Propuestas para la reforma de las pensiones

FIDE pide que los autónomos jubilados no deban contratar a un empleado para cobrar la pensión y seguir trabajando

Los expertos de la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE) han publicado un informe con propuestas para la futura reforma de las pensiones del Gobierno que afectarán a los autónomos. Entre ellas, mejorar las condiciones para hacer más atractiva la jubilación activa. 

La Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE) ha presentado un documento con propuestas en materia de pensiones para que el Gobierno las tenga en cuenta en la futura reforma que tiene planeado realizar. Este estudio ha sido elaborado por un grupo de trabajo conformado, entre otros, por catedráticos de diversas universidades, abogados y antiguos políticos , como Valeriano Gómez, exministro de Trabajo en el Gobierno de Zapatero, y Carles Campuzano, diputado de CiU.

El texto invita al Gobierno a tener en cuenta distintas medidas a la hora de acometer la reforma del sistema público de pensiones. Entre las principales propuestas se encuentra que los autónomos, en la modalidad de jubilación activa, no deban contratar a un trabajador para cobrar el 100% de la pensión que les correspondería como fija la ley actual.

Asimismo los expertos proponen un nuevo modelo de contrato que permitiría a los autónomos jubilados ser contratados como asalariados o bien que un negocio pueda contratar a familiares jubilados u otros trabajadores que estén retirados.

Dirigido por Tomás Arrieta, profesor honorífico de la UCM y presidente de la Fundación AGE, el texto recoge 10 propuestas a las 22 recomendaciones que la Comisión del Pacto de Toledo del Parlamento aprobó el pasado octubre para la reforma de las pensiones. Siempre teniendo en cuenta los retos demográficos y sociales ante los que se enfrenta España en materia de jubilaciones. En la actualidad, según datos del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, el 20% de la población española es mayor de 64 años.

Eliminar la obligatoriedad de contratar a un empleado para trabajar siendo jubilado

La jubilación activa es una modalidad de retiro por la cual un autónomo puede jubilarse y seguir ejerciendo una actividad. Pero tiene algunas condiciones impuestas por la Seguridad Social.

La jubilación activa se instauró en el 2013 y actualmente se encuentra regulada en el artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social. Una modalidad que permite a los trabajadores afiliados al RETA y al Régimen General compatibilizar su pensión con cualquier trabajo o actividad. De este modo, en el año 2013, un profesional podía prolongar su carrera profesional más allá de la jubilación y, al mismo tiempo percibir el 50% de su pensión. Norma que ha ido mutando con los años y que generó mucha controversia.

La normativa, tras la reforma en la Disposición final 5ª de la Ley 6/2017 del 24 de octubre, modificó algunos aspectos, en concreto los apartados 2 y 5 del artículo 214 de la SS. La principal revisión se centró en la cuantía de la pensión y estableció que, aquellos que hubiesen solicitado la jubilación activa podían cobrar el 100%, siempre y cuando tuvieran un trabajador contratado.

La propuesta de FIDE es que el Ejecutivo elimine todas las exigencias ajenas al autónomo para convalidar la pensión de la jubilación con el trabajo. En especial,  que se anule la obligatoriedad de contratar a un trabajador para cobrar el 100% de la base reguladora en este supuesto.

Con el fin de flexibilizar y facilitar el acceso a la jubilación activa para los autónomos, los expertos recomiendan y consideran “prioritario” eliminar todas las exigencias ajenas al trabajador por cuenta propia. En concreto, la “ampliación del ámbito subjetivo de la jubilación activa, permitiendo que todos los trabajadores por cuenta propia puedan prolongar su vida laboral cobrando el 100% de su pensión, con independencia del tiempo que hayan cotizado con anterioridad”. De este modo, no se limitaría la jubilación activa a aquellos trabajadores que tengan derecho al 100% de su base reguladora, sino a todos aquellos que, una vez hayan alcanzado la edad de jubilación (64 años en la actualidad), sigan queriendo ejercer su actividad. No obstante, con el fin de que estos autónomos en jubilación activa sigan aportando al Sistema de la Seguridad Social, los expertos de FIDE recomiendan que sigan cotizando al sistema público de forma solidaria, un 9%.

