Subvenciones para autónomos en localidades de menos de 5.000 habitantes

Navarra pone en marcha nuevas ayudas para traspasar negocios en pequeños municipios

La Comunidad Foral de Navarra ha puesto en marcha subvenciones para cubrir los gastos derivados del traspaso de negocios a aquellos autónomos que continúen con el relevo de la actividad. Para ser beneficiario, el negocio debe estar situado en localidades de menos de 5.000 habitantes. 
El municipio de Elizondo y río Baztán en Navarra.
Navarra pone en marcha nuevas ayudas para traspasar negocios en pequeños municipios

El gobierno de Navarra ha lanzado una línea de subvenciones para apoyar a la bolsa de relevo de negocios en el territorio. Para ello, se ha reservado una partida presupuestaria para este 2024 destinada a facilitar el relevo generacional en negocios que presenten dificultades y que estén ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes. 

Así, esta ayuda, que mantendrá abierta su plazo de solicitudes hasta el 30 de noviembre de este año, cubrirá gastos abonados en concepto de traspaso a aquellos que adquieran un negocio ubicado en los municipios que no superen la población delimitada, a fin de fomentar la continuidad de los pequeños negocios. 

Por tanto, podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas trabajadoras autónomas que sucedan, al frente de una actividad económica por cuenta propia, al titular o titulares, siempre que los negocios estén inscritos en la bolsa de relevo de negocios del Servicio de Trabajo y que reúnan estos requisitos

  • Estar inscritas en la Bolsa de relevo de negocios del Servicio de Trabajo al momento de firmar el contrato de transmisión del negocio.
  • Contar con al menos cinco años de antigüedad.
  • Formalizar un acuerdo de transmisión de negocio efectiva en el periodo comprendido entre el 1 noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024 -incluidos-.
  • Hallarse de alta en el impuesto sobre actividades económicas de la localidad donde vayan a desarrollar la actividad económica o en caso de actividades agrarias, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de conformidad con el Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio.
  • Hallarse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

Gastos que se pueden cubrir con la subvención

Una vez cumplidos estos requisitos, la ayuda financiará parcialmente los gastos que se deriven de la transmisión del negocio, donde se incluyen, entre otros:

  • El precio estipulado en el acuerdo de transmisión de negocio debidamente formalizado.
  • Gastos notariales y registrales.
  • Gastos de asesoría jurídica o financiera.
  • Gastos periciales.
  • Gastos de alquiler del negocio del local, y/o medios productivos necesarios para el negocio.
  • Otros gastos derivados de la transmisión del negocio.

Esta subvención se tramitará en régimen de evaluación individualizada, siendo tramitados y resueltos conforme al orden de presentación de solicitudes, y mientras se disponga de crédito presupuestario para ello.

Según las bases de la convocatoria, el importe de la subvención se calculará en función del número de habitantes de la localidad donde se encuentre el negocio transmitido, y corresponderá al 70% del presupuesto de gastos justificados, según los límites máximos relacionados en la siguiente tabla: 

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Documentación que tendrán que presentar los autónomos para solicitar la ayuda

La documentación requerida para solicitar la ayuda, que se tramitará mediante Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, será la siguiente:

  • Formulario de solicitud
  • Declaración responsable de no estar incurso o incursa en ninguna de las prohibiciones previstas (artículo 13 de la Ley Foral 11/2015, de Subvenciones).
  • Acreditación del alta en el RETA de la Seguridad Social o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Acreditación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o en el Régimen de Exportaciones Agrarias.
  • Acreditación de una antigüedad mínima de 5 años en el negocio traspasado.
  • Acuerdo de transmisión del negocio, debidamente formalizado. 
  • A través del trámite Consulta de cuentas y pagos se puede indicar la cuenta bancaria en la que se desea que se haga el abono de la subvención, y que sustituye al anterior impreso de “Solicitud de abono por transferencia” que se debía presentar en la solicitud de las subvenciones.
  • En su caso, copia de las facturas de los gastos subvencionables detallados en la base 2 y sus justificantes de pago,  a nombre de quien solicita la ayuda.
  • En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 5.1.b).