Si deben más de 600.000 euros y pagaron menos de un 10% en plazo

El Gobierno publicará una lista de miles de empresas que pagan tarde sus facturas a los autónomos

El Consejo de Ministros aprobó la semana pasada la creación del nuevo Observatorio Estatal de la Morosidad Privada. Esta entidad servirá, entre otras cosas, para crear anualmente un listado donde se publicarán los nombres de los negocios que pagan tarde las facturas a sus proveedores.
Close-up of economist using calculator while going through bills and taxes in the office.
El Gobierno publicará una lista de miles de empresas que pagan tarde sus facturas a los autónomos
El Gobierno publicará una lista de miles de empresas que pagan tarde sus facturas a los autónomos

El Consejo de Ministros aprobó la semana pasada el Real Decreto 439/2024, de 30 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa, y se regula el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada. Esta entidad servirá, entre otras cosas, para publicar anualmente un listado que incluya a miles de negocios que no pagan en plazo las facturas a sus proveedores, la mayoría autónomos y pymes.

Según el observatorio de morosidad de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), casi la mitad de las facturas en España se pagan fuera de plazo. El periodo medio de pago supera los 80 días, 20 días más del plazo legal permitido.

Por primera vez, con la creación de esta norma, habrá un listado que recoja y publicite el nombre de todos los negocios que incumplen el plazo legal de pago a sus proveedores, independientemente de que éstos hayan comunicado el impago o no. Hasta ahora, este mecanismo de presión sólo existía para los grandes deudores con la Agencia Tributaria, pero no en el sector privado.

Los negocios que no paguen a tiempo a los autónomos se incluirán en el nuevo listado a partir del año que viene

Según el Real Decreto 439/2024, el observatorio que se acaba de crear elaborará el listado de empresas privadas que hayan incumplido los plazos de pago legales, que actualmente son de 30 días, prorrogables a dos meses., 

Este listado de empresas se elaborará anualmente, a fecha de referencia 31 de diciembre del año anterior, a partir de la información de pago efectivo completo de facturas proporcionada por el organismo de la Administración pública encargado de la gestión de la solución pública de facturación electrónica. 

Distintas fuentes expertas apuntaron a este diario que, previsiblemente, el listado se comenzará a publicar en el primer trimestre de 2025, con la información recabada a finales de este año.

Esta información estará en manos de Hacienda gracias a la nueva Ley Crea y Crece, que extenderá pronto la obligación para todos los autónomos y pymes de emitir facturas electrónicas cuando facturen a otros negocios. En estas facturas se incluirá y actualizará el estado de pago.

Además, el nuevo listado incluirá la razón o denominación social completa de la empresa, su número de identificación fiscal, el código CNAE de su actividad principal y el importe total de las facturas pendientes de pago cuyo plazo legal se haya superado.

El listado no podrá incluir a autónomos persona física ni microempresas

Por otro lado, según apunta el Real decreto, el listado no podrá referirse a personas físicas o empresarios a título individual. Por lo tanto, no se podrían incluir en esta lista a trabajadores por cuenta propia que no estén constituidos como sociedad, independientemente de sus facturas impagadas..

Esta lista tampoco podrá incluir a sociedades con personalidad jurídica que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

Distintos expertos confirmaron a este diario que estos negocios que quedan excluidos y no podrán aparecer en el listado son fundamentalmente, negocios que no superen los 50 empleados y con un volumen de negocios inferior a ocho millones.

¿Qué negocios podrán ser incluidos en el listado y cómo se les identificará?

Para aparecer en el listado que elaborará cada año el Gobierno, los negocios tendrán que cumplir, además, las siguientes condiciones.

  • Que a 31 de diciembre del año anterior el importe total de facturas impagadas dentro del plazo establecido supere el importe de 600.000 euros
  • Que el porcentaje de facturas pagadas por la empresa durante el ejercicio anterior incumpliendo el periodo máximo de pago sea superior al 90%
  • Que se trate de sociedades con personalidad jurídica que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

Según explica el nuevo decreto, una vez haya acabado el ejercicio -en este caso 2024-, durante el primer trimestre de cada año, Hacienda proporcionará a la Secretaría del Observatorio la información necesaria para la elaboración del listado.

Recibidos los datos, la Secretaría del Observatorio elaborará una propuesta de resolución que incluya el listado de empresas en las que concurran las condiciones para aparecer, como no ser una pequeña empresa o tener pendientes de pago más de 600.000 euros en facturas a proveedores.

Esta propuesta de inclusión en el listado provisional será notificada a los negocios afectados, que dispondrán de un plazo de diez días para formular alegaciones y aportar documentos.

Las alegaciones sólo podrán ser de exclusivamente a la existencia de errores materiales, de hecho o aritméticos en relación con los requisitos establecidos legalmente, o bien a los pagos efectuados por el deudor, debiéndose aportar, en este caso, justificación fehaciente de dichos pagos.

Otras funciones del nuevo observatorio de la morosidad que afectarán a los autónomos y pymes

Además de crear el listado y publicitar a los negocios con retrasos en el pago de sus facturas, el nuevo observatorio también tendrá otras funciones como:

  • El seguimiento de la evolución de los periodos medios de pago y la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas, en aplicación de la regulación europea y nacional, teniendo en cuenta la legislación sectorial aplicable en cada caso.
  • La elaboración del informe anual sobre la situación de los plazos de pago y de la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas
  • La elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas comerciales, campañas de concienciación, formación e información, con el fin de contribuir a generar una cultura de pagos responsable, incluyendo referencias a las mejores prácticas de los países de nuestro entorno.
  • Avanzar en el diagnóstico, análisis y evaluación de los efectos que se derivan de las malas prácticas de pago (dificultades financieras e insolvencia), así como de los indicadores, metodologías y fuentes de información (a partir de datos estadísticos, encuestas, entrevistas, etc.), priorizando los sectores con peor comportamiento de pago.
  • Promover la adopción de sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje y el estudio de instrumentos financieros que permitan una mejor gestión de los pagos.

Además, anualmente el Observatorio tendrá la facultad de formular propuestas de actuación a las Administraciones públicas competentes y recomendaciones a los agentes intermedios y agentes sociales y a los pequeños negocios para mejorar la situación de la morosidad en las operaciones comerciales del sector privado.