Pueden reducir más de 6.000 euros las cotizaciones de los próximos años

Cálculo de cuanto pueden ahorrar los autónomos por empleado con las nuevas ayudas a la contratación

Los autónomos tienen disponibles desde el pasado septiembre hasta veinte nuevas bonificaciones distintas por contratar a empleados. En algunos casos, podrán ahorrar más de 6.000 euros en las cotizaciones que pagan a la Seguridad Social.
Close-up of businessman examining business contract and signing it at the office desk
Cálculo de cuanto pueden ahorrar los autónomos por empleado con las nuevas ayudas a la contratación
Cálculo de cuanto pueden ahorrar los autónomos por empleado con las nuevas ayudas a la contratación

El pasado 6 de septiembre se puso en marcha un nuevo sistema de bonificaciones para la contratación de empleados por parte de los autónomos, pequeños negocios y empresas españolas. Desde ese momento, se crearon nuevas ayudas para contratar a determinados colectivos, se amplió la cuantía de otras que ya estaban en marcha y se eliminaron algunos antiguos incentivos que, según el Ejecutivo, fomentaban la contratación temporal y no la indefinida. 

Desde hace dos meses, los autónomos pueden acceder a bonificaciones por contratar a empleados en más de 20 supuestos distintos. Por ejemplo, podrán optar a incentivos por contratar a determinados colectivos como personas desempleadas o con capacidad intelectual límite, así como por transformar contratos temporales en indefinidos, entre otros.

La mayoría de estos incentivos suponen entre 100 y 150 euros al mes que podrá ahorrar el autónomo por cada nuevo trabajador que contrate en determinadas circunstancias. Sin embargo, en algunos casos estas ayudas  se pueden prolongar durante un total de cuatro años, por lo que el negocio podría dejar de pagar hasta más de 6.100 euros.

Según explicó Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons, las nuevas bonificaciones que ha puesto en marcha el Gobierno "siempre se aplican sobre la cotización que paga el autónomo por su trabajador a la Seguridad Social. El importe de estos incentivos lo resta directamente la Tesorería en el recibo de las cuotas sociales que carga cada mes en la cuenta bancaria del empresario. Además, la cuantía será siempre la misma, independientemente del salario bruto que tenga el trabajador".

Si, por ejemplo, el autónomo tiene a un empleado en el Salario Mínimo, en 2023 pagaría 1.220 euros en doce pagas más 475,65 euros por las cotizaciones. Esto significa que el coste total que asumiría sería de 1.735,65 euros al mes. Sin embargo, si este trabajador tuviera capacidad intelectual límite, durante los siguientes cuatro años se le restarían 128 euros al mes, por lo que tendría unos costes reales tras aplicar los incentivos de 1.607 euros al mes por este empleado.

¿Cuánto ahorran los autónomos al contratar a un empleado con cada una de las nuevas bonificaciones?

A continuación se recopilan las cuantías que ahorrarán los autónomos en cada una de las principales bonificaciones por contratar a un trabajador.

  • Contratos con personas desempleadas: ahorro de 110 euros al mes durante tres años

La contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación dará derecho a una bonificación en la cotización de 110 euros al mes durante tres años.

Cuando estos contratos se concierten con mujeres o con personas de 45 o más años, la bonificación indicada será de 128 euros al mes durante tres años.

  • Transformar contratos formativos o de relevo en indefinidos: ahorro de 128 euros al mes durante tres años

La transformación en indefinidos de contratos formativos al finalizar su duración, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización  de 128 euros al mes durante tres años. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 147 euros/mes.

Además, la transformación en indefinidos de contratos de relevo, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización de 55 euros al mes durante los tres años siguientes. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 73 euros/mes.

  • Prolongar contratos fijos-discontinuos en turismo y comercio y hostelería: ahorro de 262 euros al mes durante tres meses al año

Las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de las personas trabajadoras con contratos de carácter fijo-discontinuo, podrán aplicar en dichos meses una bonificación en la cotización, de 262 euros al mes.

  •  Contratar a una persona como indefinida o incorporar a una persona en prácticas como socio en la cooperativa o sociedad laboral : ahorro de 138 euros al mes durante tres años

La contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas por parte de la empresa donde las realice, ya sea a la finalización o durante el desarrollo de la misma, dará derecho a una bonificación en la cotización de 138 euros al mes durante un período máximo de tres años, salvo que la persona trabajadora contratada sea persona con discapacidad, en cuyo caso la bonificación podrá aplicarse durante toda la vigencia del contrato.

  • Contratos indefinidos con personas con capacidad intelectual límite: ahorro de 128 euros al mes durante cuatro años

La contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite dará derecho a una bonificación en la cotización de 128 euros al mes durante cuatro años.

