Novedades de la nueva Ley de la Cadena Alimentaria

Aprobadas fuertes sanciones para quienes exijan a los agricultores autónomos vender por debajo del coste

Sanciones de entre 3.000 y 1 millón de euros.

El Congreso ha ratificado la Ley de la Cadena Alimentaria, que cambia las reglas del juego de la agricultura y la ganadería. Quienes intenten comprar por debajo de los costes de producción del autónomo serán fuertemente sancionados.

La época en la que los agricultores y ganaderos por cuenta propia vendían sus productos por debajo de sus costes de producción (la llamada venta a pérdidas) podría tener sus días contados. El Congreso de los Diputados ha ratificado este jueves la puesta en marcha de la Ley de la Cadena Alimentaria, que prohíbe específicamente esta práctica. Y establece un fuerte régimen sancionador con multas de entre 3.000 euros y un millón de euros para las empresas o intermediarios que realicen contratos de compra-venta por debajo de los costes de producción.

Para el sector, la norma, que saldrá próximamente publicada en el Boletín Oficial del Estado, es un hito importantísimo. “Durante muchísimos años, los autónomos agricultores y ganaderos han estado perdiendo dinero debido a una crisis de rentabilidad de la actividad, por los bajos precios que pagan los intermediarios o la industria de la distribución. Esta ley marca ahora el fin de esas prácticas abusivas que han llevado al cierre a granjas y han provocado la ruina en muchos sectores del campo” dijeron fuentes de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA).

Se cambia la forma en la que se establecerá el precio de los productos

En resumen, la Ley de la Cadena Alimentaria cambia las reglas de juego establecidas en el sector cambiando la forma en la que se establece el precio de los productos. Con su entrada en vigor, la formación de precios en los diferentes sectores no se hará de arriba abajo (de distribuidores a agricultores), sino de abajo hacia arriba (de agricultores a distribuidores), logrando que los autónomos cobren “precios justos” por sus productos. “Se cambia el comportamiento de toda la cadena alimentaria” puntualizaron desde UPA.

De esta manera, en vez de que una empresa de la gran distribución imponga un precio al que va a comprar el producto, el mecanismo de comportamiento al que obligará la Ley para fijar un precio sería el siguiente: si a un ganadero por cuenta propia le cuesta 40 céntimos producir un litro de leche, éste no podrá recibir menos de un 0,40 euros por la venta de ese litro. “La industria en este caso, que es quien compra la leche al autónomo, tendrá que pagar mínimo 40 céntimos. Pero lo suyo será obtener una rentabilidad. Es decir que la venta se deberá hacer por 41, 42 o 43 céntimos” explicaron expertos de UPA. 

Luego llegará la distribución. “Si ésta impone un coste de 10 céntimos. El litro de leche tendrá que valer 53 céntimos”. “En esto consiste conformar el precio de los productos de abajo a arriba” señalaron desde UPA.

La normativa  busca que se establezca un coste de producción para cada operación dentro de la cadena alimentaria, de tal forma que en cada operación de compraventa se tengan en cuenta los costes de cada eslabón. “Ese coste se analizará para cada operador, por lo que tanto los agricultores como las cooperativas deberán analizar y ser conocedores de sus costes” insistió UPA.

No obstante, es importante destacar que con la nueva Ley no se determinarán unos precios mínimos. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca publicará unos precios orientativos, pero al final lo que se tendrá en cuenta, lo que contará y lo que controlarán los inspectores será el precio y los coste que se establezcan en cada contrato entre el operador y el autónomo.

Se crea un fuerte régimen sancionador

Para que la Ley de la Cadena Alimentaria suponga el verdadero cambio que los miles de autónomos y ganaderos demandan, la normativa contempla la creación de un “fuerte” régimen sancionador. Ésta, defendieron, es la única forma de lograr cambiar un comportamiento. A través de ella no sólo se controlará que no se estén realizando ventas a pérdidas y que se está cumpliendo con el mecanismo explicado para establecer los precios del sector, sino que también se podrán, y esto es una novedad, hacer públicas las sanciones impuestas a las empresas.

De tal manera que todas aquellas entidades que no cumplan con la Ley, serán multadas “y todo el mundo podrá saberlo. Lo que puede suponer un perjuicio a nivel de imagen, que que hará que muchos se lo piensen antes de seguir abusando” dijeron desde la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA).

En concreto, las sanciones que contempla la Ley de Cadena Alimentaria son las siguientes:

  • Comprar un producto por debajo de su coste: multa de 3.000 a 100.000 euros.
  • Para los reincidentes: de 100.000 a 1 millón de euros.

Asimismo, también se refuerzan las sanciones que ya se imponían, pero se eleva su grado. Ahora se considera sanción grave la no formalización por escrito de los contratos alimentarios, así como no incorporar el precio como cláusula en el mismo y su referencia a los costes de producción. También se tipifican como graves la destrucción de valor en la cadena y realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos.

Según una guía de UPA sobre la nueva Ley, “entre 2014 y 2019, la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha impuesto casi 2.000 sanciones, por un importe aproximado en multas de 11 millones de euros […] Con las modificaciones aprobadas, la mayor parte de estas sanciones ya se calificarían como graves y por tanto las cuantías hubieran sido mucho mayores”.

Será obligatorio hacer contratos

Para que se puedan realizar fehacientemente el control de precios en el sector, la normativa obliga a hacer contratos. Según un documento informativo elaborado por la Unión, “la nueva Ley aporta seguridad jurídica en las operaciones de compraventa. El responsable de pagar un precio justo será siempre el comprador. Esto se ha hecho así para proteger al eslabón más débil: el agricultor o ganadero. Por ello, todas las operaciones deberán hacerse con un contrato por escrito en el que figure el precio y el plazo de pago, que viene determinado además por la Ley: 30 días para frescos y 60 para no perecederos”.

De hecho, como ya se ha comentado, será considerado como sanción muy grave no establecer los contratos por escrito. Si bien, se establecen también una serie de casuísticas excluyentes para esta obligación:

  • Las realizadas entre agricultores y/o ganaderos.
  • Aquellas que supongan menos de 2.500 euros.
  • Cuando se entregue a la cooperativa.
  • Cuando se realice el pago en efectivo en el momento de la transacción (Que recordemos está limitado a 1.000 euros).

No obstante, como incidieron los expertos, “la cláusula de destrucción de valor en la cadena se aplica a todos los casos”. De hecho, UPA señala en este aspecto a AICA y a las Comunidades autónomos “son ellas las que deben vigilar y hacer cumplir la Ley. Ahora tenemos los mecanismos, es el momento de ponerlos a prueba y proteger de una vez por todas a los pequeños y medianos agricultores en España” expresaron