Una nueva modalidad de contrato para los autónomos una vez se jubilen

Por otro lado, los expertos de FIDE proponen una nueva modalidad de contrato para aquellos autónomos que quieran seguir trabajando después de su jubilación. Denominado contrato compatible, se trataría de un contrato temporal al que se puedan subscribir tanto autónomos jubilados como trabajadores por cuenta ajena que quieran seguir en activo. Serviría tanto para los autónomos retirados que podrían ser contratados por una empresa como para los negocios que quisieran contratar a un familiar retirado o a cualquier trabajador jubilado.

Dicho contrato, podría celebrarse a tiempo completo o parcial. Asimismo, se podría extinguir por “la libre voluntad de las partes en cualquier momento”. Medida definida por los expertos de FIDE que abriría novedosas perspectivas de futuro para los trabajadores por cuenta propia.

Reducir los supuestos de jubilación anticipada para los autónomos

Por otra parte, desde FIDE recomiendan la reducción de los cuatro supuestos jubilación anticipada que existen en la actualidad. No obstante, la fundación plantea mantener como excepción aquellos supuestos relacionados con la mayor penosidad de la actividad desarrollada o la salud del trabajador. Este puede ser el caso de aquellos trabajadores por cuenta propia, como agricultores, pescadores o marisqueras, que durante su vida laboral hayan requerido de un esfuerzo físico mayor, y a los que en determinadas condiciones se les permitiría jubilarse antes de los 60 años.

Asimismo, para paliar los efectos de la eliminación de los supuestos de jubilación anticipada, los expertos recomiendan promover incentivos para el mantenimiento del empleo para los autónomos mayores de 60 años. Además, se recomienda mantener la jubilación parcial como modelo de relevo de la actividad e ir reduciendo paulatinamente la actividad. Pero, en cualquier caso, evitando que estos objetivos no se conviertan en una modalidad encubierta de jubilación anticipada.

Los expertos son prudentes respecto al sistema de cotización por ingresos reales

El Gobierno quiere que la mayoría de los autónomos estén cotizando por sus ingresos reales en el 2023. Sin embargo, esta idea ha quedado en suspenso hasta que la Seguridad Social presente una propuesta concreta a las organizaciones de autónomos y comience a negociarse.

Sobre este tema, los expertos de FIDE son prudente. Sin embargo, consideran importante establecer un sistema por el que los autónomos coticen "sobre las bases más fieles a sus ingresos" dentro de unos mínimos y máximos aceptables, aplicando los ajustes que sean necesarios en base a su gastos deducibles. Es decir, que dicha base de cotización se ajuste a sus rendimientos netos.

De este modo, desde la fundación instan al Gobierno a que siga avanzando “en el objetivo de instrumentar un nuevo modelo de cotización que permita una paulatina aproximación de las bases de cotización de los autónomos a los ingresos reales, evitando la tendencia de cotizar por bases mínimas”.

Finalmente, el objetivo por parte de los expertos de FIDE es que, como ocurre en el Régimen General, la cotización se vincule a los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia. Esto permitiría que muchos autónomos no sufran grandes alteraciones en sus cotizaciones por no tener un nivel de facturación “no demasiado alejado de la base mínima de cotización”. En cambio, que se produzcan “importantes incrementos de la cotización de aquellos afiliados al RETA cuya cotización por ingresos pueda permitir el aumento de las mismas y de la futura cuantía de sus pensiones”.

La reforma por ingresos reales podría aumentar la cuota de los autónomos

A expensas de lo que ocurra en los próximos meses, durante la cuarta edición del Foro Tendencias 2022 que organiza El País en el Espacio Fundación Telefónica en la que intervino Amor, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, aseguró que la polémica reforma –que obligaría a muchos trabajadores por cuenta propia a destinar el 30% de sus ingresos a pagar la cuota– está fuera de lo que se está discutiendo en este momento sobre pensiones en la mesa de diálogo social.

En todo caso,  “en esta primera fase de reforma del sistema de pensiones, el sistema de cotización por ingresos reales no estará, sino que entrará en un proyecto de ley diferente. Por lo que hay tiempo para llegar a un acuerdo y consensuar la cotización por ingresos reales” confirmó el presidente de ATA, Lorenzo Amor.