Se consideran personas con capacidad intelectual límite aquellas personas inscritas en los Servicios Públicos de Empleo como demandantes de empleo no ocupados que acrediten oficialmente, según los baremos vigentes de valoración de la situación de discapacidad, al menos un 20% y que no alcancen el 33%

  • Contrato indefinido con trabajadores readmitidos que cesaron en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta:  ahorro de 138 euros al mes durante dos años

La contratación indefinida que suponga la readmisión de personas trabajadoras que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, dará derecho a una bonificación en la cotización  de 138 euros al mes durante un período de dos años, siempre y cuando la readmisión no responda a un derecho del empleado a reincorporarse al puesto de trabajo.

La bonificación será también de aplicación en los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.

  • Contrato indefinido con mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos, tanto con fines de explotación sexual como laboral: ahorro de 128 euros al mes durante cuatro años

La contratación indefinida de mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o de explotación laboral, y mujeres en contextos de prostitución dará derecho a una bonificación en la cotización de 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Contratos de duración determinada que se celebren con desempleados para sustitución: ahorro de 366 euros al mes

Darán derecho a una bonificación en la cotización de 366 euros al mes los contratos de duración determinada  por riesgo durante el embarazo; con personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por nacimiento; y con personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras autónomas, personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas.

También los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas con discapacidad para sustitución de personas trabajadoras con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal.

  • Bonificaciones en la cotización de los trabajadores sustituidos por baja por maternidad y paternidad : ahorro de 366 euros al mes

A la cotización de los empleados sustituidos durante el percibo de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, les será de aplicación una bonificación en la cotización, de 366 euros al mes.

Asimismo, la bonificación será aplicable a la cotización de los socios trabajadores sustituidos durante los períodos de descanso por nacimiento y cuidado del menor riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de sustitución bonificados, celebrados con personas desempleadas.

  • Contrato indefinido de personas en situación de exclusión social: ahorro de 128 euros al mes durante cuatro años

La contratación indefinida de personas trabajadoras en situación de exclusión social dará derecho a una bonificación en la cotización de 128 euros al mes durante 4 años.

A efectos de la aplicación de la bonificación de cuotas, la empresa deberá contar previamente con la acreditación de la situación de exclusión social por los servicios sociales u órgano público competente y mantener la documentación acreditativa durante cinco años a disposición de los órganos competentes para la verificación, vigilancia y control de las bonificaciones.

  • Contrato indefinido de personas víctimas del terrorismo: ahorro de 128 euros al mes durante cuatro años

La contratación indefinida de empleados que tengan acreditada la condición de víctima de terrorismo dará derecho a una bonificación en la cotización de 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Contrato de formación en alternancia: ahorro de 91 euros al mes durante la vigencia del contrato

El contrato de formación en alternancia dará derecho, durante su vigencia a una bonificación de 91 euros al mes. Asimismo, este contrato dará derecho a una bonificación de 28 euros al mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.

Estas bonificaciones no serán de aplicación en los contratos de formación en alternancia cuando se suscriban en el marco de programas públicos mixtos de empleo-formación.

  •  Incorporación como socios trabajadores a cooperativas y sociedades laborales: ahorro de 73 euros al mes durante tres años

La incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, dará derecho a una bonificación en la cotización de 73 euros al mes durante tres años, cuando dichas entidades hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de personas trabajadoras por cuenta ajena.

Si las incorporaciones se realizan con jóvenes menores de 30 años, o personas menores de 35 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la bonificación será de 147 euros al mes durante el primer año, y de 73 euros al mes durante los dos años restantes.

  • Transformar contratos fijos-discontinuos en contratos temporales de empelados agrarios: ahorro de entre 55 y 73 euros al mes durante tres años

La transformación de contratos temporales en el contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros al mes, o de 73 euros al mes en el caso de mujeres, cuando la citada transformación corresponda a contratos temporales suscritos con personas trabajadoras por cuenta ajena agrarias incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.

  • Bonificaciones para contratos en determinados sectores de actividad y ámbitos geográficos: ahorro de 262 euros al mes durante la vigencia del contrato

Las empresas, excluida la administración pública y las entidades, organismos y empresas del sector público, dedicados al sector de agricultura, pesca y acuicultura; industria, excepto energía y agua; comercio; turismo; hostelería y resto de servicios en las ciudades de Ceuta y Melilla que suscriban contratos indefinidos tendrán derecho a una bonificación en la cotización de 262 euros al mes durante la vigencia de los contratos

La bonificación sólo se podrá aplicar en el caso de que las empresas desarrollen, para cada empleado con contrato bonificado, acciones formativas relacionadas con la actividad empresarial por un tiempo mínimo de duración de 20 horas cada año.