Los autónomos que quieran tributar por módulos en 2025 podrán solicitarlo desde el 1 de diciembre
El Ministerio de Hacienda abrirá próximamente el plazo para que los autónomos que no están tributando en módulos, y quieran entrar en este sistema de estimación objetiva o salirse del sistema de estimación directa, puedan hacerlo. Según fuentes de la Agencia Tributaria, a pesar de que todavía no está la Orden aprobada, a partir del 1 de diciembre los trabajadores por cuenta propia ya podrán salir del método de estimación directa y empezar a pagar impuestos por módulos desde 2025, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos.
En esta misma fecha, comenzará también el plazo para que los autónomos opten al conocido sistema de "IVA de caja", con el que pueden 'librarse' de pagar impuestos por todas aquellas facturas que no hayan cobrado todavía de sus proveedores, algo que afecta a una parte importante del colectivo. El tiempo para comunicar su solicitud de acceso o su renuncia a cualquiera de los dos sistemas tributarios durará un mes, hasta el próximo 1 de enero de 2025. Esto último, a expensas de que se apruebe la orden de módulos, "que muchas veces amplía el plazo de solicitud", apuntaron las mismas fuentes de la AEAT.
Ambos sistemas son una pieza clave en la tributación de miles de autónomos. El régimen de estimación objetiva -que podría desaparecer a partir de 2026 con la futura reforma fiscal- permite a los trabajadores por cuenta propia pagar una única cuota en RENTA en función de algunos parámetros como el tamaño de su local o la potencia eléctrica contratada. Independientemente de cuánto ingresen cada año, los impuestos a pagar son siempre los mismos.
El sistema de IVA con criterio de caja, por su lado, permite a los autónomos no tener que abonar este impuesto indirecto a Hacienda en las liquidaciones trimestrales cuando tienen una factura impagada de un cliente. A pesar de que es una medida muy importante para el colectivo y que se ha demandado históricamente, lo cierto es que su nivel de acogida ha sido menor al esperado, entre otras cosas porque muchas grandes empresas dejan de trabajar con los pequeños negocios cuando ven que están adheridos a este sistema y no van a poder deducirse los impuestos de las facturas que aún no han pagado a sus proveedores.
A partir del 1 de diciembre los autónomos podrán optar a módulos o IVA de caja para 2025
Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, el plazo para que los autónomos soliciten acceder de cara a 2025 al régimen de estimación objetiva o al sistema especial de IVA caja dará comienzo por norma general el próximo 1 de diciembre.
En el caso particular del régimen de IVA de caja la solicitud de acceso, que tendría efectos desde el 1 de enero de 2025, se abrirá el próximo 1 de diciembre, a no ser que "acaben de comenzar la actividad. En este caso, la solicitud de acceso se deberá formular a la vez que la censal -a través del 036 o 037.-", apuntaron las mismas fuentes.
Por otro lado, en el caso de que los autónomos quieran optar al año que viene al sistema de estimación objetiva o módulos y empezar a tributar con una cuota fija en 2025 podrán formular su solicitud también en diciembre, a no ser que inicien actividad "en cuyo caso deberán pedirlo en la primera declaración que presenten".
Es posible que para los módulos muchos autónomos deban esperar a que Hacienda publique la orden para el régimen de estimación objetiva, ya que aún no se sabe si se van a prorrogar los límites para poder optar al sistema y, por lo tanto, muchos trabajadores por cuenta propia no pueden saber si van a tener derecho.
En ambos casos, tanto para el IVA con criterio de caja como para los módulos, el plazo para formular esta solicitud, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria terminará el próximo 1 de enero de 2025.
Requisitos para acceder a los módulos de cara a 2025
En caso de prorrogarse el sistema de módulos y sus límites de cara a 2025, cosa que a estas alturas parece ya muy probable, según la Agencia Tributaria, los autónomos tendrían que cumplir algunos requisitos. Todos ellos a expensas de que se confirme la extensión de los mínimos de facturación para el año que viene.
Así, podrán acceder a los módulos en 2025 los autónomos que:
- Tengan una actividad incluida en la Orden que desarrolla este régimen. (Suelen ser sectores como el comercio minorista, transportistas...)
- No hayan renunciado en los últimos años a su aplicación.
- No hayan renunciado ni estén excluido del régimen simplificado del IVA ni del Impuesto del impuesto especial para Canarias (IGIC).
- No realicen actividades total o parcialmente fuera del territorio español salvo: el transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, el autotaxi, el transporte de mercancías por carretera y el de mudanzas.
- No superen los umbrales de rendimientos netos en 2024 marcados para la orden de 2025. Seguramente serán los siguientes: 250.000 euros en el caso de vender directamente a particulares, o 125.000 euros en el caso de vender a empresas.
Hasta el 31 de diciembre para renunciar a los módulos
Por otro lado, y como cada año, Hacienda dio de plazo a través de su calendario oficial hasta final de año, es decir, hasta el 31 de diciembre inclusive, para que los autónomos que ya no estén interesados en seguir en estimación objetiva o que han dejado de cumplir los requisitos, abandonen automáticamente el sistema con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Según apuntaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, en el calendario está marcada la fecha de renuncia hasta el 31 de diciembre, pero podría ocurrir -como sucedió el año pasado- que se amplíe hasta enero el plazo para salir del régimen de estimación objetiva. En cualquier caso, los trabajadores por cuenta propia también tendrían una segunda posibilidad para abandonar el sistema de forma "tácita", simplemente presentando por estimación directa su primera declaración de impuestos de 2025.
Esta renuncia es importante puesto que probablemente el sistema se alargue, al menos, un año más. Y de ser así, posiblemente se conserven los mismos límites que hasta ahora: 125.000 o 250.000 euros de facturación. Si el trabajador por cuenta propia no cumple este límite, la Agencia Tributaria le podría regularizar al año que viene para sacarle del sistema e incluso imponerle una sanción
Así, los autónomos que ya prevean que no van a cumplir las condiciones de facturación para permanecer un año más en módulos pueden -y deben- adelantarse a la revisión que hará Hacienda a posteriori en 2025, y renunciar al sistema antes de que la inspección lo regularice. En ese caso deberán pasar a la tributación por estimación directa.
Esta renuncia, según la Agencia Tributaria, se puede hacer por dos vías:
Presentando una declaración censal con el Modelo 036 o 037 (renuncia expresa).
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Con carácter general, durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto. Este año, el plazo sería hasta el 31 de diciembre de 2024. De este modo, el autónomo ya pasaría a tributar por estimación directa desde 2025.
En caso de que se inicie una nueva actividad, el momento sería el de presentar la declaración censal correspondiente; es decir, antes del inicio efectivo de la actividad.
- Pero también se puede hacer mediante "renuncia tácita", es decir, presentando el pago fraccionado del primer trimestre (el 20 de enero de 2024) o del primer trimestre del ejercicio, si inicias la actividad, con el Modelo 130.