Extremadura apuesta por la conciliación laboral de los autónomos

Ya se han publicado las esperadas bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral en Extremadura.

“Facilitar la conciliación familiar de los autónomos es fundamental porque muchas veces es muy complicado dejar tu negocio desatendido y también es complicado encontrar la ayuda necesaria. Ser madre o padre nunca debe ser un problema a la hora de sacar adelante un proyecto y con ayudas como esta al menos damos un paso en la dirección correcta a la espera de las medidas en favor de la conciliación que vendrán con la Ley de Medidas para el Trabajo Autónomo”, ha asegurado Raquel de Prado, presidenta de ATA Extremadura.

Entre las medidas está el fomento de la contratación de personas desempleadas en régimen de interinidad para sustituir a trabajadores en supuestos tanto de excedencia por cuidado de hijos o cuidado de familiares como en supuestos de reducción de jornada por cuidado de hijo/a o familiar.

Con el fin de facilitar el mantenimiento de la actividad de los autónomos en los supuestos de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural, se considera conveniente ampliar el periodo subvencionable a dos meses anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente, para que el empleado contratado adquiera una experiencia previa en el trabajo a desempeñar que le permita sustituir posteriormente a la persona trabajadora autónoma o bien para cubrir una situación de incapacidad temporal previa a la maternidad. En otra situación, el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de inicio de contratación.

Serán beneficiarios los autónomos no societarios y los TRADES y las personas contratadas no deberán haber prestado servicios en la misma empresa en los dos meses anteriores al inicio de la contratación subvencionada y deberán desarrollar su trabajo en centros radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Si se solicita subvención por más de una de las situaciones previstas siempre que exista continuidad entre las mismas, no será necesario el requisito de estar desempleado cuando se continúe con la misma persona trabajadora para la segunda y sucesivas situaciones.

La cuantía de la subvención destinada a la contratación para el mantenimiento de la actividad del autónomo será el equivalente al coste salarial y de seguridad social derivado de la contratación efectuada, con el límite de 1.000 euros al mes.

De acuerdo con lo anterior, el presente decreto establece también un programa que se dirige a incentivar a las empresas para que procedan a sustituir a los trabajadores que ejerciten el derecho de excedencia por cuidado de hijos o de familiares dependientes o el derecho de reducción de jornada.

Las solicitudes para la obtención de las ayudas deberán presentarse, en función del tipo de ayuda solicitado, en los modelos normalizados que estarán disponibles en el Servicio Extremeño Público de Empleo y en la página www.extremaduratrabaja.es .