Todos los supuestos: las reducciones pueden superar los 3.000 euros

¿Cómo y cuánto pueden deducirse este año en la RENTA los autónomos con familia numerosa?

Este 2024 se han introducido nuevos supuestos para que los autónomos puedan ser reconocidos como parte de una familia numerosa, lo que les permitirá acceder a deducciones en la declaración de la RENTA, que pueden superar los 3.000 euros.
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¿Cómo y cuánto pueden deducirse este año en la RENTA los autónomos con familia numerosa?
¿Cómo y cuánto pueden deducirse este año en la RENTA los autónomos con familia numerosa?

En plena campaña de la RENTA, muchos autónomos todavía se están preparando para presentar sus declaraciones de IRPF. En esta liquidación, como cada año, los autónomos tendrán que presentar sus ingresos y también podrán aplicar algunas deducciones que reducirán la base imponible final sobre la que tendrán que tributar.

Una de estas deducciones que se pueden aplicar es la de familia numerosa. Existen diferentes supuestos en los que se puede considerar que un trabajador por cuenta propia pertenece a una familia numerosa, y dependiendo de en cual se encuentre el contribuyente, la deducción será de menor o mayor cuantía, pudiendo superar los 3.000 euros, en casos como el de las familias numerosas con seis hijos o más.

Desde la entrada en vigor, en noviembre de 2023 de la nueva Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosa, se introducen novedades en cuanto al concepto de familia numerosa que incluyen supuestos como el de los hogares monoparentales o familias reconstruidas tras procesos de divorcio. Además, se equipara a las familias tradicionales a aquellas con hijos en situación de acogida o tutela.

De este modo, se reconocen nuevos supuestos que pueden dar lugar al reconocimiento de la condición de familia numerosa como, por ejemplo, hogares formados por una madre o padre divorciados o separados con tres hijos o más, aunque no exista convivencia, siempre que dependan económicamente de quien solicite la tutela. O situaciones como las de los huérfanos independientes económicamente, pero bajo situación de tutela o acogimiento.

Las deducciones en la RENTA por familia numerosa pueden superar los 3.000 euros

Al realizar la declaración de la RENTA, las familias numerosas tienen derecho a deducciones en su IRPF, de manera que podrán pagar menos impuestos. Estas deducciones se pueden dividir entre los responsables de la unidad familiar o, en su lugar, uno de los progenitores (o responsables) pueden ceder el derecho al otro, que será el que reciba íntegramente el importe de la deducción. En caso de que quiera cederse este derecho, deberá reflejarse en la declaración de la RENTA.

Cuantías de las deducciones:

  • Familia numerosa general: 1.200 euros.
  • Familia numerosa especial: 2.400 euros.
  • Cada hijo que supere el mínimo de hijos exigido para ser considerada familia numerosa general o especial, respectivamente: 600 euros más.

Según se refleja en la página de la Seguridad Social, “por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, los importes anteriores se pueden incrementar hasta 600 € anuales.”

Es decir, en el caso de las familias numerosas de categoría general con cuatro hijos se sumarían 600 euros a los 1.200 y percibirían 1.800 euros. Y a las familias numerosas con más de cinco hijos también se sumarán 600 euros por cada hijo de más.

De este modo, si, por ejemplo, se diese el caso de una familia con siete hijos, tendrán el máximo de deducción en la RENTA por familia numerosa especial, 2.400 euros, a los que se sumarían 600 euros por cada hijo que supera al mínimo de cinco hijos necesario para ser considerada familia numerosa. En este caso, esta familia tendría derecho a una deducción de 3.600 euros.

¿Qué familias tienen derecho a la deducción de familia numerosa?

Existen dos categorías de familia numerosa: familia numerosa general y familia numerosa especial.

Familia numerosa general:

  • Familias con tres o cuatro hijos, sean o no comunes.
  • Familia monoparental, por viudedad, con dos hijos.
  • Familias monoparentales o no, con dos hijos, y al menos uno de ellos con discapacidad o incapacidad para trabajar.
  • Familias con dos hijos en las que los dos padres (o tutores) tienen algún grado de discapacidad o en las que uno de ellos tiene 65% de discapacidad.
  • Familias con tres hijos o más, dependientes económicamente aunque vivan fuera de casa, y uno de los padres separados o divorciados.
  • Dos hermanos huérfanos e independientes económicamente, pero que vivan en situación de acogida o tutela.
  • Tres o más hermanos huérfanos, mayores de 18 años, uno de ellos con discapacidad, que estén conviviendo y que uno dependa económicamente del otro.

Familia numerosa especial:

  • Familias con cinco hijos o más.
  • Familias con tres hijos y dos de ellos con discapacidad o incapacidad.
  • Familias con cuatro hijos y uno de ellos con discapacidad o incapacidad.
  • Familias con cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento múltiple.
  • Familias con cuatro hijos con ingresos inferiores al 75% de SMI (Salario Mínimo Interprofesional)

También hay que tener en cuenta que cada hijo con una discapacidad superior o igual al 33% o con incapacidad para trabajar (incapacidad permanente absoluta o gran invalidez) contará como dos para determinar la categoría de familia numerosa a la que se pertenece.

Es decir, una familia que tan solo tenga dos hijos pero uno de ellos tenga discapacidad o incapacidad será considerada familia numerosa de categoría general. Y, por ejemplo, una familia con tan solo tres hijos pero con dos ellos son discapacidad será considerada como familia numerosa de categoría especial.

Reconocimiento de la condición de familia numerosa

Para solicitar este reconocimiento se deberá solicitar el título oficial que lo acredita, si se cumplen los supuestos arriba mencionados. La expedición de este título corresponde a la Comunidad Autónoma en la que se reside, pero tendrá validez a nivel nacional.

Además, la renovación deberá solicitarse en los plazos establecidos y asimismo su revisión en caso de que cambien las situaciones que dieron lugar a su expedición.