Pueden aumentar en un 4% sus prestaciones por cada año de retraso

Los autónomos retrasan hoy su retiro el doble que hace cinco años: requisitos de la jubilación demorada

Los últimos datos de Seguridad Social muestran que el número de autónomos que deciden jubilarse más tarde de la edad ordinaria se ha multiplicado por dos en sólo cinco años. Éstos son los requisitos para acceder a la jubilación demorada.
Los requisitos para acceder a la jubilación demorada cambian este 2024.
Los autónomos retrasan hoy su retiro el doble que hace cinco años: requisitos de la jubilación demorada

Según los últimos datos publicados por la Seguridad Social, las nuevas altas en jubilación demorada se han incrementado hasta seis puntos desde 2019. Concretamente, un 10,70% de las nuevas altas de jubilación son demoradas, frente al 4,8% de 2019, mientras que las jubilaciones anticipadas han caído once puntos en tan solo un año. 

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado los datos unos días después de que la ministra, Elma Saiz, haya celebrado que las jubilaciones demoradas se hayan incrementado en los últimos años, haciendo que la edad media de jubilación comience a elevarse por encima de los 65 años, y defendió el papel de esta fórmula en la contribución a la sostenibilidad del sistema de pensiones, así como un método para “transmitir el conocimiento sénior, y combatir el edadismo”.

La jubilación demorada, que permite a los autónomos incrementar un 4% la cuantía de sus pensiones por cada año que retrasen su retiro, puede ser una opción de los trabajadores por cuenta propia que se jubilen después de haber cumplido los 65 o 66 años y seis meses -según el período cotizado- para este año 2024.

Los autónomos, de media, se jubilan casi un año y medio más tarde que los asalariados. La modalidad llamada jubilación demorada se está convirtiendo en un incentivo para que los trabajadores por cuenta propia puedan alargar su actividad al frente de sus negocios y cotizar a la Seguridad Social más allá de la edad ordinaria de retiro. Sin embargo la última propuesta del Gobierno podría perjudicar seriamente la otra alternativa de la jubilación activa, porque el Ejecutivo pretende ahora que los autónomos superen los 70 años de edad para poder cobrar el 100% de la pensión mientras mantienen su negocio.

¿Cómo cambian los requisitos para que los autónomos accedan a la jubilación demorada este año?

Las reformas de las pensiones están produciendo sus efectos en la edad efectiva de jubilación, que ha ascendido hasta los 65,1 años en el 2023. La hucha de las pensiones se está viendo beneficiada por el incremento en la modalidad de jubilación demorada, que, según Saiz, se ha ido incrementando en los últimos años mientras se están reduciendo las jubilaciones anticipadas. 

En ese sentido, Saiz también afirmó hace unos días, durante una entrevista en Canal Sur, que en el ámbito del diálogo social se está "trabajando" para fomentar los incentivos de aquellos que quieran prolongar su edad laboral en condiciones óptimas. 

Requisitos para los autónomos en 2024

Una de las grandes novedades para este 2024 en materia de pensiones es el aumento de la edad legal de jubilación para este año, establecida en los 65 o 66 años y medio, afectando con ello a los requisitos de los autónomos para acceder a la jubilación demorada, así como a la activa o la anticipada. 

La jubilación demorada es una de las alternativas que permiten a los autónomos mantener sus negocios. A cambio, los trabajadores por cuenta propia perciben un 4% en su pensión por cada año de más cotizado. En ese caso, presenta los siguientes beneficios:

  • Permite seguir trabajando y generando ingresos en el caso de aquellos autónomos que no han podido ahorrar suficiente para su jubilación.
  • Permite seguir cotizando a la Seguridad Social y, por tanto, generar derecho para las prestaciones. 

Para este 2024, los autónomos que quieran acogerse a la jubilación demorada deberán alcanzar este año los 65 años de edad -si tienen 38 años o más cotizados- o los 66 años y seis meses -si no llegan a los 38 años cotizados-. Por tanto, aquellos autónomos que decidan retrasar su jubilación este año, podrán percibir este complemento siempre que se jubilen, como mínimo, a los 66 años de edad -cuando hayan cotizado por más de 38 años- o a partir de los 67 años y seis meses -cuando hayan cotizado por menos de 38 años-. 

Además de este requisito principal, en 2024 se mantienen los siguientes requisitos fundamentales:

  • Haber cotizado un mínimo de 15 años en el RETA o el Régimen General.
  • Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria establecida para el año en curso.
  • En el caso de tener derecho a la pensión máxima, no habrá posibilidad de aumentarla con complementos por jubilación demorada.
  • A partir de los 70 años, el autónomo podrá continuar desarrollando su actividad, pero no acumulará más años de cotización.
  • La jubilación demorada no es compatible con otras modalidades de jubilación (flexible, activa, etc.).

El Gobierno quiere desincentivar la jubilación activa de los autónomos con empleados a cargo

Según la última propuesta del Gobierno a los agentes sociales para realizar cambios en la jubilación incluía una propuesta para eliminar la posibilidad de que los autónomos en jubilación activa cobren el 100% de sus pensiones, tengan o no un trabajador a su cargo.

La medida suprime el incentivo de tener contratado un trabajador para poder acceder al 100% de la pensión después de que el autónomo cumple la edad ordinaria de jubilación, una opción atractiva para los trabajadores por cuenta propia como método para evitar el cierre de su negocio -ya que la edad, en sí misma, también constituye un factor de penosidad-, mientras continúan cotizando a la Seguridad Social, -aunque ya se jubilan de media casi dos años más tarde que los asalariados-. 

Esta medida, por tanto, perjudicaría la viabilidad de muchos pequeños negocios, así como a la recaudación estatal en general y al empleo, como explicaron desde la Federación Nacional de Asociaciones Trabajadores Autónomos (ATA) a este diario. 

El acceso progresivo al 100% de la pensión de la propuesta establece, una vez transcurrido un año desde que se ha cumplido la edad legal de jubilación, el cobro del 30% de la pensión en jubilación activa; el cobro del 40% a los dos años; el acceso al 50% de la pensión a los tres años; el acceso al 75% de la pensión a los cuatro años; y alcanzados los cinco años, el cobro del 100% de la pensión

Este acceso progresivo mantiene el primer año de demora -haber transcurrido al menos un año desde que el beneficiario ha cumplido la edad ordinaria de jubilación- y permite, una vez pasado ese primer año, percibir solo el 30% de la pensión durante ese primer acceso. 

Esto provocaría, por tanto, que los autónomos tuvieran que esperar a superar los 70 años de edad para poder cobrar el 100% de la pensión en jubilación activa cuando tengan contratado un trabajador.