La Agencia dice que es el importe mínimo para sancionar

Hacienda está multando con 300 euros a autónomos por errores que costarían 20

Hacienda está sancionando a los autónomos con un mínimo de 300 euros por cometer algunos errores leves en la presentación de sus impuestos, pese a que estas multas pecuniarias ascenderían en realidad de 20 euros. 

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Hacienda está multando con 300 euros a autónomos por errores que costarían 20

“Siento que se está cometiendo una injusticia. Aunque reconozco mi error, me parece exagerado que me cobren 300 euros por una multa, que la propia Agencia Tributaria establece que es de 20 euros”, afirmó Sara Alameda, una autónoma que acaba de ser sancionada por la Agencia Tributaria y que no da crédito a lo que le acaba de ocurrir.

Su caso no es el único. De hecho, es una situación habitual con la que lidian muchos asesores fiscales y que es consecuencia directa de la aplicación de la normativa tributaria, concretamente del artículo 198. Según explicó Domingo Gallego, asesor fiscal de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), “los errores a nivel fiscal, por muy ínfimos que sean, se suelen pagar muy caros. Hacienda no perdona erratas, ni presentar los formularios fuera del plazo establecido y por todo ellos impone una sanción”.

En concreto, el error que cometió Alameda fue no presentar a tiempo el Modelo 180, referente a la declaración informativa de los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. “Otros años no he tenido problema con este modelo porque tenía contratada una gestoría. Pero, este año, debido a la situación generada por la crisis económica derivada de la Covid-19, no he podido seguir contado con ellos”, reconoció esta autónoma. Quien se defendió explicando que, pese a no presentar el modelo anual informativo, sí que cumplió en tiempo y pago con la presentación del Modelo 115 de Retenciones e ingresos a cuenta y rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

Sin embargo, el desconocimiento y el haber cumplido anteriormente con los modelos trimestrales no fue suficiente para que Hacienda perdonase su error. La AEAT comunicó a esta autónoma que le imponía una sanción de 20 euros por el error cometido. Pero que, como la cuantía mínima que cobra Hacienda por este tipo de infracciones es de 300 euros, estaba obligada a abonar dicha cantidad, que puede quedar en 225 euros si lo abona dentro del periodo de pago voluntario.

Por tanto, la AEAT le multó y ahora tiene que abonar los 300 euros de sanción, por una multa que, en realidad, sólo sería de 20 euros, ya que la sanción mínima imponible, sea cual sea el importe de la multa. “No la he pagado aún, pero tengo intención de hacerlo próximamente. Aún así voy a reclamar o escribirles, porque me parece muy injusto que cobren casi quinces veces más de lo que deberían", dijo Sara Alamada.

Los motivos por los que Hacienda le multó 

Esta autónoma contó que a finales del mes de marzo, poco después de iniciarse el primer Estado de Alarma, recibió una notificación de Hacienda informándole  de que no había presentando la declaración informativa correspondiente al Modelo 180. “Fue una propuesta de sanción lo que recibí en marzo, pero la semana pasada recibí la multa ya firme”, aseguró. 

Según se expone en la carta que recibió de Hacienda, y a la que ha tenido acceso este diario, el Fisco considera que “ha cometido una infracción tributaria y que motivó la iniciación del expediente, siendo responsable de la misma”.

Asimismo, la AEAT precisa en el documento que le impone una sanción de 20 euros por el error cometido. Pero que, sin embargo, como la cuantía mínima que cobra Hacienda por este tipo de infracciones es de 300 euros, le obligan a abonar dicha cantidad, que puede quedar en 225 euros si cumple con el periodo de tiempo voluntario.

“Yo entiendo que he cometido un error y me parecería razonable pagar los 20 euros de multa. Pero 300 euros es demasiado, y más en estos momentos”, lamentó Alameda.

¿Por qué 300 euros y no 20 euros?

La razón de la diferencia entre la cuantía real de la sanción por el error cometido y la multa finalmente impuesta por la Agencia Tributaria está en el artículo 198 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Y en la que se recogen las infracciones tributarias por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico. La norma señala que “cuando constituye infracción tributaria no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones, así como los documentos relacionados con las obligaciones aduaneras, siempre que no se haya producido o no se pueda producir perjuicio económico a la Hacienda Pública. La infracción prevista en este apartado será leve”.

En este sentidlo, la ley establece que las infracciones cometidas en los artículos 93 y 94 de la norma (y en el que se recoge la obligación a presentar los modelos informativos), “la sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros”.

Es decir, aunque el error cometido sea pequeño y se penalice con 20 euros, al ser la cuantía mínima de sanción 300 euros por infracción, será éste el importe final que tenga que abonar el contribuyente afectado.

Es muy común en las declaraciones informativas

Para el asesor fiscal de ATA, Domingo Gallego, el modus operandi de Hacienda en estos casos no es el correcto y considera que se está lucrando a costa de los errores más pequeños de los trabajadores por cuenta propia. “Son muchos los autónomos que cometen este tipo de fallos, sobre todo porque algunos no tienen o no pueden contratar a un gestor o un asesor que les ayude y les mantenga al día de sus obligaciones fiscales”, detalló.

Además, comentó que es muy frecuente que ocurra con los modelos informativos -justamente lo que le ocurrió a Alameda -: “suele pasar con los resúmenes informativos. Muchos son conscientes del modelo que tienen que presentar para hacer el pago de sus impuestos, pero no saben que al final del ejercicio hay que presentar otro modelo informativo. Y se encuentran, sin saberlo, con que han incurrido en un infracción y que Hacienda les ha multado por un simple fallo”.

Otro error frecuente que cometen los autónomos y que, a juicio de Gallego, es injustamente sancionado, es cometer una errata a la hora de cumplimentar un modelo.