Renta 2016: ¿Tributa por módulos? Pues ojo a los nuevos límites
En lo que respecta a los declarantes de actividades económicas, éstos son los aspectos que los economistas asesores fiscales destacan para que se tengan muy en cuenta:
Estimación objetiva
Los límites para la aplicación del método de estimación objetiva, aplicables en 2016 y 2017, también han variado:
- El límite general del volumen de rendimientos íntegros del año anterior no puede superar los 250.000 euros.
- El límite del volumen de rendimientos íntegros del año anterior correspondiente a operaciones por las que estén obligados a expedir factura los empresarios en módulos no podrá superar 125.000 euros.
- Asimismo, el límite en el volumen de compras y servicios en el ejercicio anterior que no pueden superar los empresarios en módulos, si quieren seguir en este régimen, será de 250.000 euros.
- En la Renta 2016, ya no podrán determinar el rendimiento neto por este método las actividades de las divisiones 3,4 y 5 de las tarifas del IAE sobre cuyos ingresos existía obligación de retener (actividades relacionadas con la construcción y la fabricación).
- Se reducen las magnitudes específicas máximas de la actividad para aplicar el régimen de módulos en transporte de mercancías por carretera y en servicio de mudanzas y se pasa de 5 a 4 vehículos.
- Se mantiene para el ejercicio 2016 la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos prevista en la disposición adicional trigésima sexta de la ley del IRPF.
- La cuantía de los módulos y los índices de rendimiento neto de las actividades se mantienen para 2016. Se bajan los índices aplicables al cultivo de la patata y la ganadería de bovino de leche y los de los servicios de cría y engorde de ganado.
- A los contribuyentes de actividades agrícolas y ganaderas, el REAF recomienda especialmente esperar para presentar su declaración a la publicación de la orden ministerial que recogerá la reducción de módulos por circunstancias excepcionales.
Además, el REAF recuerda que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha declarado recientemente que las prestaciones por maternidad que abona la Seguridad Social no están exentas de IRPF.
Para todos los contribuyentes, los economistas hacen hincapié en la novedad de las cláusulas suelo. Por los importes devueltos por los bancos y por los intereses indemnizatorios no hay que tributar, pero si los intereses excesivos fueron base de la deducción por adquisición de vivienda habrá que añadir a la cuota del IRPF las cantidades deducidas de más por este motivo en los ejercicios no prescritos, sin intereses de demora.
Novedades de gestión
Por fin, es importante recordar, y así lo hace el REAF, que la gran novedad de la Renta 2016 es de procedimiento: ha desaparecido el Programa PADRE, que sólo permaneció el ejercicio anterior para actividades económicas, y todos los contribuyentes deben declarar por Renta Web.
Asimismo, si se observa alguna equivocación en contra se puede corregir la autoliquidación, en vez de presentar un escrito de solicitud de rectificación, marcando la casilla 127.