Dos tercios de los consumidores sufren bloqueos en sus compras

La Unión Europea elimina las últimas fronteras del e-commerce

Desde ayer se aplicará el Reglamento de Geobloqueo, con el que la UE intentará igualar todas las condiciones de acceso y compra de los europeos y se evitará que ciertas páginas pongan trabas para comprar o vender a algunos países. Según los expertos supondrá una oportunidad para la internacionalización de los autónomos en España. Hoy están bloqueadas las compras online para dos tercios de los europeos. La medida incluso puede mejorar la inflación.

La Unión Europea elimina las últimas fronteras del e-commerce

Discriminar por razones de procedencia no es sólo una cuestión social. ¿Quién no ha intentado comprar unas deportivas en la tienda virtual de un negocio polaco y le han denegado el acceso a la web o, lo que es aún más frustrante, en el último momento no ha podido realizar el pago porque la tarjeta de crédito está emitida por un banco español?

Según los datos proporcionados por la UE, en 2015 un 63% de los sitios web aplicaban medidas de bloqueo impidiendo las compras de cerca de dos tercios de los consumidores. Por sectores, electrodomésticos, electrónica y equipos informáticos, juegos de ordenados y programas informáticos, ropa, calzado y complementos y cosméticos son en los que mayor incidencia de geobloqueo se ha detectado, superando incluso dicha media global.   

Pues bien, esta discriminación geográfica en las operaciones comerciales empieza ser cosa del pasado, “queremos una Europa sin barreras y ello supone eliminar los obstáculos a las compras en línea”, explican fuentes de la Comisión Europea. Ayer empezaba a ser de aplicación el Reglamento de Geobloqueo -aprobado el pasado mes de febrero dentro del proyecto del Mercado Único Digital- que igualará las condiciones de compra de todos los europeos e impedirá que se deniegue el acceso a sitios web de los estados miembros. Es decir, “permite a los ciudadanos de la Unión Europea comprar en sitios web de otros países comunitarios como si estuvieran en este país. Esto implica que se podrán comprar bienes y servicios que no se comercializan en el país de origen o que tienen un precio más ventajoso”, aclaran las citadas fuentes. Un reglamento que será aplicable a casi todo, ya que quedan excluidos la prestación de servicios de contenido, es decir, libros electrónicos, música en línea, videojuegos y software.

Además, los compradores podrán pagar con cualquier tarjeta de crédito o débito sea cual sea el país de emisión, siempre y cuando se cumplan los requisitos de autenticación y los pagos estén en una moneda que el comerciante acepte.  

Oportunidad para los pequeños

“Tener un mercado único digital en el cual el usuario se pueda mover libremente es una muy buena noticia. Todo lo que sea ampliar la libertad del usuario es bueno”, asevera Álvaro Lodares, economista y escritor, que el pasado viernes presentaba su séptimo libro ¿El final de la crisis?.

Eliminar barreras en las compras digitales permitirá incrementar el actual volumen de ventas transfronterizas realizadas vía telemática, que es de apenas un 9%. Cifra realmente baja en comparación con el crecimiento del 22% de las operaciones a través de internet. Los autónomos y las pymes son los colectivos que más recorrido tienen en lo que toca a su internacionalización y posibilidad de crecimiento, “les permitirá dar respuesta a los nuevos hábitos de compra de los consumidores, ampliando su base de clientes en toda la Unión Europea y disfrutar de potenciales oportunidades de negocio”, detallan desde la Comisión Europea.

Misma opinión comparte Fernando Aparicio, director de Amvos Digital y profesor del IE Business Schooll, “sin duda abre una oportunidad para los autónomos y el pequeño comercio, ahora bien, tendrán que hacer los deberes previamente”. Aparicio se refiere al necesario avance en la digitalización de los negocios de la economía real.  

El reglamento, en definitiva empieza a aplicarse en un marco de apertura a la competitividad y del amplio esfuerzo de la Unión Europea para potenciar el comercio electrónico en el mercado único. Asimismo, se completa con otras normas como las relativas a los servicios de paquetería transfronterizos en línea, en vigor desde 2018, que facilita el envío de paquetes entre los distintos Estados miembros reduciendo costes administrativos y de transacción.

En este punto cabe destacar la salvedad que se recoge en el reglamento, y es que los comerciantes no estarán obligados a enviar paquetes a países donde no realiza entregas, salvo acuerdo con el cliente.

Precios más competitivos

El reglamento tampoco permite discriminar por precio en el caso de las ventas de servicios de suministro electrónico, donde los clientes podrán adquirirlos al mismo precio que en el país de origen. Por ejemplo, si un negocio francés contrata los servicios de alojamiento en la nube a una empresa española, ésta no podrá cobrar un canon adicional a la tarifa que se aplica al consumidor español.

Asimismo, también se regula las promociones, ofertas, descuentos… el caso de las compras en tienda física en servicios de venta de entradas, alquiler de alojamiento de verano y arrendamiento de vehículos, “el cliente tiene derecho a igual trato independientemente de su país de procedencia”, detallan desde la UE.

En relación cómo afectará el reglamento  a los precios e incluso si su aplicación podría contribuir a rebajar la inflación en algunos Estados miembros, desde la Comisión Europea no llegan tan a fondo pero explican que “las nuevas normas permitirán a los consumidores contar con más posibilidades de elegir productos a precios competitivos y, por lo tanto, mejores condiciones. En definitiva, la nueva normativa estimula la competitividad y ofrece a los consumidores mayor capacidad de elección”.

A este respecto, Lodares añade que “si bien en lo que se refiere a los precios no se deja discriminar por países, si se incluye la opción de diferentes precios brutos en función, por ejemplo, de los tipos de IVA”. Para el economista “juegan con ciertas leyes de países. La diferenciación de precios en la mayoría de los casos tiene que ver por ejemplo con dónde se almacena el stock, cuáles son las inversiones que tiene que hacer el comerciante para poder vender en un determinado territorio, los costes que tiene que asumir por la regulación…”. En definitiva, si el autónomo y pequeño comercio no cumple con la regulación del país origen y, a su vez, con las exigencias del país destino no podrá comercializar su producto o servicio.

Reglamento descafeinado

Aparicio explica que las normas que se recogen “son más teóricas que reales. En la práctica va a tener poco impacto”. La justificación enraíza en que el el reglamento carece de un régimen sancionador en caso de incumplimiento siendo los organismos designados por cada uno de los Estados miembros los “responsables de la aplicación adecuada y efectiva del reglamento”. En el caso de España, todo apunta a que dependerá de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, que esta mañana publicaba tres avances en su cuenta de twitter.