Opinión

Multa de protección de datos a un autónomo ¿justa o injusta?

Multa de protección de datos a un autónomo ¿justa o injusta?

En este artículo se resume un caso real. Un autónomo que pensaba que no se vería afectado por la LOPD y que acabó pagando una sanción de 6.000 euros. A los que había que sumarle los honorarios de un despacho de abogados, pues inicialmente la propuesta de sanción era de 10.000 €.

La cuestión es que una agente de seguros modificó una póliza a petición de una clienta, cuyo tomador era el exmarido de ésta, basándose en la confianza del cliente que le dijo que disponía del consentimiento de su expareja y que le interesaba para beneficiarse de bonificaciones en el seguro. Esto no era verdad. El exmarido tuvo una penalización en su seguro fruto de un siniestro de su exmujer, por lo que averiguó la triquiñuela de su exesposa y la denunció a la Agencia de Protección de Datos.

La Agencia consideró que la agente de seguros, a pesar de que entendía que había sido engañada, realizó la operación sin cerciorarse si realmente disponía del consentimiento y la sancionó por no disponer del mismo.

En respuesta a la pregunta del enunciado, ¿es justa o no es justa la sanción? Desde una óptica de justicia, quizás pueda parecer injusta porque la agente de seguros fue engañada por su cliente, pero desde el punto de vista de cumplimiento de la Ley, la sanción la podemos considerar justa, ya que nunca se preocupó de cumplirla y actuó sin tomar las mínimas precauciones.

El problema de fondo y de la elevada cuantía de la multa, 6.000 euros, es que la agente de seguros no cumplía con ninguna de las exigencias de la Ley de Protección de Datos, ya que pensaba que eso era responsabilidad de las compañías de seguros.

La agente de seguros, además de no tener declarado su fichero de clientes en la Agencia de Protección de Datos, nunca cumplió con el deber de informar a sus clientes cuando le contrataban seguros y, en este caso concreto, debía haber contactado con el exmarido, al que también conocía, directamente o a través de la compañía de seguros.

Hemos de pensar que cumplir con la LOPD es igual de importante cuando tratemos círculos de confianza, ya que a veces es incluso peor si ocurre algún problema.

La moraleja de este artículo es que no vale la pena trabajar al margen de la Ley de Protección de Datos, ya que las sanciones por su incumplimiento pueden ser mucho mayores que la impuesta a la agente de seguros y, cumplirla, no es tan costoso ni complicado.

Como en cada artículo que publicamos relacionado con el cumplimiento de la LOPD, os recordamos que la Agencia Española de Protección de Datos en su página web nos facilita mucha información y consejos para adecuarnos a la Ley y, si no, hay profesionales expertos en ayudar a los autónomos a cumplir con la misma y nos quitan este problema de encima de una forma sencilla y económica.