Es el autónomo el que debe cancelar la deuda

Queda un mes para pagar los impuestos aplazados por COVID-19 sin intereses

Los autónomos que se acogieron al aplazamiento de los impuestos del primer trimestre a raíz del coronavirus pudieron posponer sus obligaciones fiscales durante seis meses a contar desde mayo, es decir, hasta el 20 de noviembre. Sin embargo, si no quieren pagar intereses, deberán cancelar ellos mismos la deuda antes del 20 de septiembre. 

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Queda un mes para pagar los impuestos aplazados por COVID-19 sin intereses

Los autónomos que se acogieron al aplazamiento de impuestos a raíz del COVID-19 tienen hasta el próximo día 20 de septiembre para pagar su deuda sin intereses. El Gobierno puso en marcha varias medidas para paliar el impacto de la crisis en el colectivo y una de ellas fue la posibilidad de posponer el pago de las autoliquidaciones del primer trimestre, como IVA o Impuesto de Sociedades - entre otros- a todos aquellos autónomos y pymes que facturasen por debajo de los 600.000 euros anuales. 

El Gobierno amplió, por un lado, el calendario para todos los contribuyentes y el periodo voluntario para presentar estas autoliquidaciones se alargó automáticamente hasta el 20 de mayo. Además, por otro lado, también se dio la posibilidad de realizar un aplazamiento y pagar estos impuestos del primer trimestre, en vez de en el mes de mayo, seis meses después, es decir, el 20 de noviembre.

Así pues, los autónomos pudieron aplazar los pagos que tuvieran pendientes entre enero y marzo con las retenciones e ingresos a cuenta de los modelos de retenciones trimestrales a trabajadores o empresarios (111); de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles (115). También los Pagos fraccionados del IRPF (modelo 130 y 131), los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades (modelo 202) y la declaración trimestral de IVA (modelo 303).

Esto supuso un pequeño balón de oxigeno para los trabajadores por cuenta propia y pequeños negocios, que pudieron contar con algo de liquidez durante los peores meses de la crisis. Sin embargo, de aquí al próximo mes, aquellos que se acogieron al aplazamiento deberán solicitar una carta de pago y devolver la deuda a través de la propia plataforma de la Agencia Tributaria o, con un impreso, en su entidad financiera, si no quieren pagar intereses. 

Hasta el 20 de septiembre para no pagar intereses

A partir del 20 de septiembre, aunque la deuda seguirá en plazo, empezarán a añadirse intereses de demora. La medida que puso en marcha el Gobierno permitía un aplazamiento de seis meses de las deudas en periodo voluntario. La cuestión es que esta moratoria se hizo en un único plazo de seis meses y sólo los cuatro primeros están exentos de intereses. 

Es el autónomo el que debe cancelar la deuda

Esto significa que tiene que ser "el propio contribuyente el que cancele su deuda de forma parcial o total antes de que pasen los cuatro primeros meses para no tener que hacer frente a intereses", comentó Domingo Gallego, asesor jurídico y fiscal. Así, si un autónomo pidió aplazar su liquidación del IVA el pasado 20 de mayo, se le pasará el cargo el próximo día 20 de noviembre y no el 20 de septiembre. Para no pagar intereses, tendrá que ser él mismo el que cancele antes del 20 de septiembre. 

En la misma línea, desde la página web de la AEAT explicaron que "si el solicitante se acoge a este aplazamiento, con independencia del plazo que haya solicitado y sin necesidad de modificar su solicitud, se le concederá un plazo de 6 meses desde la fecha límite de ingreso en voluntaria, con los 4 primeros meses sin intereses, si cumple los requisitos establecidos. Si quiere pagar antes, podrá hacer lo mismo que en cualquier aplazamiento o fraccionamiento ordinario, obtener carta de pago y pagar. Si lo hace antes de los 4 meses, no devengará intereses". 

¿Cómo cancelar la deuda pendiente?

A través de la gestión de aplazamientos es posible acceder a la situación y plazos de dichas moratorias. Dentro de la Sede Electrónica, situado en "Trámites destacados" se encuentra la opción "Aplazamiento y fraccionamiento de deudas" desde donde se podrá llevar a cabo la gestión.

Dependiendo del estado en el que se encuentre la solicitud de aplazamiento, se podrá enviar un requerimiento, ver el acuerdo que informa de la concesión o denegación del mismo, acceder a la carta de pago, al pago mismo y conocer si la solicitud se ha dado por finalizada.

Para acceder es necesario identificarse con el certificado electrónico del obligado tributario. Es posible filtrar la búsqueda de solicitudes de aplazamiento mediante el código de solicitud y/o la fecha de presentación. Aparecen todas las solicitudes de aplazamiento del obligado al pago que están en situación de que el formulario pueda ser presentado por Internet.

Aquellas solicitudes para las que se ha emitido y consta notificado ya un acuerdo, al hacer clic en el número de acuerdo, se muestran otras opciones disponibles que dependen del resultado del acuerdo. En este caso, como el acuerdo de aplazamiento estaría concedido, aparecerá las opciones "Ver resolución" y "Pagar".

En estas pestañas, el autónomo puede tanto realizar el pago de forma telemática tras haber realizado la carta de pago como imprimir dicha carta y abonarlo a través de su entidad financiera. 

¿Y si no se pagara antes del 20 de septiembre?

Los autónomos tienen algo más de un mes para abonar todo lo que hubieran aplazado de las deudas del primer trimestre fiscal. En caso de que no lo hicieran, no habría sanciones ni penalizaciones por retraso, pues el aplazamiento es de seis meses y estarían todavía en periodo para pagar.

Sin embargo, tal y como aseguraron fuentes de la Agencia Tributaria a este digital, "a partir del cuarto mes, tendrán que abonar, además de la deuda, intereses de demora. La cantidad de intereses dependerá de cuándo pague el autónomo. Si lo hace todo en el quinto mes, lógicamente, serán menos intereses que si espera al sexto. También depende, claro, de la cantidad de deuda. El interés de demora es del 3,75% y gira sobre los días que pasan entre el fin del periodo voluntario (20 de mayo) y el momento del vencimiento, dependiendo de cuándo pague, si en el quinto o sexto mes". 

Más de 600.000 autónomos y pymes se beneficiaron

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, anunció durante la rueda de prensa posterior al consejo de ministros celebrado a finales del mes de mayo, que ampliaría un mes más, de tres a cuatro, el tiempo de aplazamiento de impuestos exento de intereses.  

Además, la ministra aprovechó en su comparecencia para comentar que el aplazamiento tributario había dado muy buenos resultados y que, por eso, el Gobierno decidió dar un mes más de mora sin intereses. De hecho, la portavoz del Ejecutivo afirmó que, en aquel momento, se habían recibido 1.016.688 solicitudes de aplazamiento, lo cual habría beneficiado a 638.652 autónomos y pymes, dando como resultado un importe aplazado total que sobrepasa los 3.031 millones de euros.

En virtud de los datos confirmados por la ministra de Hacienda, se puede intuir que fueron, al menos, 638.652 autónomos y pequeños negocios los que se beneficiaron de la medida del Gobierno.