El contador vuelve a "cero" si se realiza alguna modificación o rectificación

¿Durante cuánto tiempo Hacienda puede multar a los autónomos si no guardan los datos sobre su Renta?

Hacienda podría multar con hasta 6.000 euros a los autónomos que no guarden su Renta durante cuatro años
A pocos días de que dé comienzo la campaña de la Renta, conviene que los autónomos conozcan las consecuencias de no mantener a buen recaudo la documentación que acredite la información incluida en la declaración.

A lo largo de cada año, y con el fin de detectar cualquier inconsistencia fiscal, la Agencia Tributaria realiza miles de comprobaciones e investigaciones tanto a los trabajadores por cuenta propia como a las empresas, independientemente de cuál sea su tamaño. 

Para ello, se utilizan dos métodos: las inspecciones y los requerimientos. Las inspecciones son las más temidas, ya que pueden implicar visitas sorpresa, pero son las menos habituales. No obstante, los requerimientos son muy frecuentes. El pasado año, por ejemplo, Hacienda realizó más de un millón.

En estas comprobaciones, los técnicos de la Agencia Tributaria solicitan todo tipo de información sobre impuestos y declaraciones, incluida la de la Renta. No guardar durante el tiempo establecido la Renta y la documentación relacionada con la misma puede implicar una importante sanción, que puede llegar a alcanzar los 6.000 euros

A pocos días de que dé comienzo la campaña de 2023, conviene conocer qué obligaciones tienen los autónomos -o cualquier contribuyente- en lo que respecta a este trámite.

Hacienda tiene cuatro años desde su presentación para solicitar información 

Tal y como explicó una experta fiscal de la asesoría TaxDown, por norma general, Hacienda tiene cuatro años para revisar y comprobar todos los importes de la declaración presentada. “Se podría decir que la declaración de la Renta prescribe a los cuatro años desde que finaliza el plazo de presentación voluntario”, destacó. A esto se lo conoce como “prescripción”. 

Es decir, un autónomo que presente la declaración, por ejemplo, el 30 de junio -día en que finaliza el periodo voluntario de la campaña de la renta-, deberá guardar a buen recaudo toda la documentación relativa a la misma hasta el 30 de junio de 2027

Esta es la regla general, pero debe tenerse en cuenta que este plazo puede variar en el caso de se que se haya paralizado el proceso, se hayan realizado correcciones, o se hayan presentado declaraciones complementarias. 

“En estos casos se interrumpe la prescripción y vuelve a comenzar de nuevo el periodo de cuatro años, desde la última modificación. Por lo que Hacienda tendría el contador otra vez a cero y tendría otros cuatro años para revisar”, explicó la experta fiscal. 

Dado que Hacienda tiene cuatro años para requerir información sobre la declaración, los autónomos tienen también cuatro años para realizar cualquier corrección en la misma o presentar una declaración complementaria. 

Por tanto, si, por ejemplo, dos años después de haber presentado la declaración -en junio de 2025-, el autónomo detecta un error en la información aportada, podrá modificarlo sin ningún impedimento. No obstante, el contador volverá a ponerse a cero y, por tanto, Hacienda tendrá hasta junio de 2029 para solicitar un requerimiento al trabajador por cuenta propia. 

El autónomo puede ser sancionado si no dispone de la información requerida

La mayoría de los conceptos que se incluyen en la declaración de la renta no precisan el envío de la justificación de los mismos, es decir, no se necesita entregar ningún justificante cuando se presenta dicha declaración.

Sin embargo, Hacienda tiene la potestad de solicitar en cualquier momento -dentro de los cuatro años siguientes- dichos justificantes, con los que se deberá demostrar que los datos introducidos en la declaración anual son correctos. “Que Hacienda requiera información no tiene por qué implicar nada malo”, señaló la experta fiscal. Simplemente, añadió, hay que tener toda la información guardada y a mano.

En el caso de que la Agencia Tributaria lleve a cabo un requerimiento, solicite documentación relativa a la renta presentada y no se tenga dicha información y, por tanto, no se puedan aportar los documentos requeridos, “la ley establece sanciones muy diferentes, que pueden oscilar entre los 150 euros y los 6.000 euros”, explicó la experta fiscal de TaxDown. 

Según destacó, además de mantener a buen recaudo la propia declaración de la renta, hay que guardar toda aquella documentación que justifique toda la información incluida en la misma, como certificados; movimientos bancarios; facturas que hayan dado derecho a ayudas; contratos; justificantes de pérdidas; o rendimientos de inversiones, entre otros. 

“Básicamente, hay que conservar todos los justificantes que confirmen que los datos que se han puesto en la declaración son ciertos y así hayamos podido aplicar todas deducciones y beneficios fiscales de forma correcta”, explicó la experta.

¿Cómo debe actuar un autónomo ante un requerimiento? 

El plazo habitual que da Hacienda para responder a un requerimiento es de 10 días hábiles, que empiezan a partir del día siguiente al de la recepción del correo. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los sábados, domingos y días festivos se consideran inhábiles.

En cualquier asunto relacionado con Hacienda es fundamental mostrar predisposición, ya que una actitud colaborativa "es la más adecuada para no agrandar el problema" y aminorar consecuencias.

Por ello, en el momento en el que llega un requerimiento de Hacienda, el autónomo debe analizar con detenimiento toda su documentación fiscal y contable. Esto servirá para anticiparse a cualquier riesgo, por muy pequeño que sea. Aunque no haya nada que ocultar, puede haber errores involuntarios en la documentación que, por muy pequeños que sean, no por ello dejan de ser sancionables.

Si se han realizado algunas operaciones especiales, con un impacto en lo que a tributos y otros aspectos se refiere, es recomendable analizar en profundidad todas esas acciones para conseguir anticiparse a los posibles riesgos fiscales. Y, si hubiera errores, corregirlos cuanto antes. Es importante buscar apoyo en expertos en la materia para asegurar que todo el proceso se desarrolla de forma correcta y que no quedan asuntos pendientes que puedan dar como resultado errores importantes.