Fueron exonerados dos veces por error

Miles de autónomos que han solicitado el cese de actividad tendrán que devolver una cuota a la Seguridad Social

La Seguridad Social exoneró este mes, por defecto, a todos los autónomos que cobraron el cese de actividad hasta mayo. Sin embargo, los que han vuelto a solicitar las ayudas han recibido también una devolución de la cuota por parte de su mutua y ahora deben, al menos, 250 euros a la Tesorería.
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Miles de autónomos que han solicitado el cese de actividad tendrán que devolver una cuota a la Seguridad Social

Ante la duda, la Seguridad Social y las mutuas han optado por exonerar dos veces la cuota a más de 200.000 autónomos que hasta ahora no se sabía si iban a solicitar las nuevas ayudas por cese de actividad. Como ya avanzó este diario, la Tesorería cobró este mes, por defecto, a todos los autónomos que percibieron el cese de actividad hasta el 31 de mayo un 10% de su cuota, aunque muchos de ellos han vuelto a solicitar las ayudas y deberían haber estado exentos de cotizar.  

En un principio, lo que cabía pensar es que los autónomos que sí pidieron las nuevas ayudas tendrían que solicitar a la Seguridad Social que les devolviera ese 10% de su cuota que habían pagado por el mes de junio, siendo que estaban exonerados. No obstante, según pudo saber este diario, las mutuas han pagado una cuota entera junto a la prestación a todos los autónomos a los que les había sido reconocida la ayuda por cese de actividad, siendo que éstos sólo habían abonado una pequeña parte de sus cotizaciones de junio.

Por tanto, habría alrededor de 200.000 autónomos a los que, según los datos de la Seguridad Social les ha sido reconocida la prestación en junio, y ahora, están en deuda con la Tesorería, ya que ésta les habría exonerado dos veces por error la cuota de un solo mes: en un primer momento han tenido un 90% de exención como todos los demás autónomos que cobraban el cese hasta mayo -todos pagaron un 10%, sólo 28 euros si se cotiza por la mínima-, y ahora las mutuas también les han devuelto su cuota entera a los que han pedido el cese de actividad. Esto deja un saldo a deber por parte de los autónomos a la Tesorería de alrededor del 90% de la cuota, 250 euros, si cotizan por la mínima, . 

Los autónomos tendrán que devolver, al menos, 250 euros de cuota a la Tesorería 

Según confirmaron fuentes de la Seguridad Social a este diario, todo se debe al diseño de las ayudas por cese de actividad. En la mayoría de modalidades -exceptuando la prestación extraordinaria por cierre de actividad y la de para autónomos de temporada-, en realidad, el autónomo primero tiene que pagar su cuota, y después la mutua le devuelve estas cotizaciones que había pagado junto a su prestación. 

El problema es que "la comunicación entre la Tesorería y las mutuas no es instantánea, ya que son entidades diferentes. Esto ha provocado que los autónomos a los que les haya sido reconocida la POECATA o la nueva prestación por bajos ingresos sólo pagaron el 10% de su cuota y la mutua les ha devuelto el 100% de su cuota, como si hubieran abonado sus cotizaciones al completo. Cuando la Tesorería contraste la información con las entidades colaboradoras, regularizará ese dinero que se les ha pagado de más", explicaron las mismas fuentes de la Administración.

Por ello, los más de 133.000 autónomos que han percibido la nueva ayuda por bajos ingresos y los más de 96.000 que han logrado acceder a la POECATA, lo más seguro, es que deban a la Seguridad Social un mínimo de 250 euros (el 90% de la cuota mínima). Si cotizan más, esta cuantía lógicamente será mayor. 

También puede suceder al contrario: que la Seguridad Social deba dinero a los autónomos

Sin embargo, matizaron las mismas fuentes de la Tesorería, esta situación no es la única posible. "Habría otras dos posibilidades". Por ejemplo, los autónomos que estén en modalidades de cese de actividad en las que las mutuas no devuelven a los autónomos la cuota, sino que directamente el trabajador por cuenta propia está exonerado desde el primer momento y no tiene que abonar sus cotizaciones.

En este caso, sería la Seguridad Social la que deberá devolver ese 10% de la cuota que pagaron los autónomos en el mes de junio, siendo que deberían haber estado exonerados al 100% y no tendrían que haber pagado nada por sus cotizaciones.

Éste sería el caso más minoritario de los tres, pero aún con todo afectaría a los 1.360 autónomos que cobraron este mes la prestación extraordinaria por cierre del negocio, y también de los 1.000 que percibieron la prestación extraordinaria para autónomos de temporada.  

En el caso de que así sea, y el autónomo haya solicitado antes del 21 de junio el cese de actividad y, aún con todo, haya tenido que pagar un 10% de su cuota,  la Seguridad Social tiene previsto en su web un apartado específico para la "devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales".

En ese apartado, el autónomo puede solicitar la devolución de estos ingresos indebidos y también consultar el estado de tramitación de su solicitud, tanto si se ha efectuado a través de este medio como si ha sido presentado ante la Administración de la Seguridad Social.

Se puede acceder a ella mediante SMS, usuario y contraseña, certificado digital y Cl@ve.  Para solicitar esta devolución, tan sólo es necesario cumplimentar el formulario electrónico y anexar, en su caso, los documentos que acompañan la solicitud. 

Así, de forma opcional, el autónomo podrá adjuntar la siguiente documentación, que no podrá superar los 10 mb:

  • Documentación que justifique el derecho a la devolución: sentencias, nóminas, resoluciones administrativas o, en este caso, el reconocimiento por parte de la mutua de la prestación.
  • Documento de apoderamiento para actuar en nombre de un tercero. Será necesario adjuntarlo en el caso de actuar en nombre de un tercero, como puede ser el caso del gestor que tramite la devolución de su cliente autónomo.

Una vez realizado el trámite, el autónomo recibirá un "justificante de la solicitud" en formato PDF. Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, se recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión habrá que realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios. 

Los demás estarían 'en paz' con la Seguridad Social

Por último, el tercer caso posible sería el de los más de 250.000 autónomos que vinieran percibiendo hasta el mes de mayo el cese de actividad, pero que hayan decidido no solicitar esta vez las nuevas ayudas. En este caso, la exoneración aplicada del 90% sería la correcta y ni deberían a la Seguridad Social, ni ésta les debería a ellos.

Estos trabajadores por cuenta propia tienen derecho durante los próximos meses en su cuota de la Seguridad Social a exoneraciones decrecientes:

  • El 90% de la cuota de autónomos del mes de junio (sólo pagarán un 10%)
  •  El 75% de la cuota de autónomos del mes de julio (pagarán un 25%)
  • El 50% de la cuota de autónomos del mes de agosto (abonarán la mitad de su cuota)
  • El 25% de la cuota de autónomos del mes de septiembre (pagarán el 75% de sus cotizaciones)  

De este modo, los autónomos que cotizan por la base mínima tendrán que abonar en junio tan sólo 29 euros; en julio 72 euros; en agosto 145 euros; y en septiembre 216 euros.