El Gobierno propone penalizaciones más severas a los autónomos que se jubilen antes de la edad legal

Actualmente, en España, la edad de jubilación establecida es de 64 años. Por ello, El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, quiere reducir hasta un 21% el importe de la pensión que cobrarán los autónomos que se jubilen antes de la edad legal. Para ello, se plantea aplicar nuevos coeficientes reductores en el impuesto de la pensión y no sobre la base reguladora. Asimismo, cabe destacar que esta reducción se hará de forma progresiva en un periodo de 12 años tal y como anunció el ministro.

No obstante, el Gobierno sigue negociando con los agentes sociales las líneas maestras para reformar, de aquí a 2023, el actual sistema de pensiones. Las directrices que el Ejecutivo envió a  Bruselas están recogidas en el componente 30 y se articulan en una decena de reformas que, en algunos casos, también se pretenden aprobar a lo largo de este año. El objetivo en este ámbito, según apuntó la ministra de Economía, Nadia Calviño, en la presentación del Plan de Recuperación "es asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones a medio y largo plazo".

Para ello, el Gobierno quiere “tomar medidas desde ahora y conseguir hitos importantes en 2021”. Entre los principales objetivos que ya se están trabajando, está la separación de fuentes de financiación, la implantación de los desincentivos a la jubilación anticipada y los incentivos a la prolongación de la vida laboral, la revalorización de las pensiones y desarrollar los elementos centrales del nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los autónomos, de forma que pueda entrar en 2022", explicó Calviño. Ante esto, desde

Estas medidas, son una de las reformas que el Gobierno quiere afrontar en 2021 para el fomento de la jubilación demorada, que permite al jubilado cobrar una cantidad anual adicional en forma de pago único. En consecuencia, las novedades planteadas por el Ejecutivo son dos: la intención de elevar los coeficientes reductores de la pensión para los autónomos y trabajadores por cuenta ajena y que dichos coeficientes pasen dejen de ser anuales y trimestrales para ser mensuales.

Para ello, la Seguridad Social plantea en cada tramo de vida laboral nuevos coeficientes reductores que se aplicarían en el caso de que los trabajadores por cuenta propia y asalariados pretendan jubilarse antes de la edad legal. Según el último borrador de la reforma, los supuestos serían los siguientes:

El primer tramo: para los que tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses

El primer tramo para acceder a la jubilación anticipada corresponde a aquellos autónomos que tengan menos de 38 años y 6 meses cotizados. A éstos se les aplica actualmente una reducción del 8% por año o un 2 % por cada trimestre que soliciten la pensión antes de tiempo. En total, la Administración les quitaría un 16% si se jubilan antes de dos años (24 meses) de la edad legal, o un mínimo de 2%, que se va incrementando en cada trimestre.

El segundo tramo: para los que tengan cotizados entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses

El segundo tramo está dirigido a los autónomos que tengan una cotización de entre 38 años y  meses, y 41 años y seis meses en el momento de la solicitud. A estos se les reduce actualmente el 7,15% sobre la base reguladora por año anticipado y 1,87% por cada trimestre. En total, la Administración les quita un 15% si se jubilan antes de dos años (24 meses) de la edad legal, o un mínimo de 1,9%, que puede incrementarse cada trimestre.

El tercer tramo: para los que tengan cotizados más de 41 años y 6 meses y menos de 44 años y seis meses

El tercer tramo es para aquellos autónomos cuya cotización supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses en el momento del retiro anticipado. Ahora se les aplica un coeficiente reductor del 7% por cada año anticipado (y 1,75% por cada trimestre). En total, la Administración les quita un 14% si se jubilan antes de dos años (24 meses) de la edad legal, o un mínimo de 1,8%, que puede incrementarse cada trimestre.

El cuarto tramo: para los que tengan cotizados más de 44 años y seis meses

El cuarto tramo corresponde a los autónomos que hayan cotizado 44 años y seis meses o más. Para ellos, el coeficiente reductor es ahora de un 6,5% sobre su prestación por cada año anticipado (1.6% por cada trimestre). En total, un 13% de pensión menos si se jubilan 24 meses antes de la edad legal.