Miles de autónomos dejarán de tener exenciones fiscales cuando hacen el relevo en un negocio familiar
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo restringe los requisitos para que los autónomos puedan beneficiarse de una exención fiscal cuando se hacen cargo del negocio familiar. Los abogados consideraron que muchos podrían quedarse fuera, en un contexto donde el relevo generacional es una preocupación para miles de negocios.
Cuando se transmite un negocio, el familiar que ejerza las labores de dirección debe obtener, al menos, la mitad de su renta de la empresa en el momento de la donación, y no al finalizar el año -como ocurría hasta ahora- para poder aplicar la exención del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, en un fallo emitido el pasado 13 de noviembre.
Se trata de una sentencia que podría perjudicar a miles de autónomos que, tras la jubilación de un familiar, deciden quedarse con el negocio. Si cumplen los requisitos, sólo deben tributar por el 5% de la donación. Aunque, tras el fallo del Supremo, muchos deberán hacerlo por el valor total del negocio
Esta es una cuestión que ha sido objeto de diferentes sentencias en los últimos meses. Como contó este diario el pasado julio, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) suavizó los requisitos para aplicar esta exención fiscal en caso de que la herencia del negocio se produzca por el fallecimiento del autónomo, aunque ahora el Supremo establece nuevas condiciones que deberán cumplirse para sólo tributar por el 5% de una donación en vida.
Los abogados fiscalistas consultados por este medio reconocieron que el fallo del Alto Tribunal podría complicar aún más el relevo generacional en los pequeños negocios. Un problema sobre el que la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y otras organizaciones sectoriales llevan tiempo advirtiendo.
Nuevos requisitos para aplicar la exención fiscal del 95% al heredar un negocio
El Supremo estableció, en su sentencia de hace unas semanas, un nuevo requisito para aplicar la exención del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones cuando un autónomo hereda un negocio. A partir de ahora, deberá demostrar que obtiene, al menos, el 50% de sus ingresos de la empresa desde el momento de la transmisión.
Hasta este momento, las administraciones -se trata de un impuesto autonómico- debían vigilar que este requisito se cumpliese sólo al finalizar el ejercicio en el que se produjo la donación, por lo que el cambio podría adelantar en varios meses la condición.
Poniendo un ejemplo, un autónomo que heredase un negocio y que declare unos ingresos de 40.000 euros anuales, deberá demostrar que obtiene, al menos, 20.000 euros de su función como administrador de la sociedad desde el momento en el que se produzca la donación para poder aplicar la exención fiscal del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En opinión de los abogados fiscalistas, se trata de un requisito que podría dejar fuera de la exención a miles de autónomos cuando se hacen cargo del negocio porque un familiar ha alcanzado la edad de jubilación. Como explicaron desde el Consejo General de Economistas (CGE), el resto de los requisitos son los siguientes:
- Que el donante tenga 65 años o más.
- Que el donante deje de ejercer funciones directivas en la sociedad.
- Que tenga derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Los jueces aclararon en julio qué ocurre con la reducción por Sucesiones cuando la herencia se produce tras el fallecimiento
Los requisitos para acceder a la reducción en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones al heredar un negocio han sido un motivo recurrente para dirimir en los tribunales. Hace unos meses, el julio pasado, el TEAC ya emitió una sentencia en la que detalló las condiciones que deben cumplirse cuando la sucesión se produce tras el fallecimiento del autónomo que gestionaba la empresa.
En concreto, los jueces eximieron del cumplimiento del requisito de obtener al menos el 50% de la renta del propio negocio en aquellas actividades que “por su naturaleza”, no sean capaces de generar beneficios hasta la segunda mitad del año en cuestión, como sucede, por ejemplo, con empresas familiares dedicadas a la agricultura.
Así, si bien el año que se tiene en cuenta es el de fallecimiento, como refleja la resolución del tribunal, esta situación no se aplicará en los siguientes supuestos:
- Que se trate de una actividad que no pueda generar beneficios hasta el segundo semestre del año debido a su condición, como ocurre con empresas familiares agrícolas o sociedades donde los autónomos cobran a muy largo plazo.
- Cuando se haya acreditado suficientemente que en los ejercicios anteriores esas retribuciones sí que constituían la principal fuente de renta del fallecido.
El 60% de los pequeños negocios podrían cerrar por la falta de relevo generacional
Ambas sentencias se producen en un contexto donde los negocios están encontrando, ya de por sí, problemas para encontrar un relevo generacional. El fallo del Supremo podría agravar aún más esta situación, debido a que muchos descendientes podrían decidir no hacerse cargo del negocio por tener que pagar el 100% del Impuesto de Sucesiones.
La gravedad del problema se puso de manifiesto en un estudio publicado por Adecco e Infoempleo el pasado septiembre, donde se afirma que el 60% de los pequeños negocios podría tener que echar el cierre porque los autónomos no encuentran quien les sustituya cuando cumplan la edad de jubilación.
Esta falta de trabajadores jóvenes y formados afecta especialmente a determinados sectores donde tradicionalmente se encuentran muchos autónomos y pequeños negocios. Un ejemplo es el caso del Transporte, que necesitará incorporar a alrededor de 120.000 conductores en los próximos años por el incremento de las jubilaciones en el sector. O los bares y restaurantes ubicados en zonas rurales, que ya están desapareciendo por la falta de relevo generacional.
Ante esta problemática, diferentes comunidades autónomas están lanzando ayudas para facilitar el relevo generacional en los negocios, como ha ido contando este diario. También en el apartado fiscal, donde algunos territorios han mejorado aún más las exenciones en Sucesiones por heredar un negocio familiar, como ocurre en el caso de Extremadura o Galicia, entre otras.