Las subvenciones se pueden solicitar hasta el próximo 2 de septiembre

La Comunidad Valenciana convoca ayudas para cubrir la baja maternal de las autónomas que esperan un hijo

La Comunidad Valenciana ha abierto la convocatoria para que las mujeres autónomas que van a ser madres soliciten ayudas para cubrir su baja por maternidad.
La Comunidad Valenciana convoca ayudas para cubrir la baja maternal de las autónomas que esperan un hijo

La Comunidad Valenciana ha convocado subvenciones destinadas al apoyo del mantenimiento del trabajo de las mujeres autónomas que estén esperando un hijo. Según el extracto de la convocatoria, las ayudas están destinadas a la contratación de personas desempleadas que las sustituyan al frente de la actividad durante su baja maternal

El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 150.000 euros y podrán beneficiarse las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción. Así, mediante el abono de la subvención a estas autónomas, se busca que “puedan transferir el conocimiento necesario” que posibilite la continuidad de la actividad. 

Las ayudas ascienden a las siguientes cuantías: 

  • En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros. 
  • En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros. 
  • Los importes indicados en el apartado se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer. 
  • Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda. 

Las solicitudes para la ayuda deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación, siendo la fecha límite de presentación de solicitudes el próximo 2 de septiembre de 2024. 

En caso de que la contratación hubiera tenido lugar antes de la publicación del extracto, el plazo de dos meses comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las mujeres autónomas que en el momento de la contratación se encuentren embarazadas o en proceso de adopción, debiendo acreditar la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos. 

Quedan excluidas las socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como las mujeres integrantes de comunidades de bienes y autónomas colaboradoras. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las mujeres que no se encuentren al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 

¿Qué requisitos exige esta ayuda?

Para poder conceder la subvención a las personas solicitantes se requerirá

  • Que la contratación se haya efectuado a partir del 1 de enero de 2024 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma. 
  • La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo, manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, hasta su contratación. El requisito no se dará por cumplido si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral. 
  • La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusivo, o su equivalente cuando se trate de las parejas de hecho

Las ayudas pueden solicitarse en el siguiente enlace.