Los abogados fiscalistas afirman que podrían minorar el IRPF y el Impuesto de Sociedades

Los autónomos podrán deducirse las pérdidas de una ciberestafa pero sólo si presentan estas pruebas

Los autónomos deben probar que han sido víctimas de una ciberestafa para deducir la pérdida en la RENTA.

Después de confirmar que los autónomos víctimas de una ciberestafa pueden deducir estas pérdidas en la RENTA, la Dirección General de Tributos (DGT) matizó esta posibilidad. Siempre deberá demostrar las pérdidas aportando estas pruebas.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha respondido recientemente una consulta en la que establece que los autónomos que hayan sido víctimas de una ciberestafa deben justificar sus pérdidas para poder deducirlas en la declaración de la RENTA. Se trata de una aclaración que se produce después de que Hacienda abriese la puerta, hace unos meses, a que los trabajadores por cuenta propia puedan minorar estas cantidades de su base imponible.

Ante esta respuesta de Tributos, los abogados fiscalistas consultados por este diario repasaron las pruebas que Hacienda suele pedir para verificar que los autónomos fueron víctimas de una ciberestafa y que, por tanto, puedan deducir en la RENTA las pérdidas sufridas. Por ejemplo, los cargos del banco o la denuncia que presentaron ante la policía.

Se trata de una aclaración importante para miles de autónomos, en un contexto en el que los fraudes y estafas digitales a los autónomos no paran de aumentar. En este sentido, algunos informes apuntan a que el 96% de los pequeños negocios han sido objetivo de los ciberdelincuentes en el último año.

Con esta respuesta, Tributos vuelve a admitir la deducibilidad en la RENTA de las pérdidas por una ciberestafa, si bien restringe esta posibilidad a los casos en los que los autónomos puedan aportar pruebas al Fisco en caso de comprobación.

Hacienda permite deducir las pérdidas de una ciberestafa, pero los autónomos deben contar con pruebas

La consulta de Tributos alude al caso de un autónomo que fue víctima de una ciberestafa en noviembre de 2023 donde perdió alrededor de 9.000 euros. Después de presentar la correspondiente denuncia ante la Policía Nacional, se consiguió averiguar que los delincuentes vivían en un país asiático, fuera del control de las autoridades europeas.

Ante esta situación, el trabajador por cuenta propia consultó a Hacienda si es posible computar esta pérdida patrimonial en su base imponible del IRPF. Tributos admite ahora la deducción en la RENTA, aunque exige una justificación “adecuada”.

Además, según recordó la DGT, las pérdidas ocasionadas por una ciberestafa deben deducirse de la base imponible general del IRPF. “Si el saldo es negativo, puede compensarse con otras rentas generales hasta un 25% del saldo positivo de esas rentas”, explicaron.

Ante esta respuesta, José María Salcedo, abogado fiscalista y socio del despacho Salcedo Tax Litigation, explicó a este diario que, en estos casos, “Hacienda siempre hace lo mismo”. En primer lugar, valoran “si es posible integrarlo en la RENTA, y en cuanto a la forma de probarlo, remiten a cualquier medio de prueba admitido en derecho.”

¿Qué pruebas deben aportar los autónomos para demostrar que han sido víctimas de una ciberestafa?

Así, si bien las pérdidas derivadas de una ciberestafa pueden deducirse en la RENTA, los autónomos deben demostrar al Fisco que efectivamente han sido víctimas de un fraude. “Si no, cualquiera podría imputar una pérdida en la RENTA alegando que ha sido víctima de una ciberestafa”, aclaró José María Salcedo.

Sobre este asunto, Tributos aclaró que, para poder demostrarlo, los autónomos deben guardar y presentar, llegado el caso de una comprobación, cualquier tipo de prueba admitida en derecho, tal y como se recoge en el artículo 106 de la Ley General Tributaria (LGT).

Entre otras, el abogado fiscalista explicó a este medio que estas pruebas deben ser, “esencialmente, la denuncia presentada ante la policía y cualquier tipo de información que sirva para demostrar el rastro del dinero, como por ejemplo los recibos bancarios”.

Los negocios también podrían deducir las pérdidas por una ciberestafa en el Impuesto de Sociedades

Aunque la respuesta de la DGT sólo se refiere a la deducción de las pérdidas de una ciberestafa en el IRPF, el abogado fiscalista afirmó a este diario que, en la mayoría de los casos, los negocios “también podrían deducirse las cantidades que perdieron en un fraude en el Impuesto de Sociedades”.

Una aclaración importante, teniendo en cuenta que los ciberataques a los negocios se están multiplicando, con métodos cada vez más sofisticados y difíciles de detectar para las pymes. Así lo aseguraron diferentes estudios publicados recientemente, en los que se apunta que alrededor del 96% de los pequeños negocios han sido objetivo de los ciberdelincuentes en los últimos 12 meses.

El correo electrónico del negocio y los servidores alojados en Internet son las principales entradas para los ciberdelincuentes

Así lo muestra, por ejemplo, un reciente informe publicado por Hiscox, en el que se asegura, además, que dos tercios de las empresas han notado un incremento de los ciberataques hacia sus dispositivos en el último año.

Estos datos ponen de relieve la existencia de importantes brechas en las defensas de los negocios, que suelen ser aún más comunes en las de menor tamaño, por contar con menos recursos. A pesar de que muchos autónomos luchan por invertir adecuadamente en el talento, las herramientas y las estrategias necesarias para protegerse contra estas amenazas en constante cambio, siguen existiendo numerosos desafíos.

Asimismo, entre los principales canales de entrada para los ciberdelincuentes en los pequeños negocios, el correo electrónico sigue siendo el más utilizado para cometer un fraude, seguido de los servidores ubicados en la nube, donde cada vez más autónomos guardan los datos del negocio.