Actividades de nueva creación y emergentes

Impuesto de Sociedades: ¿Cuáles son los pequeños negocios que pueden acceder al tipo reducido del 15%?

Los pequeños negocios considerados "de reciente creación" o "emergentes" podrán tributar este año en el Impuesto de Sociedades a un tipo reducido del 15%. Éstas son las condiciones.
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Impuesto de Sociedades: ¿Cuáles son los pequeños negocios que pueden acceder al tipo reducido del 15%?
Impuesto de Sociedades: ¿Cuáles son los pequeños negocios que pueden acceder al tipo reducido del 15%?

Faltan menos de dos semanas para que comience la campaña de declaración anual del Impuesto de Sociedades. Las empresas de todos los tamaños tendrán que declarar entre el 1 y el 25 de julio sus cuentas de ingresos y gastos de 2022. Este año, el tipo general por el que tributarán la mayoría de los negocios seguirá siendo de un 25%. Sin embargo, hay algunas actividades que podrían tributar por tipos de hasta diez puntos menos.

Así lo recogen las tablas de tipos aplicables en el Impuesto de Sociedades actualizadas por la Agencia Tributaria para este ejercicio en base a los Presupuestos General del Estado (PGE). Según el artículo 68 de la ley 31/2022, que establece los presupuestos para este año, "el tipo general de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25 por ciento. No obstante, las sociedades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15%".

En paralelo, este mismo año también entró en vigor la ley 28/2022, de 21 de diciembre, de startups que amplía este tipo reducido del 15% a un nuevo perfil de beneficiarios: los negocios considerados "emergentes", es decir, actividades tecnológicas que también son de reciente creación. En este caso, podrán pagar este tipo reducido durante el primer año de actividad en el que hayan registrado ganancias y en los tres siguientes.

¿Qué negocios tienen derecho a pagar un tipo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades este año?

El primer grupo de beneficiarios que puede acceder a un tipo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades este año son los negocios de "reciente creación". Todos los negocios podrán optar a esta consideración en primer año en el que han obtenido resultados positivos y en el siguiente. Es decir, pagarán un 15% las empresas que hayan tenido por primera vez un resultado positivo o bien en 2022 o bien en 2023. 

Sin embargo, añade la ley, quedarán excluidos de la consideración de "reciente creación" los siguientes negocios:

  • Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 18 de esta ley y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
  • Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento.

También tributarán por un tipo del 15% los negocios "emergentes"

Como novedad, este año, la nueva ley de startups ha ampliado la reducción de un 15% en el tipo que deberán pagar las empresas en el Impuesto de Sociedades a aquellos negocios considerados "emergentes". Según dice la norma,  los contribuyentes que tengan la condición de empresa emergente tributarán al tipo del 15% en el primer período impositivo en que, teniendo dicha condición, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes.

Es decir, en este caso, los negocios que obtengan la consideración de "emergente", podrían tributar por un total de cuatro años al 15% a contar desde 2023. Si, por ejemplo, un negocio que cumpla los requisitos para ser considerado "startup" diera resultados positivos por primera vez este año, tributaría al 15% por sus ganancias no sólo en este ejercicio sino hasta 2026, siempre que en este tiempo mantenga la consideración de "emergente". En caso de que este año tuviera pérdidas y su primer ejercicio en positivo fuera 2024, el tipo reducido del 15% alcanzaría hasta 2027.

Según la nueva ley de startups, se considerará que una empresa emergente es innovadora "cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial o en el propio modelo de negocio".

Para ser considerada como tal, el negocio deberá cumplir algunos requisitos como: 

  • Ser de nueva creación  o que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general. Este plazo se puede ampliar a siete años en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.
  • No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.
  • Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  • El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. Esta consideración la otorgará la empresa Enisa
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.
  • No cotizar en un mercado regulado.
  • No podrán acogerse a los beneficios de la Ley aquellas empresas emergentes fundadas o dirigidas por una persona que no esté al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, haya sido condenada por sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, delitos de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, por delitos contra la Hacienda pública y la Seguridad Social, por delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales o por delitos urbanísticos así como a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 

Otros incentivos fiscales que se podrán aplicar este año los negocios considerados "emergnetes"

Además, la Ley de startups también prevé otros incentivos para estos negocios "emergentes". Por un lado, la Administración  les concederá durante los dos primeros años de actividad aplazamientos especiales, sin que sean necesarias garantías, en el pago de impuestos, Estos aplazamientos serán por un período de doce y seis meses, respectivamente, desde la finalización del plazo de ingreso en período voluntario de la deuda tributaria correspondiente a los citados períodos impositivos. Para disfrutar de este beneficio, será necesario que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en la fecha en que se efectúe la solicitud de aplazamiento y, además, que la autoliquidación se presente dentro del plazo establecido.

La nueva ley permite también a las startups utilizar hasta un 20% de sus acciones para la fórmula denominada "stock option", es decir, retribuir con participaciones a sus empleados. Además, se mejora la fiscalidad de estas fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones a los empleados elevando el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes.

Al año que viene todos los pequeños negocios podrán tributar a un tipo del 23%

En paralelo a estas medidas, a finales de 2022 el Gobierno puso en marcha un paquete de medidas que incluía una rebaja del Impuesto de Sociedades para los pequeños negocios persona jurídica. Aquellas actividades que facturen menos de un millón de euros se podrán beneficiar de una reducción de dos puntos del tipo nominal en el Impuesto de Sociedades a declarar en 2024, del 25% al 23%. Siempre y cuando, eso sí, no tengan derecho a una reducción mayor por ser empresa "emergente" o de "reciente creación", en cuyo caso se aplicará el tipo reducido del 15%.

Según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, esta reducción se empezó a aplicar en enero de este año y terminará, en principio, en diciembre. Por lo tanto, las pequeñas empresas que cumplan los requisitos establecidos por el Gobierno y logren acceder a esta rebaja pagarán menos en su declaración del Impuesto de Sociedades a presentar entre 1 y el 25 de julio de 2024. Será en ese momento cuando declaren los rendimientos obtenidos por su empresa a lo largo de este 2023.

Según las estimaciones proporcionadas por el propio Ministerio de Hacienda durante la presentación de la batería de medidas fiscales, serán 407.384 negocios los que se van a poder beneficiar en 2023 de esta rebaja impositiva, que les supondrá un ahorro medio en la liquidación del Impuesto de Sociedades a presentar en 2024 de  717 euros por empresa.  

El requisito principal para poder beneficiarse de esta reducción de impuestos no va a estar ligado al número de empleados que tenga la empresa -como cabría esperar- sino a su facturación. Tendrán que haber obtenido "una cifra de negocios inferior al millón de euros", es decir unos ingresos o facturación inferior a este límite