Se abre una oportunidad para que haya más negocios en los municipios

La nueva regulación para que ayuntamientos y otras entidades creen puntos de atención al emprendedor

Se acaba de publicar el Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento administrativo de adquisición y pérdida de la condición de Punto de Atención al Emprendedor. Está, pues, en fase de audiencia e información pública hasta el 11 de octubre.

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Los Puntos de Atención al Emprendedor generan mucha actividad económica en una localidad.
La nueva regulación para que ayuntamientos y otras entidades creen puntos de atención al emprendedor

Se acaba de publicar el Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento administrativo de adquisición y pérdida de la condición de Punto de Atención al Emprendedor (PAE). Está en fase de audiencia e información pública, en la que se pueden presentar aportaciones para mejorar el proyecto. Hasta el 11 de octubre, queda abierta esta posibilidad de enviar alegaciones al Proyecto de orden por el que se regula el procedimiento administrativo de la adquisición y pérdida de la condición de Punto de Atención al Emprendimiento.

Según ha explicado el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a Autónomos y Emprendedores: "hasta ahora, las entidades públicas que querían adquirir la condición de Punto de Atención al Emprendedor (PAE) debían firmar un convenio de colaboración con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Por su parte los profesionales privados (gestores, asesores, abogados, economistas, etc.) debían ser miembros de un organismo (colegio profesional, agrupación de empresas, etc.), que hubiera firmado a su vez un convenio con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, con el consiguiente procedimiento administrativo poco ágil que requiere la firma de convenios.

El objetivo del Proyecto de orden por la que se regula el procedimiento administrativo de adquisición y pérdida de la condición de punto de atención al emprendedor es facilitar, agilizar y abrir la posibilidad que adquirir la condición de PAE a cualquier entidad pública o privada que cuente con los medios necesarios para ofrecer este servicio de información y asesoramiento a los emprendedores".

"El procedimiento para obtener la condición de PAE será muy sencillo, solo va a ser necesario presentar una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en la orden presentada mediante una solicitud electrónica (los requisitos no han cambiado y se resumen en contar con los medios materiales y humanos con experiencia para ayudar a los emprendedores).

La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME), previo a otorgar la condición de PAE, seguirá comprobando que el personal adscrito a la entidad solicitante cuenta con los conocimientos necesarios para ofrecer un servicio de información y asesoramiento de calidad a través de una prueba de conocimiento", añaden.

"Y en cuanto a la pérdida de la condición de PAE, puede ser voluntaria o de oficio cuando se dejen de cumplir los requisitos y obligaciones establecidos en la orden, o cuando el PAE no haya realizado un trámite (alta o cese de empresas o autónomos) en el plazo de dos años consecutivos. En cualquier caso, la entidad que pierda la condición de PAE podrá volver a solicitar en cualquier momento", puntualizan desde el Ministerio.

¿Qué son los Puntos de Atención al Emprendedor?

Los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) fueron creados en base al artículo 13 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización. Todos ellos constituyen una red llamada Red PAE, que está coordinada por la Dirección General de Industria y PYME y formada por más de 4.000 puntos físicos autorizados, públicos y privados, y alguno virtual.

Los PAE se encuentran distribuidos por toda la geografía española y están asistidos por más de 7.000 especialistas que impulsan a los autónomos que desean emprender de forma presencial y poner en marcha un negocio.

Hay dos tipos de Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE):

  • PAE de carácter público, que lo conforman las entidades pertenecientes o vinculadas al sector público (por ejemplo, Ayuntamientos o Agencias de Desarrollo); las Cámaras de Comercio; y las asociaciones o fundaciones del sector privado sin ánimo de lucro, cuyos fines estén relacionados con la atención a emprendedores.
  • PAE de carácter privado, donde se integran, por ejemplo, los colegios profesionales, las asociaciones de profesionales, las agrupaciones de empresas, etc.

