Opinión

Asegura tu actividad frente a siniestros y protege tu patrimonio

A la hora de emprender una actividad económica, la mayoría nos decantamos por dos formas principalmente: autónomo o sociedad limitada. 

Asegura tu actividad frente a siniestros y protege tu patrimonio

Para mí, la principal diferencia o la más importante, es que en las sociedades limitadas se responde hasta el capital social aportado, por lo que se obtiene una mayor protección del patrimonio salvo si somos los administradores de la sociedad o formamos parte del consejo de administración.

Hay estudios que demuestran que 7 de cada 10 empresas que no tienen seguro o están mal aseguradas desaparecen tras sufrir un siniestro, pero ¿Y si somos un autónomo? ¿Qué consecuencias puede tener el enfrentarnos a un siniestro que paralice el desarrollo de nuestra actividad? La respuesta es muy dura… respondemos con nuestros bienes en caso de no poder afrontar el pago de los gastos o deudas.

Si un siniestro nos obliga a mantener nuestro negocio cerrado temporalmente, ¿de dónde vamos a obtener los ingresos? La gran mayoría desconoce los costes que supondría la paralización de su actividad durante un periodo de tiempo significativo, y un porcentaje muy bajo tiene contratado una póliza para cubrir las pérdidas reales sufridas por la disminución del volumen de negocio, y/o aumento del coste de explotación como consecuencia de un siniestro.

Las compañías aseguradoras ofrecen productos que comúnmente se denominan multirriesgos, y cuando contratamos éste tipo de seguros, prestamos casi toda nuestra atención a los capitales de continente y contenido para los riesgos de incendio, daños por agua, robo,  responsabilidades civiles, accidentes, etcétera, pero no damos la importancia que se merece a la cobertura de paralización de la actividad.

Está muy bien que contratemos seguros que cubran la responsabilidad civil derivada de la actividad que desarrollamos, los daños que podamos causar por los productos o servicios que prestamos, protegernos ante la posibilidad de sufrir un accidente laboral… pero también es fundamental asegurarnos una fuente de ingresos mientras tenemos nuestro negocio paralizado por un siniestro.

Al contratar un seguro de multirriesgo, podemos añadir la garantía de pérdida de beneficios y elegir entre una de estas tres formas de aseguramiento:

-Indemnización diaria: es la más sencilla y aconsejable para autónomos con poco volumen de facturación y sin una estructura que implique unos gastos fijos considerables mes a mes. Simplemente se acuerda una cantidad fija diaria con la compañía aseguradora como indemnización.

-Indemnización en base a los gastos permanentes: si tenemos cierto volumen de facturación y contamos con estructura y empleados para el desarrollo de nuestra actividad, es más aconsejable esta modalidad que la indemnización diaria contemplada en el punto anterior.

Los gastos permanentes son aquellos que no dependen del volumen de trabajo o de la cantidad de actividad que desarrollemos estacionalmente, ya que se mantienen pese a una posible disminución. Por ejemplo: cuota de autónomos, arrendamientos, créditos, gastos de personal… 

Mediante esta modalidad, la compañía aseguradora indemnizará por el total de los gastos fijos y permanentes que soportemos durante la paralización de la actividad.

-Indemnización en base al margen bruto: es la más completa de las tres y la que más se acerca a la realidad. Esta modalidad cubre los gastos fijos y permanentes explicados en el punto anterior, incrementados con el beneficio neto antes de impuestos.

Por último, nos quedaría establecer el periodo máximo de indemnización, que como mínimo aconsejamos que sea de 3 meses.

Espero que os sea de interés, y por favor, tener en cuenta esta cobertura a la hora de contratar un seguro.