepción de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

Respecto a la obligación de estar incluido en el Sistema RED a partir del 1 de octubre, la Seguridad Social ha señalado que “no se efectuará notificación previa sobre la obligación por correo postal”.

¿Cómo acceder a los servicios de la SEDESS?

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha dispuesto el Sistema RED dentro de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Allí, el autónomo puede gestionar la asignación del Número de Afiliación (NAF) a un autorizado RED, que actuará en representación del profesional por cuenta propia.

El resto de trámites con la Tesorería General se realizan en los demás apartados de la SEDESS, incluyendo la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

Para acceder al Sistema RED y a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad. Hay de varios tipos:

1. - El Certificado Electrónico o el DNI Electrónico: Permite acceder a todas las gestiones de los trabajadores autónomos, incluida la consulta y firma de Notificaciones Telemáticas. Además, ofrece la posibilidad de presentar solicitudes a través del Registro Electrónico.

La Seguridad Social ofrece al ciudadano la posibilidad de gestionar, previa solicitud del mismo en la página de la entidad, la obtención del certificado personal de la Fábrica Nacional de la Moneda y el Timbre (FNMT), pudiendo realizar la acreditación de su identidad en cualquier oficina, “paso obligatorio en el proceso de su obtención”.

2. - El Sistema Cl@ve: Permite acceder a todos los servicios e incluye el acceso a la firma en la nube. Dispone de dos modalidades de uso: Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente. 

“La gran ventaja de este sistema es su operatividad”, explica la Seguridad Social, ya que permite acceder desde cualquier dispositivo con conexión a internet.  Por el contrario, el Certificado Digital o el DNI electrónico requiere una instalación previa. Sin embargo, el sistema Cl@ave todavía no permite el acceso al servicio de Consulta y firma de Notificaciones Telemáticas.

Para poder usar esta herramienta, primero hay que registrarse en el sistema Cl@ve, tanto por vía telemática como presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social. Para completar el proceso de alta en el sistema y obtener la Cl@ve Permanente, será necesario activar el código suministrado durante el registro. La activación puede llevarse a cabo en la SEDESS.

¿Qué servicios ofrece la SEDESS?

Los trabajadores autónomos podrán cursar el Alta o la Baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como formular el cambio de base de cotización. Del mismo modo, el usuario puede modificar la actividad y solicitar el cambio, para el año siguiente, de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Además, el autónomo puede solicitar determinados informes y certificados. La SEDESS incluye otros servicios que pueden resultar de interés para el colectivo, como expediciones de informes de vida laboral y de bases de cotización o la domiciliación del pago de cuotas a la seguridad social.