Tres ventajas de ser autónomo persona física frente a societario

“Para una persona que empieza una actividad siempre recomendamos empezar desde la forma jurídica más sencilla, y hoy en día más económica, que es hacerlo como empresario persona física”. Esta recomendación tan clara proviene de José Antonio Martín Herrera, vocal 1º de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.
Tres ventajas de ser autónomo persona física frente a societario

El gestor profesional enumera las ventajas que en la actualidad se le ofrecen a un autónomo persona física frente a un autónomo que se decante, por ejemplo, por una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) o una Sociedad Limitada Unipersonal.

-Si una persona decide empezar una actividad empresarial como persona física y no ha sido autónomo en los últimos cinco años (dos años cuando el proyecto de ley de Medidas Urgentes para el Trabajo Autónomo entre en vigor) tiene acceso directo a una base de cotización más baja.

-En la misma situación, inicio de actividad como persona física sin haber sido autónomo en los últimos cinco años (próximamente, dos años), se tiene acceso a la tarifa plana que puede ser de 6+6+6 meses o de 6+6+18 meses, en función de la edad y sexo del empresario. En cantidad, sería 6 meses a 50 euros + 6 meses a 140 aproximadamente + 6 ó 18 meses a unos180 euros y, a partir de ahí, la cuota mínima sería de 267,03 euros.

-Si en cambio una persona decide emprender a través de una sociedad, en primer lugar no tendrá tarifa plana y, en segundo lugar, pagará directamente la cuota de 267,03 euros durante el primer año y, a partir del segundo, pagará 344,71 euros. Es decir, pagará seis o siete veces más que si se emprende como autónomo persona física.

-En el apartado administrativo, el autónomo persona física tiene un grado de control en cuanto a obligaciones fiscales y mercantiles mucho menor que el societario:

  1. No debe llevar contabilidad con arreglo al Código de Comercio.
  2. No debe llevar una conciliación bancaria.
  3. No debe legalizar sus libros en ningún registro.
  4. No debe publicar sus resultados en ningún sitio a disposición de todo el mundo.

-A un autónomo societario se le exigen más formalidades y obligaciones, aunque su negocio sea más sencillo que el de la persona física.

La responsabilidad, único ‘pero’

José Antonio Martín Herrera sólo destaca una ventaja que tienen las sociedades sobre los autónomos personas físicas y es la de la responsabilidad. “En el ejercicio de la actividad pueden ocurrir contingencias que, en el caso de ser negativas, pueden arrastrar el patrimonio particular del empresario individual, circunstancia en la que un autónomo societario está más protegido”.

De hecho, la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), o limitada simplemente, es el tipo más frecuente entre los autónomos societarios porque con ella, ante las deudas, limitan su responsabilidad al capital aportado, dejando fuera el patrimonio personal.

Fiscalidad

Por último, hay que recordar que los autónomos personas físicas tributan mediante el Impuesto sobre la Renta (IRPF). A partir de unos ingresos de 60.000 euros se tributa un 45%.

Los expertos recomiendan que, desde el punto de vista fiscal, hay que calcular los beneficios de la actividad y que se van a reinvertir en el negocio. A partir de cierta cantidad puede ser resultar mejor optar por la fórmula de sociedad para tributar mediante el Impuesto sobre Sociedades (tipo del 25% nominal).