Exoneraciones públicas de hasta 20.000 euros

Requisitos para que los autónomos logren acceder a la nueva quita de deudas con Hacienda y Seguridad Social

Los autónomos que inicien un concurso de acreedores podrían lograr quitas de hasta 10.000 euros de sus deudas con Hacienda y otros 10.000 euros con Seguridad Social. Éstos son los requisitos para acceder a la nueva exoneración.
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Requisitos para que los autónomos logren acceder a la nueva quita de deudas con Hacienda y Seguridad Social
Requisitos para que los autónomos logren acceder a la nueva quita de deudas con Hacienda y Seguridad Social

Los autónomos que inicien de ahora en adelante un concurso de acreedores podrían acceder a quitas de hasta 10.000 euros de sus deudas pendientes con Hacienda y de otros 10.000 euros con Seguridad Social. El Congreso de los Diputados dio luz verde la semana pasada a la reforma de la ley concursal, que incluye varias novedades en estos procesos y especialmente en la parte que afecta a la Ley de Segunda Oportunidad. 

Uno de los cambios de mayor calado para los autónomos es que, a partir de la entrada en vigor de esta reforma -que ya ha sido aprobada por el Parlamento y está a expensas de publicación el BOE- será posible por primera vez que queden exonerados de sus deudas públicas con un límite total de 20.000 euros. Esto supone una importante novedad para el colectivo, ya que hasta la fecha tenían que acudir a la vía judicial para que se les liberara de las obligaciones con Hacienda o Seguridad Social, que son precisamente las más habituales entre los trabajadores por cuenta propia cuando atraviesan problemas económicos. 

El nuevo límite que ya está reconocido y con el que los autónomos podrían quedar liberados de parte de sus deudas con la Administración está enmarcado en la Ley de Segunda Oportunidad, que ha sufrido algunos cambios en esta reforma concursal.  Sin embargo, "la mayoría de los requisitos que deben cumplir los trabajadores por cuenta propia para acceder a la nueva exoneración han quedado más o menos intactos y serían muy similares a los que ya estaban vigentes para las quitas de deuda privada", explicó Juan Carlos Robles, presidente de Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas (CGE).

Requisitos para que los autónomos puedan acceder a quitas de sus deudas con Hacienda y Seguridad Social

Según Robles, la diferencia más importante de estas nuevas quitas respecto a las que ya estaban previstas es que, cuando el acreedor es Hacienda o la Seguridad Social, las exoneraciones de las deudas que tienen los autónomos serán sólo de un 50% del total adeudado con la Administración y sin poder superar 10.000 euros por entidad. Es decir, que el trabajador por cuenta propia sólo podría alcanzar el máximo de 20.000 euros de exoneración de deudas públicas si tuviera obligaciones pendientes por valor de más de 20.000 euros con Hacienda y de más de 20.000 euros con la Seguridad Social. 

Además, al haber sido reconocida hace escasos días la posibilidad de exonerar deudas públicas, "hay que tener en cuenta que no se podrán obtener quitas por concursos que ya se hubieran producido antes de la entrada en vigor de la ley de la reforma concursal", apuntó el Presidente del REFOR del Consejo General de Economistas (CGE), Juan Carlos Robles.

Exceptuando estas dos condiciones especiales a las deudas públicas, los demás requisitos, según Robles, serían similares a los que se exigen para acceder a cualquier quita de deuda privada. Éstos son:

Haber iniciado previamente un concurso de acreedores:

La Ley de Segunda Oportunidad y el concurso de acreedores son dos mecanismos inseparables. Sin haber iniciado un concurso de acreedores, un autónomo no puede lograr una quita de sus deudas ni con la Administración, ni con otro acreedor. Este concurso permite certificar la insolvencia del negocio.

Una de las novedades más importantes a este respecto "es que ya no será necesario liquidar todos los bienes para poder acceder a la segunda oportunidad. Si el autónomo necesita, por ejemplo, una nave para trabajar, puede presentar un plan de pagos a futuro con el que se compromete a saldar sus deudas y acceder igualmente a las quitas de parte de sus obligaciones", explicó el presidente del REFOR de CGE.

Además, se va a poner en marcha un procedimiento específico y muy sencillo para negocios de menos de 10 empleados, que se realizará a través de un test digital y que el empresario deberá autocompletar.​

 Haber pagado los créditos 'contra la masa' y los 'privilegiados'

Los autónomos que quieran beneficiarse de la exoneración de deudas públicas -o cualquier otra quita- tendrán que haber pagado los créditos contra la masa, que son todos los que se generan después del concurso de acreedores,  y también los créditos privilegiados, que son el tipo de deuda que tiene mayor preferencia a la hora de cobrar el dinero pendiente. Estos últimos son normalmente los que tienen  vinculado algún bien del deudor (la casa, el coche, etc.) como garantía en caso de impago

 Haber pagado como mínimo un 25% de los créditos ordinarios. 

El autónomo tendrá que haber abonado ya, como mínimo, un 25% del total de sus créditos ordinarios, es decir los que no son privilegiados ni contra la masa, si quiere acceder a una quita. 

No tener condenas por delitos económicos o similares 

Otro de los requisitos más importantes para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad es que el deudor, en este caso el autónomo, no haya sido declarado culpable por delitos económicos o sociales. ni tampoco tenga condenas previas por delitos contra: patrimonio, falsedad documental, Hacienda Pública, Seguridad Social o derechos de los trabajadores. Se tendrán en cuenta los últimos 10 años

No haber acudido a la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años previos

Los autónomos que quieran acceder a una exoneración de deudas con Hacienda y Seguridad Social, o con cualquier otro proveedor tampoco podrán haber recurrido a este mecanismo en los diez años previos a la solicitud.  

No haber rechazado una oferta de empleo en los cuatro años previos

Otro requisito, que habitualmente no va dirigido a los autónomos sino a los asalariados, es que no se haya rechazado una oferta de empleo considerada adecuada a las capacidades de la persona deudora durante los últimos cuatro años. Lo habitual es que si el autónomo no accede al paro de los asalariados, no vaya a recibir este tipo de ofertas por parte del SEPE.

La norma no frenará el aluvión de concursos en septiembre

Septiembre será convulso. Todas las previsiones dicen que será a partir de ese mes cuando todos los negocios que estaban sujetos a la moratoria concursal, que finalizó el pasado 30 de junio y que no tenían la obligación de declararse en concurso, abran el procedimiento. Y todo parece indicar que la avalancha prevista se seguirá produciendo a pesar de la validación de la nueva Ley Concursal. 

El Registro de Economistas Forenses (REFOR) ha llevado a cabo una comparación de los concursos iniciados por autónomos y personas físicas antes y después de la pandemia. La organización ha constatado que se han multiplicado por siete entre 2019 y 2022.

Así, mientras que en el segundo trimestres de 2019 el número de autónomos que abrió un concurso de acreedores fue 112, en el segundo trimestre de 2022 el dato se ha elevado hasta 746. Los economistas forenses prevén que la cifra siga creciendo durante este invierno.