Contrato Indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo completo
En base a la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, publicada en el BOE nº 162, de 7 de Julio de 2013, se fomenta la contratación indefinida y otras medidas de creación de empleo.
La entrada en vigor es el 8 de Julio de 2012, y con vigencia indefinida.
CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES | ||
Requisitos | - Empresas de < 50 trabajadores. - Contrato Indefinido y a Jornada Completa. - Periodo de Prueba = 1 año. - No haber hecho, en los 6 meses anteriores, Despidos Improcedentes. | |
Bonificaciones
Cuota Empresarial Seguridad Social | Jóvenes
de 16 a 30 años (desempleados) | Periodo = 3 años |
1º año | 2º año | 3º año |
1.000 € | 1.100 € | 1.200 € |
Mujeres en sectores subrepresentadas, aumenta 100 €/año | ||
Mayores de 45 años (al menos, 12 meses en desempleo en los 18 anteriores al contrato) | Periodo = 3 años | |
1º año | 2º año | 3º año |
1.300 € | 1.300 € | 1.300 € |
Mujeres en sectores subrepresentadas, serán 1.500 €/mes | ||
Incentivos
Fiscales | Primer Trabajador Contratado y menor de 30 años | Deducción de 3.000 € de la Cuota Integra del periodo. |
Desempleado perceptor de Prestación Contributiva | Deducción = 50 % de la Prestación pendiente de percibir con un tope de 12 meses | |
Requisitos: · Haber percibido, al menos 3 meses, la Prestación. · Se fija la Cantidad al Inicio del Contrato y no se modifica. · Certificado del SPEE sobre la Prestación pendiente de percibir. · Voluntariamente podrá compatibilizar cada mes junto con el salario, el 25% de su Prestación. | ||
- Mantener el empleo al contrato de Apoyo a Emprendedores, al menos, 3 años desde el inicio. - Mantener el empleo en la empresa con este contrato de Apoyo, al menos, 1 año desde el inicio. |
Nota: Se excluyen los Cónyuges y Familiares de Consanguineidad y Afinidad de hasta 2º, siempre que se trate de Personas Jurídicas, pero NO en las Personas Físicas.