Los Administradores piden agilizar los procesos

El Gobierno podría aprobar en breve la reforma de la Ley Concursal que condonaría las deudas públicas

El Gobierno podría aprobar en un mes la reforma de la Ley Concursal en la que se incluiría la condonación de las deudas con la Administración.

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El Gobierno podría aprobar en breve la reforma de la Ley Concursal que condonaría las deudas públicas

El Gobierno tiene previsto reformar en breve la Ley Concursal para trasponer la directiva Europea que promueve la posibilidad de que al autónomo se le condone sus deudas con Hacienda y Seguridad Social en el caso de insolvencia. De hecho, el presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac), Diego Comendador, señaló que, “según los rumores” la reforma podría estar lista "el mes que viene". Para esta misma reforma, los administradores piden a su vez, que se lleven a cabo nuevas modificaciones para profesionalizar su trabajo y acelerar los concursos de acreedores.

Según fuentes oficiales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la reforma de esta ley, orientada hacia la Ley de Segunda Oportunidad (una norma que ayuda a los negocios a reemprender sin deudas), se ha recogido marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, y "es una de las cuestiones que se pretende reformar y modificar para hacer la ley de Segunda Oportunidad más eficiente". Además, confirmaron que "es algo que ya se ha transmitido a Bruselas". No obstante, Comendador recordó que “el Gobierno tendría de plazo para hacerlo hasta julio de 2021, con opción a prórroga de un año”.

La trasposición de la Directiva Europea 2019/1023 que permite la condonación de las deudas de un autónomo con la Seguridad Social o con Hacienda supondrá el salvavidas para muchos autónomos que, aún habiendo cerrado su negocio por quiebra, siguen soportando como un lastre sus deudas con la Administración lo que les impide rehacerse como autónomos. Además de esta ley, según los expertos, la conocida sentencia del Tribunal de Justicia Europeo refuerza la norma de Segunda Oportunidad resaltando que las deudas se deben cancelar en caso de que la persona física se declare insolvente, ya sean con una empresa o con la propia Administración. Toda esta normativa es especialmente importante para los autónomos, ya que en la mayoría de los casos de cierre las deudas más difíciles de afrontar son en materia de impuestos y cotizaciones, es decir, con la Seguridad Social y con el Fisco.

Así, desde Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), señalaron que "lo más seguro es que el Ejecutivo agilice la reforma. Cuando se terminen las ayudas por la pandemia, muchos negocios se verán obligados a presentar un concurso de acreedores, y si no cambian las bases actuales de la norma, muchos cerrarán pero seguirán cargando con sus deudas". 

Cada vez más jueces están condonando las deudas públicas

Precisamente gracias a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se dictó que las deudas con la Hacienda y Seguridad Social también deben ser exoneradas, los jueces de lo Mercantil están fallando en esa misma línea y consideran que las deudas fiscales o en materia de cotizaciones, no deben tener un privilegio especial en los procedimientos concursales de la Ley de Segunda Oportunidad. El aumento de estas sentencias de condonación de deudas con la Administración, supone un atisbo de esperanza para todos aquellos autónomos que veían frustrados sus intentos de emprender un nuevo negocio o continuar con su actividad, debido a las deudas acarreadas con los organismos públicos.

Por lo tanto, si bien es cierto que actualmente en la normativa española de la Ley Concursal la exoneración de los créditos públicos sigue sin incluirse, "si un autónomo va a juicio o entra en un procedimiento judicial puede acceder a la sentencia del Supremo y conseguir la condonación de esa deuda", aseguró Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA.

El Banco de España recomendó la exoneración de las deudas con la Administración

Ya en noviembre, el Banco de España lanzó un mensaje a la Administración, recomendando permitir que algunos autónomos puedan librarse de las deudas públicas para facilitar su recuperación. Para tratar de hacer frente a la difícil situación económica de los negocios tras la pandemia, el organismo recomendó al Gobierno una serie de mejoras en la Ley Concursal, que calificó ya entonces de "poco eficiente" a la hora de liberar a los negocios de sus deudas o poner punto y final a la actividad. 

En este sentido, el banco supervisor señaló que el hecho de que sea tan complicado librarse de las deudas públicas "hace que el plan de pagos que sigue a la liquidación de un negocio sea bastante exigente para el empresario". Por ello, según Hernández de Cos, sería recomendable poner en marcha un mecanismo con el que los acreedores públicos, especialmente Hacienda y la Seguridad Social, se involucren e incentiven las reestructuraciones de deuda, aceptando quitas incluso mayores que los acreedores privados en determinadas circunstancias.

Las propuestas de los administradores para mejorar la Ley Concursal

La reforma de la Ley Concursal no solo afecta a los trabajadores por cuenta propia en general, sino también a los autónomos que ejercen la profesión de administradores concursales. Por ello, Aspac presentó al Gobierno una serie de propuestas a incluir en la reforma de la Ley, desde la profesionalización de su trabajo, hasta la necesidad de agilidad y eficacia de los concursos de acreedores.

Con el fin de "desatascar" la labor de los trabajadores de los juzgados mercantiles, proponen que las tareas hasta ahora realizadas en sede judicial pasen a encomendarse a los administradores concursales. Por ejemplo, el informe del administrador, incidentes concursales, el convenio, el plan de liquidación o ofertas recibidas. En este sentido, el administrador concursal podría comunicar simultáneamente el informe al juzgado y a todos los acreedores. "Si parte de esos trámites pasasen a ser realizados por los administradores se agilizarían de manera muy importante los plazos, la duración de los concursos y, en consecuencia, mejoraría en gran manera la eficiencia de los procedimientos y el nivel de recuperación de los acreedores", explican desde Aspac.

Asimismo, abogan por la simplificación de la solicitud del concurso de acreedores mediante un acto confesorio, y dedicar una especial atención a los negocios viables, de manera que después del concurso puedan retomar la actividad.

Esto es algo en lo que coincide el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, quien aseguró que "aun cuando una empresa presenta un concurso de acreedores y consigue librarse de sus deudas, sus probabilidades de viabilidad en el mercado laboral son demasiado escasas". Es por ello que el gobernador de la entidad propone modificar la Ley Concursal y establecer “procedimientos administrativos ágiles y simplificados, que mejoren la eficiencia de los procesos de reestructuración, insolvencia y alivio de la carga financiera”. El problema, en palabras del supervisor, es que los concursos de acreedores en España se utilizan poco por las empresas en general, y todavía menos por los autónomos y pequeños negocios -que son la mayoría-, ya que "suelen ser procedimientos largos, costosos y que casi siempre terminan en la liquidación de las empresas"

Necesitan que se profesionalice su trabajo

Los administradores concursales son alrededor de 12.000 autónomos que, según el presidente de la Asociación, "están viviendo uno de los peores escenarios posibles". Desde que se modificó la Ley en 2015 "hay una grave indefinición sobre la figura del administrador concursal. Aunque la ley recoge una serie de supuestos y sistemas de nombramientos, no están desarrollados reglamentariamente y, por tanto, no están en vigor”, explicó Diego Comendador. "Esto hace que cualquiera pueda ejercer esta profesión".

De ahí que pidan la implantación del estatuto del administrador concursal o la creación de un examen de acceso a la profesión, y mientras no haya examen, "una disposición transitoria: que se habiliten para ser administradores concursales a aquellos que hayan llevado un determinado número de concursos de persona jurídicas tal que garantice su formación, su preparación y, en síntesis, su capacidad para desempeñar su tarea de manera tal que garantice un óptimo desarrollo del procedimiento", concluyeron.