Los Puntos de Atención al Emprendimiento ofrecen los siguientes servicios a los autónomos que quieren crear un nuevo negocio:

  • Información sobre las características, el marco legal, loa aspectos mercantiles más importantes, las ventajas fiscales, la contabilidad, los sistemas de tramitación y la normativa aplicable sobre las diferentes formas jurídicas de un negocio.
  • Ayuda y acompañamiento en la constitución del nuevo negocio como trabajador autónomo, mediante el sistema de tramitación electrónico unificado CIRCE, desarrollado por la Dirección General de Industria y de la PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE).
  •  Información sobre las ayudas e incentivos para la creación de negocios o que sean aplicables al desarrollo de proyectos emprendedores.
  • Información sobre el régimen de Seguridad Social que se pueden aplicar, criterios de adscripción, afiliación, cotización, etc.
  • Información sobre temas de interés general para los autónomos y los negocios, tales como financiación, fiscalidad, contratación laboral, internacionalización, investigación, desarrollo tecnológico e innovación, cooperación empresarial, etc.

¿Qué puede suponer y aportar la concesión de un PAE?

Los PAE son puntos gratuitos de información, ahora bien, hay servicios que pueden ser de pago para el autónomo y que, por tanto, constituyen una forma de ingreso para aquel organismo o entidad que desee solicitar la concesión de un Punto de Atención al Emprendedor. Estos se corresponderían a los cinco citados anteriormente con excepción del segundo punto. Es decir, la entidad que decida abrir un PAE y se lo concedan, tendrá la opción de prestar una serie de servicios mediante el pago de una tasa o precio establecido (previa información al autónomo emprendedor) y que se corresponderían los ya citados.

Ahora bien, como explican desde la Cámara de Comercio de Castilla-Mancha, “la concesión de un PAE no lleva aparejada una financiación. La entidad que lo solicite ha de contar con los recursos necesarios, es decir, un espacio diferenciado y un profesional o profesionales que atienda dicho espacio e informe a los emprendedores. Por parte de los ayuntamientos, se trataría de prestar un servicio adicional a los que ya ofrece, pero tiene el valor añadido de integrarse en la Plataforma CIRCE, además de atraer inversión a su localidad, contribuir a generar empleo y a generar actividad económica. Es una buena apuesta para dinamizar el conjunto de la sociedad”.

Y, como ya se ha mencionado, la opción de ofrecer algunos servicios que sean de pago. Todo ello hace que la concesión de un PAE resulte de interés para ayuntamientos y otras entidades, que, a su vez, supondrá una inversión económica y social para generar actividad en la zona.

Requisitos para adquirir la condición de PAE

Aquel organismo o entidad que quiera poner en marcha un Punto de Atención al Emprendedor debe cumplir con unos requisitos mínimos, que quedan resumidos así:

1) Deberá acreditar la disponibilidad de recursos materiales, humanos y otros recursos necesarios para la prestación del servicio y su compromiso de respetar las instrucciones de la Dirección General de Industria y Pyme (DGIPyme) en relación con la utilización del CIRCE y la tramitación del DUE.

2) Los recursos materiales necesarios para poder ser PAE son los siguientes:

a) Se ubicarán en locales o espacios adecuados para el desarrollo de sus funciones, garantizando a los usuarios unos niveles apropiados de comodidad y privacidad.

b) Para el cumplimiento de las funciones de tramitación, los PAE implantarán el sistema CIRCE, de acuerdo a las prescripciones técnicas publicadas en la web de la DGIPYME (www.paeelectronico.es).

c) Los locales o espacios elegidos para la ubicación de los PAE contarán con la infraestructura de comunicaciones y el equipamiento informático necesario para cumplir con los requerimientos y compatibilidades técnicas que el CIRCE requiera.

3. Para la prestación de los servicios de información y asesoramiento propios de los PAE, el personal adscrito tendrá los conocimientos necesarios para el desarrollo de sus funciones. La DGIPYME requerirá que el personal adscrito al PAE realice una prueba de conocimiento en el entorno de formación habilitado al efecto antes de autorizarlo a utilizar CIRCE.

La información sobre el Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento administrativo de adquisición y pérdida de la condición de Punto de Atención al Emprendedor se puede consultar en:

https://industria.gob.es/es-es/participacion_publica/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=633