Se puede solicitar hasta el 18 de septiembre

Valencia ayudará en su gastos a los autónomos ya constituidos

Los gastos por arrendamiento, el coste del seguro de responsabilidad civil o la inversión realizada en el desarrollo de campañas de comunicación, son algunos de los gastos que pagará el Ayuntamiento de Valencia a los autónomos constituidos. Una ayuda que tiene por objetivo fomentar, impulsar y apoyar la actividad económica en la ciudad.

Valencia ayudará en su gastos a los autónomos ya constituidos

Los autónomos valencianos tienen hasta el próximo 18 de septiembre para solicitar las ayudas que el Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento, ha puesto en marcha para pagar los gastos derivados de su actividad empresarial. Se trata de las Ayudas Municipales València Activa Impuls Econòmic 2018, que tienen el objetivo de favorecer la consolidación empresarial en la ciudad.

Para ello, las ayudas irán destinada a sufragar los gastos no inventariables de un negocio, siempre y cuando éstos se hayan utilizado para poner en marcha acciones dirigidas, según detalla el anuncio de la convocatoria, a promover la estabilidad y perdurabilidad de la empresa, a realizar programas estratégicos que impulsen la consolidación de la empresa en el mercado y a la generación de nuevos productos y/o servicios, así como a la mejora de los existentes. Es decir, que sean gastos asociados a su actividad.

La ayuda está dirigida a los dueños de un negocio, que pueden ser personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles. Asimismo, otros de los requisitos para acceder a la ayuda son: llevar a cabo la actividad en el término municipal de Valencia; haber comenzado con su negocio entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2016, no haber disfrutado de ésta ayudas ni en 2016, ni 2017; no tener deudas con el Ayuntamiento y justificar cualquier otra subvención disfrutada con anterioridad por el Ayuntamiento.

¿Cuáles son los gastos subvencionados?

El Ayuntamiento de Valencia dispone de un total de 200.000 euros para hacer frente a las ayudas, con las que subvencionarán el 100% de los gastos hasta un importe máximo de 5.000 euros por negocio siempre y cuando los gastos cumplan los siguientes requisitos:

  • Que hayan sido realizados y devengados desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.
  • Que haya sido efectivamente pagado por la persona o entidad solicitante con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que el gasto sea igual o superior a 600 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.
  • Que el gasto realizado no sea superior al valor de mercado.

Algunos de los gastos que están cubiertos por la Ayuda y que detalla  la convocatoria son: arrendamiento del local de la actividad, primas de seguros, realización de actividades formativas no regladas, análisis de investigación de mercados, desarrollo de herramientas de comunicación comercial, consultoría y asesoramiento.

¿Cómo solicitar la ayuda

Los autónomos interesados en la Ayuda deberán presentar su solicitud en el Servicio de Empleo y Emprendimiento, se presentarán en los diferentes Registros de Entrada del Ayuntamiento de València, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, también podrán realizar el trámite online a través de la página web del Ayuntamiento de Valencia.

En la solicitud deberán presentar los datos identificativos de la persona y una serie de declaraciones responsables y autorizaciones sobre que el interesado cumple con todos los requisitos establecidos. Asimismo y dependiendo del tipo de forma jurídica de la empresa también se deberá presentar una serie de documentos originales y copias para su compulsa. En el caso de las personas físicas deberán presentar su NIF o NIE; el certificado actualizado de Situación Censal que indique la fecha de alta de la actividad y el domicilio fiscal y la resolución/certificación del alta en el RETA

Asimismo, el autónomo deberá presentar las correspondientes facturas y justificantes de pago de los gastos incluidos en el Anexo I de la solicitud y por lo que solicita la subvención. Éstas deberán contener la siguiente información:  

  • Número de factura y fecha de expedición.
  • Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, número de identificación fiscal y domicilio del proveedor/a.
  • Concepto del gasto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto, así como cualquier descuento o rebaja.
  • El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones, según corresponda.